Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 3 de 07/01/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 10 de diciembre de 1996, por la que se conceden subvenciones a entidades locales para mejora de su infraestructura.

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El Decreto 117/89, de 31 de mayo, regula la concesión de subvenciones por parte de esta Consejería de Gobernación, encontrándose previstas en el mismo, entre otras, aquellas que se otorgaren a las Corporaciones Locales con destino a gastos de inversión en obras o servicios cuya finalidad esté relacionada directamente con las competencias asignadas a la Consejería de Gobernación.

Por los Ayuntamientos que más adelante se especificarán se han formulado las correspondientes peticiones para la concesión de esta clase de subvenciones, al amparo del citado Decreto.

Vistos los expedientes tramitados al respecto por la Dirección General de Administración Local y Justicia y teniendo en cuenta las atribuciones que me están conferidas por el Decreto 117/89, de 31 de mayo, que regula la concesión de estas subvenciones, así como las facultades que se me otorgan por la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y la Ley 7/1996, de 31 de julio, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma para 1996,

DISPONGO:

Primero. Se concede una subvención a las Entidades locales que se detallan en el anexo adjunto a la presente Orden por el importe y proyectos en el mismo consignados.

Segundo. En virtud de lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 107 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se declara el carácter excepcional de dichas subvenciones que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 765.00.81A., quedando justificados el fin público y el interés social al tratarse de entidades locales con problemas de tesorería para afrontar la ejecución de los proyectos presentados.

Tercero. Las subvenciones concedidas deberán ser aplicadas al fin para que han sido otorgadas.

Cuarto. Las subvenciones se harán efectivas mediante el abono de un 75 por ciento de su importe, librándose el 25 por ciento restante una vez haya sido justificado el pago anterior.

Quinto. La justificación se realizará ante la Consejería de Gobernación, Dirección General de Administración Local y Justicia, en la forma establecida por el artículo 38 del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía.

Sexto. Se recaba la concesión de las subvenciones otorgadas por la presente Orden, sin perjuicio de la subsistencia de las delegaciones de competencias conferidas sobre esta materia.

Séptimo. De la presente Orden se le dará conocimiento a las Corporaciones beneficiarias y se publicará en el B.O.J.A. a los efectos consiguientes.

Sevilla, 10 de diciembre de 1996

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación

MUNICIPIO DESTINO IMPORTE CANJAYAR ALMERIA.ADQ.MOBILIARIO Y

CLIMATIZACION DEPENDENCIAS

MUNICIPALES 1.000.000

OLVERA CADIZ. OBRAS DE REPARACION CASA DE LA CULTURA DE OLVERA 5.000.000

SANLUCAR DE

BARRAMEDA CADIZ. REMODELACION DEL

DEPOSITO CARCELARIO 5.000.000

CABRA CORDOBA. REFORMA DE LA CASA

CONSISTORIAL 5.000.000

SANTAELLA CORDOBA. EQUIPAMIENTO DEL HOGAR

DEL PENSIONISTA Y ARREGLO DE VIAS

DE COMUNICACION EN LA ZONA DE LA

ALDEA DE LA GUIJARROSA 2.000.000

AGUADULCE SEVILLA. OBRAS DE REFORMA EN

PARROQUIA DE SAN BARTOLOME

APOSTOL 1.600.000

ALCALA DEL RIO SEVILLA. ACONDICIONAMIENTO

DEL SALON DE PLENOS 1.900.000

BADOLATOSA SEVILLA. ADAPTACION DE EDIFICIO

PARA CASA CONSISTORIAL 6.000.000

CABEZAS DE SAN SEVILLA. ADQUISICION DE MAQUINA

JUAN, LAS BARREDORA 5.000.000

ESTEPA SEVILLA. ADQUISICION DE DOS

VEHICULOS 3.500.000

GELVES SEVILLA. REHABILITACION EDIFICIO

DE LA ANTIGUA ESTACION DEL

TRANVIA 6.000.000

OSUNA SEVILLA. OBRAS EN LA JEFATURA

DE POLICIA Y DEPOSITO

CARCELARIO 10.000.000

PARADAS SEVILLA. REDISTRIBUCION DE

DEPENDENCIAS MUNICIPALES 5.000.000

PUEBLA DEL RIO SEVILLA. APORTACION MUNICIPAL

AL PROYECTO DE PABELLON

POLIDEPORTIVO 5.000.000