Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 49 de 02/05/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

DECRETO 78/1998, de 31 de marzo, por el que se autoriza al Ayuntamiento de El Madroño (Sevilla) para adoptar su escudo heráldico municipal.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Ilmo. Ayuntamiento de El Madroño (Sevilla) ha estimado oportuno adoptar su escudo heráldico municipal, a fin de perpetuar los hechos más relevantes y peculiares de su pasado histórico.

A tal efecto, con arreglo a las facultades que le confieren las disposiciones legales vigentes y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 10 de julio de 1997, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 101, de fecha 10 de agosto de 1997, lo elevó a la Consejería de Gobernación y Justicia para su aprobacion definitiva.

Solicitado informe a la Real Academia de Córdoba de Ciencias, Bellas Letras y Nobles Artes, emitió informe favorable en la sesión celebrada el día 5 de febrero de 1998.

El expediente se sustanció conforme a las normas establecidas al respecto en la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y el Decreto 14/1995, de 31 de enero, por el que se establece el procedimiento para la aprobación y rehabilitación de escudos heráldicos, banderas y otros símbolos de las entidades locales de la Comunidad Autónoma Andaluza.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía confiere competencia exclusiva a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Régimen Local.

En su virtud, al amparo de lo establecido en el artículo 2, apartado 7, del Decreto 14/1995, de 31 de enero, y del artículo

26.15 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta de la Consejera de Gobernación y Justicia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 31 de marzo de 1998,

D I S P O N G O

Se autoriza al Ayuntamiento de El Madroño (Sevilla) para adoptar su escudo heráldico municipal, que quedará organizado en la forma siguiente:

De plata madroño de sinople frutado de gules. Al timbre corona real cerrada.

El presente Decreto producirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso- administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía competente en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a este Consejo de Gobierno de conformidad con el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 31 de marzo de 1998

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia