Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 148 de 24/12/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 27 de noviembre de 1996, del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delegan competencias en el Director del Distrito Sanitario del Condado de Huelva, para suscribir contrato de arrendamiento de local, para reubicar las actuales oficinas del Distrito.

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Las dependencias donde se ubica el equipo directivo del Distrito Sanitario Condado de Huelva, situadas en el Centro de Salud de la Palma del Condado, cuenta con 120 metros cuadrados útiles, los que resultan ya insuficientes al haber ido asumiendo el Distrito progresivamente nuevas funciones, no existiendo otros espacios disponibles que permitan la ampliación de las instalaciones, para la incorporación de varios coordinadores (Farmacia, Salud Ambiental y Sanidad Alimentaria) al Distrito. Asimismo, el espacio hoy utilizado por las oficinas del Distrito condiciona que el Centro de Salud no disponga de dispositivos considerados fundamentales para la atención a la población.

Por lo anteriormente expuesto y careciendo de espacios propios donde se puedan reubicar el equipo directivo y el dispositivo de apoyo al mismo, se considera imprescindible proceder al arrendamiento de un local que reúna mejores condiciones y que permita crear los puestos de trabajo que se precisan y que, al mismo tiempo, libere el espacio imprescindible para la realización de todas las actividades que precisa el Centro de Salud de la Palma.

En el expediente consta Memoria justificativa del arrendamiento, Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Técnicas, en donde se detallan las características que deberá tener el local que se arriende, a fin de que resulte adecuado a los fines que se pretenden.

Asimismo, obra en el expediente certificación que acredita la existencia de crédito suficiente para hacer frente a dicho gasto, para el ejercicio de

1997.

La Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma (art.

79), así como el Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de dicha Ley, en su artículo 154, establecen que las Entidades Públicas dependientes de la Comunidad Autónoma podrán adquirir bienes y derechos. Asimismo, los artículos 79 y 167, respectivamente, establecen que estas adquisiciones se llevarán a cabo por el Organo que ostente su representación legal.

Y en virtud de las competencias que me confiere el artículo 6 de la Ley

8/1986, de 6 de mayo, de creación del Servicio Andaluz de Salud, y el artículo 11 del Decreto 317/1996, de 2 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, ambos puestos en relación a su vez con el artículo 12.1 de la Ley

13/95, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, y el artículo 50.2, de la Ley 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En consecuencia y, en virtud de las competencias que me confieren las disposiciones antes mencionadas.

RESUELVO

Delegar en el Director del Distrito Sanitario Condado de Huelva, la Competencia necesaria para suscribir contrato de arrendamiento de local para reubicar las oficinas de dicho Distrito.

Esta Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOJA.

Sevilla, 27 de noviembre de 1996.- La Directora Gerente, Carmen Martínez Aguayo.

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