Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 88 de 31/07/1997

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Otros. DIPUTACION PROVINCIAL DE CORDOBA

ANUNCIO sobre aceptación de la amplicación de la delegación de competencias de las facultades de los ingresos de derecho público del Ayuntamiento de Montemayor (Córdoba). (PP. 1519/97).

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Aceptada por acuerdo plenario de la Excma. Diputación Provincial de fecha 14 de febrero de 1997 la delegación de las facultades de recaudación de los ingresos de derecho público, del Ilmo. Ayuntamiento de Montemayor, se transcribe a continuación el acuerdo adoptado por la Corporación del referido Ayuntamiento en sesión plenaria de fecha 20 de diciembre de 1996 para general conocimiento:

«Primero.

1. Delegar en la Excma. Diputación Provincial de Córdoba y con efectos a partir del día 1 de enero de 1997, las siguientes facultades de recaudación, sobre los ingresos de derecho público cuyo titular es el Ayuntamiento:

A) Todas las facultades de recaudación respecto de los tributos y precios públicos cuya liquidación se efectúe periódicamente mediante padrón o matrícula.

B) Las facultades de recaudación en procedimiento de apremio respecto de los demás tributos y precios públicos, así como de cualquier otro derecho público a favor de su Hacienda.

Delegar las facultades recaudatorias que comprenderá, entre otras, las siguientes funciones: Determinar los plazos de cobro en período voluntario, expedir las relaciones certificadas de deudores, dictar la providencia de apremio, liquidar intereses de demora y la tramitación y resolución de los expedientes de créditos incobrables.

Segundo. El ejercicio de facultades delegadas habrá de ajustarse a los procedimientos, trámites y medidas en general, jurídicas o técnicas fijadas en la legislación vigente, así como a las determinaciones del correspondiente convenio de delegación.

Tercero. Aprobar el proyecto de convenio con la Excma. Diputación Provincial que regule las condiciones de delegación.

Cuarto. Solicitar de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba la aceptación de la delegación acordada.

Quinto. Una vez aceptada la delegación por el órgano correspondiente, publicar el presente acuerdo en los Boletines Oficiales de la Provincia y de la Comunidad Autónoma, para general conocimiento.

Sexto. Facultar al Sr. Alcalde para que, en nombre y representación de la Corporación, suscriba el expresado convenio.¯

Córdoba, 7 de marzo de 1997.- El Presidente.

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