Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 101 de 08/09/1998

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Otros. AYUNTAMIENTO DE UBEDA (JAEN)

ANUNCIO de bases.

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BASES QUE HAN DE REGIR LA PROVISION EN PROPIEDAD MEDIANTE CONCURSO OPOSICION DE UNA PLAZA DE OPERADOR-PROGRAMADOR DE INFORMATICA

Primera. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, mediante concurso-oposición, de una plaza de Operador-Programador de Informática, correspondiente a la escala de Administración Especial, Subescala Técnico Auxiliar, correspondiente al Grupo C, vacante en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento e incluida en la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 1997, con el sueldo correspondiente a dicho grupo, pagas extraordinarias, trienios y demás emolumentos que pudieran corresponderle de acuerdo con la legislación vigente y que el Ayuntamiento tenga acordados.

Segunda. Para tomar parte en dicho concurso-oposición será necesario que los solicitantes reúnan las siguientes condiciones:

a) Nacionalidad española.

b) Tener cumplidos los 18 años de edad y no haber cumplido los

55 años de edad.

c) Estar en posesión del título de Formación Profesional de 2º grado de Técnico especialista en Informática o equivalente. En caso de alegar título equivalente, dicha equivalencia deberá ser acreditada mediante certificación expedida por la Administración Educativa competente.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio del cargo.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas.

f) No estar incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad prevista en la legislación vigente.

Tercera. Las instancias solicitando tomar parte en el presente concurso-oposición, en las que los aspirantes deberán hacer constar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda y que se comprometen a prestar juramento o promesa en los términos legalmente establecidos con carácter previo a la toma de posesión, se dirigirán al Sr. Alcalde y se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento durante el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al que aparezca el anuncio de la convocatoria en extracto en el Boletín Oficial del Estado.

Las instancias también podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los derechos de examen, que se fijan en la cantidad de 2.000 pesetas, serán satisfechos por los aspirantes al presentar las instancias, uniendo a la misma el justificante de dicho ingreso en la Recaudación Municipal, y sólo serán devueltos en caso de que el aspirante no sea admitido en el concurso-oposición.

Asimismo, los aspirantes adjuntarán en su instancia los méritos que aleguen, debidamente acreditados mediante documentos originales o copias autenticadas o debidamente compulsadas.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde procederá a la aprobación de la relación de admitidos y excluidos, pudiendo los aspirantes excluidos subsanar las deficiencias, en su caso, en el plazo de diez días previstos en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Cuarta. El Sr. Alcalde procederá al nombramiento del Tribunal Calificador, que se hará público junto a la lista de admitidos y excluidos en el Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos recusatorios previstos en la legislación vigente.

En dicho Edicto se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de los ejercicios de la fase de oposición.

El Tribunal Calificador del concurso-oposición estará

constituido de conformidad con lo previsto en el Decreto

896/1991, de 7 de junio, y Decreto 364/1995, de 10 de marzo, en la siguiente forma:

Presidente: El Alcalde o Concejal en quien delegue.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue.

Vocales:

- Un funcionario de carrera designado por el Sr. Alcalde.

- Un representante designado por la Junta de Andalucía.

- Un funcionario designado por la Junta de Personal en

representación de los funcionarios.

- Un Técnico en informática o profesor de informática de centro oficial.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente.

Los miembros del Tribunal, tanto titulares como suplentes, deberán contar con una titulación académica de igual categoría o superior a la correspondiente a la plaza objeto de este concurso-oposición.

En el caso de que el vocal representante de los funcionarios no fuera designado por la Junta de Personal dentro del plazo de un mes desde que le sea solicitado, será nombrado por el Sr. Alcalde. Asimismo, el Sr. Alcalde podrá nombrar Asesor o Asesores del Tribunal si se considerara necesario.

Quinta. Fase de Concurso. La calificación de los aspirantes en la fase de concurso será realizada por el Tribunal

examinando las condiciones y méritos acreditados por los aspirantes junto con la solicitud. Dichos méritos acreditados deberán referirse como máximo a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias para tomar parte en el presente concurso-oposición.

Los servicios prestados en este Ayuntamiento serán acreditados mediante certificación expedida por el Sr. Oficial Mayor.

