Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 144 de 14/12/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 19 de noviembre de 1996, por la que se presta conformidad a la cesión gratuita de un inmueble propiedad del Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo, Córdoba, a la Diputación Provincial de Córdoba.

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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 79.1 del Real Decreto Legislativo

781/86, de 18 de abril; artículos 109.2 y 110 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales; Ley 7/1985, de 2 de abril; Ley 6/1983, de 21 de julio, y demás preceptos de general aplicación.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma en materia de Régimen Local.

En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:

Prestar conformidad a la cesión gratuita de un inmueble de 223,35 m propiedad del Excmo. Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo (Córdoba) a la Excma. Diputación Provincial de Córdoba para la ubicación de las oficinas del Servicio de Arquitectura y Urbanismo de esa Excma. Diputación Provincial, sección Guadiato, a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 22 de febrero de

1993, y cuya descripción es la siguiente:

Parte del inmueble de la Casa Consistorial en la calle Romero Robledo, sin número, de Peñarroya-Pueblonuevo, de forma irregular, con 9,20 m. de fachada y fondo variable; tiene una extensión superficial de 223,35 m, y linda a la derecho entrando, con el Instituto de Formación Profesional «Florentino Pintado¯; a la izquierda, con el edificio de la Casa Consistorial del que se segrega; y al fondo, con el mismo edificio matriz del que se segrega. Inscrita en el folio 202 del tomo 660 del archivo, libro 82 de Peñarroya-Pueblonuevo, finca núm. 10.503, inscripciónª del Registro de la Propiedad de Fuente Obejuna.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en Sevilla, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a esta Consejería, de conformidad con el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 19 de noviembre de 1996

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación

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