Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 13 de 26/01/1996

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Otros. AYUNTAMIENTO DE BELALCAZAR (CORDOBA)

ANUNCIO de bases.

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Don Antonio Vigara Copé, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Belalcázar (Córdoba), hace saber:

Que el Ayuntamiento Pleno, en Sesión Extraordinaria celebrada el día 22 de noviembre de 1995, aprobó las bases por las que se ha de regir la Convocatoria de la Oposición Libre para la provisión en propiedad de una plaza de Cabo-Jefe de la Policía Local, vacante en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, y cuyo tenor literal es como sigue:

BASES PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE CABO-JEFE DE LA POLICIA LOCAL DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE BELALCAZAR (CORDOBA)

1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

1.1.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, mediante oposición libre, de una plaza de Cabo-Jefe/ de la Policía Local vacante en la plantilla de funcionarios de este ayuntamiento, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, dotada con las retribuciones correspondientes al grupo D, pagas extraordinarias, trienios y demás emolumentos que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

1.2.- La plaza citada adscrita a la Escala Básica, conforme determina el artículo 14 de la Ley 1/1989, de 8 de Marzo de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, se encuadra en/ el grupo D del artº . 25 de la Ley

30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

2.- LEGISLACION APLICALBE.

Las presentes Bases se regirán por lo dispuesto en la Ley 1/1989 de 8 de marzo, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, Decreto

196/1992, de 24 de noviembre, de selección, formación y movilidad de los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía, Orden de 29 de enero de 1993 de la Consejería de Gobernación, por la que se establecen las pruebas para el acceso a las distintas categorías de los Cuerpos de Policía Local de Andalucía, y en lo no previsto en la citada legislación, les será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Real/Decreto 364/1995, de

10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y Real Decreto 896/1991, de 7 de junio por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.

2.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Belalcázar, 2 de enero de 1996.- El Alcalde, Antonio Vigara Copé.

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