Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 114 de 03/10/1996

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE ARACENA

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

BASES PARA LA CONVOCATORIA DE UNA PLAZA DE PROMOCION INTERNA, DE CABO JEFE DE LA POLICIA LOCAL POR CONCURSO-OPOSICION

1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Primera. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de

1 plaza de Promoción Interna, de Cabo de la Policía Local, vacante perteneciente a la Plantilla Funcionarial, Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Escala Básica Categoría de Cabo, dotada con las retribuciones correspondientes al Grupo D, pagas extraordinarias, trienios y demás emolumentos que correspondan con arreglo a la legislación vigente que se proveerá mediante el sistema de CONCURSO OPOSICION.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

BASES PARA LA CONVOCATORIA DE UNA PLAZA DE POLICIA LOCAL POR OPOSICION LIBRE.

1.- OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA

1.1.- Es objetivo de la presente convocatoria la provisión mediante oposición libre de una plaza de Policía Local, vacante en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Categoría Policía Local.

1.2.- La plaza citada se encuadra en el grupo D del art. 25 de la Ley

30/1984.

2.- LEGISLACION APLICABLE

A las presentes Bases les será de aplicación lo dispuesto en la Ley 1/89, de

8 de mayo, de Coordinación de las Policía Locales de Andalucía, Decreto

196/92, de 24 de noviembre de selección, formación y movilidad de los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía, Orden de 29 de enero de 1993, de la Consejería de Gobernación, por la que se establecen las pruebas para el acceso a las distintas categorías de los Cuerpos de Policía Local de Andalucía, Ley 7/85, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Real Decreto 364/95, de 10 de marzo y Real Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

BASES PARA CUBRIR EN PROPIEDAD, UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO MEDIANTE CONCURSO-OPOSICION Y POR EL SISTEMA DE PROMOCION INTERNA.

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El objeto de esta convocatoria es la provisión en propiedad de una plaza de Administrativo, perteneciente a la Escala de Administración General, Subescala Administrativa, con el sueldo correspondiente al Grupo C, por el sistema de promoción interna, mediante ascenso entre funcionarios de los Cuerpos o Escalas del Grupo inferior, correspondiente al Grupo D, Escala Administración General, Subescala Auxiliar, de la plantilla de este Ayuntamiento, mediante Concurso-Oposición, de conformidad con lo establecido en el art. nº 2 del Real DEcreto 896/1991, de 7 de Junio.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

BASES GENERALES PARA LA PROVISION DE LAS PLAZAS DE PERSONAL LABORAL, INCLUIDOS EN LA OFERTAS DE EMPLEO PUBLICO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LA CIUDAD DE ARACENA, PARA EL EJERCICIO DE 1996 PRIMERA: OBJETO:

Es objeto de la convocatoria, la provisión mediante CONCURSO OPOSICION, de las siguientes plazas del Excmo. Ayuntamiento de Aracena, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 1.996:

- 1 plaza de OFICIAL ALBAÑIL.

- 1 plaza de ENCARGADO DE ALMACEN Y SERVICIOS.

- 1 plaza de ENCARGADO DE LA GESTION ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO DEL AGUA.

- 1 plaza de ENCARGADO DEL MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DEL AGUA.

- 1 plaza de ENCARGADO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS.

- 1 plaza de DELINEANTE.

- 1 plaza de AGENTE LOCAL DE EMPLEO.

- 1 PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO.

SEGUNDA: DERECHOS Y DEBERES:

Quienes obtengan las plazas, tendrán los derechos y deberes inherentes a las mismas como personal laboral del Excmo. Ayuntamiento de Aracena y los determinados con carácter general o especial por el Régimen Jurídico Local y Laboral vigente o que se dicte en el futuro.

TERCERA: REGIMEN JURIDICO APLICABLE:

Las pruebas selectivas que se convocan, se regirán por las presentes Bases y por las siguientes disposiciones legales:

Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Ley 30/84 de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, Real Decreto 896/91 de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe de ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.

CUARTA: EFECTOS VINCULANTES:

Estas Bases vinculan a la Administración convocante, al Tribunal y a todas las demás personas que tengan interés directo en la convocatoria.

QUINTA: PRESENTACION DE INSTANCIAS:

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

BASES ESPECIFICAS PARA LA PROVISION DE LAS PLAZAS DE PERSONAL LABORAL INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LA CIUDAD DE ARACENA, PARA EL EJERCICIO DE 1996

PRIMERA: REQUISITOS QUE HAN DE REUNIR LOS ASPIRANTES:

Para tomar parte en el concurso-oposición será necesario reunir, en el momento de finalización del plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Aracena, 2 de septiembre de 1996.- El Alcalde.