Dichos méritos serán valorados de acuerdo con el siguiente baremo:

a) Por experiencia profesional en puesto de trabajo de la Administración Pública o plaza de funcionario de igual

categoría y funciones, 0,50 puntos por cada año de servicio.

b) Por experiencia profesional en otros puestos de la

Administración Pública o plaza de funcionario de informática, pero de distinta categoría, 0,25 puntos por año de servicio.

c) Por cursos o jornadas de Formación o Perfeccionamiento para funcionarios de la Administración Local relacionados con las funciones de la plaza específicamente, 0,10 puntos por cada diez horas lectivas, procediéndose en su caso a sumar las horas sobrantes de cada curso o jornada. En caso de que no se acrediten el número de horas lectivas, se calificarán con 0,10 puntos.

d) Por cursos o jornadas de formación o perfeccionamiento relacionados genéricamente con la plaza, 0,05 puntos por cada diez horas lectivas, procediéndose en su caso a sumar las horas sobrantes de cada curso o jornada. En caso de que no se acredite el número de horas lectivas, se calificarán con 0,05 puntos.

e) Por estar en posesión de título Medio Universitario en Informática, 0,50 puntos.

f) Por estar en posesión de título Superior Universitario en Informática, 1 punto.

Las puntuaciones máximas que se pueden obtener en el apartado

a) serán de hasta 4 puntos; en el apartado b), 1 punto; entre los apartados c) y d), un total máximo de 4 puntos.

Cuando se puntúe título superior universitario, no se puntuará título universitario medio.

Cuando se trate de fracciones de años, se aplicará

proporcionalmente la puntuación que corresponda.

La calificación de la fase de concurso se llevará a cabo con carácter previo a la celebración de la fase de oposición.

Sexta. Fase de Oposición. Consistirá en la realización de los siguientes ejercicios eliminatorios:

Primer ejercicio. Supuestos de carácter práctico. Consistirá en la realización de dos supuestos prácticos, a elegir entre tres, durante el tiempo que se determine por el Tribunal, adecuados a las funciones correspondientes a la plaza objeto del presente concurso-oposición. Dichos supuestos serán fijados por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo de dicho ejercicio. Para su realización, los aspirantes podrán hacer uso de los textos legales, libros de consulta y apuntes con los que acudan provistos.

Segundo ejercicio. Consistirá, a criterio del Tribunal, en una de las dos opciones siguientes:

a) Desarrollar por escrito, durante un período máximo de dos horas, dos temas señalados al azar de entre las materias establecidas en los Anexos 1º y 2º de las presentes bases.

b) Realización de un test de preguntas concretas o cuestionario sobre materias del programa, cuyo número establecerá el Tribunal, quien, asimismo, establecerá el tiempo máximo para su realización. Las respuestas erróneas podrán ser valoradas negativamente en la forma que estime oportuno el Tribunal.

Dichos ejercicios tendrán carácter obligatorio para todos los aspirantes.

Séptima. Calificación de los ejercicios. Cada uno de los ejercicios serán calificados hasta un máximo de diez puntos, siendo eliminados del concurso-oposición los aspirantes que no obtengan una calificación de, al menos, 5 puntos en cada uno de dichos ejercicios.

Cada uno de dichos ejercicios se calificará sumando las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal a cada uno de los aspirantes y dividiendo el total por el número de miembros asistentes a dicho Tribunal, siendo el cociente la calificación obtenida en el ejercicio.

Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas el mismo día en que se acuerden.

Octava. El aspirante que, habiendo superado la fase de

oposición y sumadas las calificaciones obtenidas en los ejercicios de la misma con la obtenida en la fase de concurso, resultare haber obtenido la mayor puntuación final, será el aspirante propuesto para su nombramiento en la plaza objeto de la presente convocatoria, siendo el único aprobado en dicho concurso-oposición.

El Tribunal no podrá proponer para su nombramiento a mayor número de aspirantes que número de plazas, no pudiendo declarar aprobados en dicho concurso-oposición un número superior de aspirantes que plazas convocadas.

El aspirante propuesto presentará en la Oficialía Mayor del Ayuntamiento en el plazo de veinte días naturales, contados desde que se haga pública la relación de aprobados, los documentos acreditativos de reunir las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria.

Quienes dentro del plazo indicado, salvo en los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación referida no podrán ser nombrados, quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia. Si el propuesto tuviere la condición de funcionario público, estará exento de justificar las

condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente

certificación del Ministerio, Organismo o Corporación de quien dependa, acreditativa de su condición de funcionario y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Novena. El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden en el presente concurso-oposición en todo lo no previsto en las presentes bases.

Décima. En lo no previsto en las presentes bases, se estará a lo establecido en el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio; Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, aprobado por Real Decreto 364/95, de

10 de marzo; Ley reguladora de las Bases del Régimen Local, de

2 de abril de 1985; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las

Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local; Ley

30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; y demás disposiciones aplicables.

