Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 53 de 8/5/1997

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Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 25 de abril de 1997, por la que se autorizan tarifas de agua potable de Sotogrande (Cádiz). (PD. 1433/97).

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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Cádiz, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,

DISPONGO

Autorizar las tarifas de Agua Potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

SOTOGRANDE, S.A. SOTOGRANDE (CADIZ)

Tarifas autorizadas

Concepto IVA excluido

Cuota de servicio

Calibre del contador en mm.Ptas./trimestre

Hasta 20 2.700. De 25 a 30 3.000.

40 3.500.

50 5.500.

63 9.000.

75 16.000.

80 20.000.

100 30.000.

125 45.000.

150 60.000.

200 100.000.

250 140.000.

Cuota de consumo

Consumos residenciales

Uso doméstico

Hasta 50 m3/trimestre 40 ptas./m3 Más de 50 m3 hasta 200 m3/trimestre 45 ptas./m3 Más de 200 m3/trimestre en adelante 60 ptas./m3

Consumos terciarios

Uso comercial e industrial

Hasta 400 m3/trimestre 45 ptas./m3 Más de 400 m3/trimestre en adelante 60 ptas./m3

Consumo especial

Sum. Alta Guadiaro y Pueblo Nuevo 15,10 ptas./m3

Cuota de contratación

Calibre del contador en mm.Ptas.

13 3.300.

20 7.500.

25 10.500.

30 13.500.

40 19.500.

50 25.500.

63 33.300.

75 40.500.

80 43.500.

100 55.500.

125 70.500.

150 85.500.

200 115.500.

250 145.500.

Cuando se trate de nuevas contrataciones por cambio de titularidad y no se modifiquen las condiciones de suministro se facturará tan sólo un 35% de esta cuota, excepción hecha de los servicios que se encuentran suprimidos por falta de pago.

Fianzas

Calibre del contador en mm.Ptas.

13 5.850.

20 9.000.

25 18.750.

30 22.500.

40 30.000.

50 y superiores 52.500.

En los suministros y contratos que respondan a servicios de carácter esporádico, temporal o circunstancial, el importe de la fianza se incrementará hasta el quíntuplo de las cuantías señaladas en el cuadro anterior.

Derechos de acometida.

Parámetro A: 1908ptas./mm.

Parámetro B: 12.125 ptas./l./seg.

Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956.

Sevilla, 25 de abril de 1997

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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