Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 20/05/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 2 de mayo de 1997, del Servicio Andaluz de Salud, de delegación de competencias en la concertación de determinados servicios complementarios.

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La Resolución de 24 de abril de 1997 de esta Dirección Gerencia autorizó la suscripción de prórrogas, por un período máximo de cuatro meses, de los conciertos de terapias oncológicas en Málaga y radiodiagnóstico en Jaén (Andújar). En el marco de la reordenación de los servicios concertables por el Servicio Andaluz de Salud es conveniente delegar las competencias de contratación de estos servicios, y necesario adecuar los contratos a la normativa de aplicación en esta materia.

Por tanto, previo informe de la Subdirección de Asuntos Jurídicos, y en virtud de las competencias atribuidas a esta Dirección Gerencia

R E S U E L V O

Primero. Se delega en la Dirección-Gerencia del Hospital General de Málaga la contratación del servicio, complementario a los del propio hospital, y para su ámbito de influencia, de terapias oncológicas, en los términos establecidos en el Catálogo de servicios concertables por el Servicio Andaluz de Salud aprobado por Resolución de 20 de enero de 1994 y actualizado por otra de 26 de junio de 1995.

Segundo. Dadas las especiales circunstancias que concurren en la ordenación de la asistencia sanitaria en Andújar, se autoriza, con carácter extraordinario y singular, como excepción a lo dispuesto en el Catálogo de servicios concertables por el Servicio Andaluz de Salud, al Gerente Provincial de Jaén a la concertación del servicio de radiodiagnóstico en régimen ambulatorio en el ámbito de Andújar, con carácter complementario a los medios propios del Servicio Andaluz de Salud, por un período de un año. Si fuera preciso prorrogar este contrato, deberá haber un informe favorable previo de la Dirección General de Asistencia Sanitaria.

Tercero. Se faculta a la Dirección General de Asistencia Sanitaria a dar las instrucciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en esta Resolución.

Cuarto. Quedan sin efecto las instrucciones dictadas sobre esta materia con anterioridad en cuanto se opongan a esta Resolución, que tendrá efectos al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 2 de mayo de 1997.- La Directora Gerente, Carmen Martínez Aguayo.

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