Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 84 de 23/07/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia

RESOLUCION de 5 de julio de 1996, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se da publicidad al Programa Optima, de optimización de recursos humanos en las empresas y fundaciones, y se regula el procedimiento de participación.

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EXPOSICION DE MOTIVOS

Por Orden de la Consejería de la Presidencia de 31 de mayo de 1996, se creaba la figura de «Entidad colaboradora en igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres¯, con el fin de incentivar y reconocer la labor de las entidades en favor de la igualdad de oportunidades.

Para facilitar a las empresas y fundaciones la elaboración y puesta en marcha de los Planes de Acciones Positivas, se concibe el Programa «Optima¯.

Optima es un programa promovido por el Instituto Andaluz de la Mujer, en el marco de la iniciativa Comunitaria «Empleo-Now¯ sobre empleo y Desarrollo de los Recursos Humanos, para fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en las empresas y en las fundaciones.

Al ser un programa para apoyar la optimización de los recursos humanos en las empresas y fundaciones, está abierto a aquéllas que muestren interés en implantar Planes de Acciones Positivas que favorezcan la igualdad de oportunidades entre el personal de su plantilla.

No obstante, dado que los recursos humanos y materiales disponibles son limitados, es necesario en un momento de inicio e impulso del Programa, realizar una selección de las empresas y fundaciones participantes en base a los criterios a que se refiere esta Resolución.

Artículo 1º Objeto.

El programa Optima es un programa destinado a fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en las empresas y fundaciones.

Artículo 2º Contenido.

I. La participación de las empresas en el Programa Optima, implica la realización de un Estudio de Diagnóstico, sobre la realidad de la Igualdad de Oportunidades que le permita identificar los ámbitos prioritarios de actuación.

Igualmente las empresas y fundaciones participantes en el «Programa Optima¯ deberán presentar un Plan de Acción Positiva, en el que se delimiten los objetivos a conseguir, los medios previstos y las personas involucradas en el desarrollo del Plan. Las empresas y fundaciones participantes deberán poner en práctica las acciones propuestas en dicho Plan.

II. El Instituto Andaluz de la Mujer facilitará a las empresas y fundaciones participantes en el Programa Optima, la asistencia técnica especializada para la puesta en marcha de políticas de optimización de recursos, en igualdad de oportunidades. A este respecto, se incluirá la asistencia necesaria para la realización del estudio de diagnóstico y del Plan de Acción Positiva, así como el apoyo y asesoramiento necesario para la aplicación de las acciones positivas contempladas en dicho Plan.

Como material de apoyo se facilitará a las empresas y fundaciones participantes un catálogo de Acciones Positivas; una guía para el desarrollo de Acciones Positivas en las empresas y una guía práctica para diagnosticar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en las empresas y fundaciones.

Artículo 3º Procedimiento.

Las empresas y fundaciones interesadas en participar en el programa Optima, podrán presentar su solicitud dirigida a la Directora de Instituto Andaluz de la Mujer, en el plazo de 10 días desde la publicación de esta Orden en el BOJA.

El lugar de presentación de dicha solicitud será en el Registro General de este organismo, sito en calle Alfonso XII, núm. 52, 41002 de Sevilla. Asimismo podrán presentarla en los lugares y por los medios indicados en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 4º Resolución.

1. La admisión de participación al Programa Optima, se efectuará mediante Resolución motivada de la Directora del Instituto Andaluz de la Mujer, contra la que podrá interponerse Recurso Ordinario ante el Consejero de la Presidencia, en el plazo de un mes, conforme determina el art. 114 y ss. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

2. La participación en el Programa Optima de las empresas y fundaciones seleccionadas, se arbitrará a través de un convenio de colaboración con el Instituto Andaluz de la Mujer.

Artículo 5º Criterios de valoración.

Para la participación de empresas y fundaciones en el Programa Optima, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

I. Tamaño de la empresa o fundación.

II. Sector al que pertenece y representación que ostenta en el tejido empresarial andaluz.

III. Interés alegado por la solicitante en el desarrollo de políticas de Recursos Humanos avanzadas, que denoten cierta sensibilización en la igualdad de oportunidades.

Artículo 6º Beneficios que podrán obtener las participantes.

1. Las empresas o fundaciones participantes tendrán la posibilidad de intervenir en las campañas de difusión de este Programa.

2. Se facilitará a las participantes la posibilidad de intercambiar experiencias con otras empresas y fundaciones europeas en el marco de una iniciativa comunitaria.

3. Las participantes dispondrán con carácter gratuito, de un Boletín Informativo del Programa, de periodicidad trimestral, en cuya elaboración podrán intervenir.

4. Las participantes recibirán la asistencia técnica a la que se refiere el párrafo II del art. 2 de esta Resolución.

DISPOSICION ADICIONAL

El Instituto Andaluz de la Mujer habilitará los medios y cuantas medidas sean necesarias, para el desarrollo de lo que se dispone en esta Resolución.

DISPOSICION FINAL

La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el BOJA.

Sevilla, 5 de julio de 1996.- La Directora, Carmen Olmedo Checa.

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