Undécima. La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, así como la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados respectivos de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO I

Tema 1. La Constitución española de 1978. Principios

Generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 2. La Corona. El Poder Legislativo. El Gobierno y la Administración del Estado. El Poder Judicial.

Tema 3. Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: Su significación.

Tema 4. La Administración Pública en el ordenamiento español. Administración del Estado. Administraciones Autónomas.

Administración Local, Administraciones Institucionales y Corporativas.

Tema 5. Principios de actuación de la Administración Pública. Eficacia. Jerarquía. Descentralización. Desconcentración y Coordinación.

Tema 6. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público.

Tema 7. El Administrado. Colaboración y participación de los ciudadanos en las Administraciones Públicas.

Tema 8. El acto administrativo. Principios generales del Procedimiento Administrativo. Fases del procedimiento

administrativo general.

Tema 9. Formas de la acción administrativa. Fomento. Policía. Servicio Público.

Tema 10. El dominio público. El patrimonio privado de la Administración. La responsabilidad de la Administración Pública.

Tema 11. El Régimen Local español. La provincia en el régimen local. Organización provincial. Competencias.

Tema 12. El Municipio. El término municipal. La población. El empadronamiento.

Tema 13. Organización Municipal. Competencias.

Tema 14. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 15. La función pública local y su organización. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Seguridad Social.

Tema 16. Los bienes de las Entidades Locales.

Tema 17. Los contratos administrativos en la esfera local. La selección del contratista.

Tema 18. Intervención administrativa en la actividad privada.

Tema 19. Haciendas Locales. Régimen Jurídico del gasto público. Ingresos locales.

Tema 20. El presupuesto municipal.

ANEXO II

Tema 1. La Informática. Concepto de la información. Sistema de gestión, sistema informático. Proceso de la información: Recogida de datos, depuración, almacenamiento, proceso y distribución.

Tema 2. El Ordenador. Elementos básicos de un ordenador. La CPU. Tipos. Distintas arquitecturas. Sistemas de

almacenamiento. Memorias RAM, ROM, EPROM, EDO, etc.

Dispositivos de almacenamiento externo. Clases y principales características. Sistemas de numeración: Decimal, Binario, Hexadecimal. Cambios de base de numeración. Conversiones. Códigos ASCII y EBCDIC. Formatos empaquetados. Empaquetamientos binarios.

terminales. Autorizaciones. Permisos de acceso a archivos. Control general de actividad de los usuarios. Comandos de administración en este ámbito.

Tema 11. Política de copias de seguridad. Recomendaciones usuales. Los comandos cpio y tar en UNIX.

Tema 12. Estructura de directorios y ficheros. Comandos de gestión de archivos y directorios. Principales características de los comandos de borrado de directorios y archivos. Su diferencia con los de MS-DOS.

Tema 13. Comunicaciones en UNIX. Comunicaciones entre usuarios. Correo electrónico. Programas de emulación de terminales. El subsistema de comunicación uucp.

Tema 14. El sistema operativo THEOS. Principales

características.

Tema 15. Windows NT. Principales características.

Tema 16. Lenguajes de programación. Concepto. Compiladores e intérpretes. Los lenguajes ensamblador, BASIC, COBOL y C. Principales características. Visual C y Visual Basic en entornos gráficos.

Tema 17. El lenguaje de Programación COBOL. Sus estándares sucesivos. Características principales. Divisiones y secciones. Estructura de los programas COBOL.

Tema 18. Bases de datos. Conceptos generales de las bases de datos. Principales sistemas de gestión de bases de datos. Diferencias con los lenguajes de programación orientados a registros.

Tema 19. El S.G.B.D. Informix. Sus distintos estándares: On line y Standard Engine. Principales características. SQL y 4.GL en Informix.

Tema 20. El S.G.D.B. Access. Características generales. Programación en Visual Basic y Visual C contra Access.

Tema 21. Los procesadores de texto. Finalidades y

características. Funciones más relevantes. Particularidades según entornos gráficos o de caracteres. Del tratamiento de textos a la autoedición. Programas de composición y

maquetación. Periféricos especializados: Las filmadoras. Los programas de OCR.

Tema 22. Redes Locales. Concepto general. Componentes que la integran y configuran. Tipología de redes. Principales sistemas operativos para redes locales. Características.

Tema 23. Internet e Intranet. Evolución histórica y estructura. Su potencialidad como herramienta de gestión y atención al ciudadano en las Administraciones Públicas.

Ubeda, 27 de marzo de 1998.- El Alcalde.

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