Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 30 de 07/03/1996

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Dirección General de Política Interior, por el que se notifica Resolución de expediente sancionador, seguido por infracción a la normativa sobre juegos de suerte, envite o azar.

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De conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habida cuenta de que intentada la notificación no se ha podido practicar, se publica la Resolución de esta Dirección General, recaída en el expediente seguido a Recreativos Fuentes, S.L. (Exptes. núms. H-195/93, H-222/93, H-202/94 y H-206/94 Acumulados).

Tramitado el expediente conforme a la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y al Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, aprobado por Decreto 181/1987, de 29 de julio, esta Dirección General resuelve sancionar a Recreativos Fuentes, S.L. con multa de quince millones de pesetas (15.000.000 ptas.) y la inutilización de las máquinas consignadas por la instalación de las máquinas de juego siguientes: Una tipo «B¯, modelo Bingo Belle 2, serie BB-1449 instalada en el Bar Rodrigo, sito en c/ General Franco, núm. 86 de Villarrasa; tres máquinas tipos «B¯ modelos Super Pirulo, serie B-0261, Baby Bombo, serie 1.ª-18532, y Bolsa de Oro, serie 92-1024, en el Restaurante Europa, sito en Ctra. de Montemayor, s/n, de Moguer; dos máquinas modelos Super Pirulo, serie B-0261, y Cirsa Mini Guay, serie B-9317, en el Bar Delicias, sito en c/ Alfonso XII, núm. 2 de Trigueros; y dos máquinas recreativas tipos B, modelos Cirsa Mini Guay, serie C-3674 y Bingo Belle, serie BB-4904 en el Bar Estrella, sito en c/ Carretas, 1 de Moguer (Huelva); careciendo Recreativos Fuentes, S.L., entidad a la que pertenecen las máquinas, del Título de Empresa Operadora, que fue cancelado por Resolución del Ilmo. Sr. Director General de Política Interior de fecha 11.3.94. Los hechos suponen infracción a los arts. 10, 19.1, 25, 35, 37 y 38; calificada como muy grave en el art. 45.3 y sancionada según el art. 48.1 del citado Reglamento de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes, con los requisitos señalados en el art. 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación de la Junta de Andalucía, quedando de manifiesto el expediente en el Servicio de Inspección del Juego, sito en c/ Jesús del Gran Poder, 27 de Sevilla.

Sevilla, 23 de enero de 1996.- El Director General, Fabriciano Torrecillas García.

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