Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 13 de 03/02/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 19 de enero de 1998, por la que se reconoce e inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas, la Fundación denominada Albaydar de Sevilla.

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Visto el expediente de reconocimiento e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes de esta Consejería de la Fundación denominada «Albaydar¯, constituida y domiciliada en Sevilla, Avda. de la Palmera, número 36.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La Fundación fue constituida en Escrituras Públicas de fecha 9 de febrero de 1996, ante don Rafael Leña Fernández, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, con número de protocolo 473, corregidas con fecha 7 de junio de

1996, ante don Francisco Rosales de Salamanca, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, con número de protocolo 1.553, con fecha 26 de septiembre de

1997, ante don Francisco Rosales de Salamanca, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, con número de protocolo 3.372, y con fecha 16 de diciembre de

1997, ante don Joaquín Serrano Valverde, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, con número de protocolo 3.699, figurando como fundadores don José Millán Doblado y otros.

Segundo. Tendrá principalmente, los objetivos y fines siguientes: Crear, promover, apoyar y suscitar actividades de genuino carácter docente, primordialmente encaminada a colaborar en la formación humana, docente, técnica, ética y cívica de la juventud andaluza. En aras de ello, impulsará la creación, construcción, equipamiento y desarrollo de toda clase de centros que contribuyan a este fin; y dispensará las ayudas necesarias a las personas que aspiren a recibir esa información.

Tercero. La dotación inicial de la Fundación está constituida por la dotación aportada por los fundadores consistente en cinco millones de pesetas (5.000.000 pesetas) ingresadas en la cuenta corriente número

60/4365-35 de la que es titular la Fundación, en la Agencia número 12 del Banco de Andalucía de la localidad de Sevilla.

Cuarto. El gobierno, administración y representación de la Fundación se confía de modo exclusivo a un Patronato que estará formado por un mínimo de cinco y un máximo de nueve miembros, siendo su presidente don José Millán Doblado.

Vistos: La Constitución española, el Estatuto de Autonomía de Andalucía, la Ley 30/94, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en actividades de interés general y el Decreto

2930/72, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Fundaciones Culturales privadas y Entidades análogas, y demás normas de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto 42/83, de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las competencias que en materia de Educación se traspasaron por Real Decreto

3936/82, de 29 de diciembre, y en particular sobre las Fundaciones docentes que desarrollen principalmente sus acciones en Andalucía, ejerciendo en consecuencia el Protectorado sobre las de esta clase.

Segundo. Se han cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados esenciales por la Ley 30/94, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en actividades de interés general y el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas por lo que procede el reconocimiento del interés público de sus objetivos, y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes.

En consecuencia, y en atención a los hechos y fundamentos de Derecho hasta aquí desarrollados, esta Consejería de Educación y Ciencia, visto el preceptivo informe de la Asesoría Jurídica, resuelve:

Primero. Reconocer el interés público de la Entidad, e inscribir como Fundación Docente Privada en el correspondiente Registro a la Fundación «Albaydar¯, con domicilio Avda. de la Palmera, núm. 36, de Sevilla.

Segundo. Aprobar los Estatutos, contenidos en las escrituras públicas de fecha 9 de febrero de 1996, corregidas con fechas 7 de junio de 1996, 26 de septiembre de 1997 y 16 de diciembre de 1997.

Tercero. Confirmar en sus cargos a los miembros del Patronato de la Fundación, cuyos nombres se recogen en la Carta Fundacional y que han aceptado sus cargos.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa de acuerdo con el artículo 109.c) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, se podrá interponer en el plazo de 2 meses a partir de la recepción de su notificación, recurso contencioso-administrativo, previo anuncio del mismo al órgano que la dicta, según exige el artículo 110.3 de la citada Ley, y el artículo 57.2 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 19 de enero de 1998

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia

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