Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 5 de 15/01/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 15 de diciembre de 1997, de la Delegación Provincial de Huelva, por la que se conceden ayudas para financiar actividades de las Organizaciones Estudiantiles Andaluzas de nivel no universitario.

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Habiéndose convocado por Orden de 28 de julio de 1997 (BOJA núm. 96, de

19 de agosto) las ayudas económicas para financiar actividades de las Organizaciones Estudiantiles Andaluzas, en los niveles no universitarios, durante 1997, vistas las solicitudes presentadas, la Comisión constituida de acuerdo con el artículo 8.1 de la citada Orden, y conforme a la disponibilidad presupuestaria de esta Delegación,

HA RESUELTO

Primero. Conceder las ayudas económicas para financiar las actividades presentadas por las Organizaciones Estudiantiles de la provincia de Huelva relacionadas en el Anexo I de la presente Resolución con sus correspondientes cuantías y con cargo a la aplicación presupuestaria

0.1.18.00.03.21.486.01.12J.6.

Segundo. Denegar las ayudas a las Organizaciones Estudiantiles relacionadas en el Anexo II de la Resolución con indicación del motivo de exclusión.

Tercero. Las entidades beneficiarias deberán justificar en el plazo de 3 meses, a partir de la fecha de recepción de la subvención, y ante la Delegación Provincial de Educación y Ciencia, la correcta inversión de la ayuda concedida mediante la presentación de la siguiente documentación:

a) Certificado de los Gestores de la Entidad en el que se haga constar que el importe de la ayuda ha sido destinado en su integridad a las actividades para las que fue concedida la misma y que dicho importe ha sido asentado en su contabilidad.

b) Carpeta-Indice que incluye todos los originales de facturas de cualquier otro justificante de gasto realizado que, legalmente admitido, sea imputable a la ayuda concedida.

c) Memoria descriptiva de las actividades realizadas en la que se recoja el grado de cumplimiento de los objetivos programados, así como el número de alumnos y alumnas que participaron en dicha actividad, con extensión máxima de 10 folios.

Cuarto. Contra la presente Resolución cabe recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Ciencia, en el plazo de 1 mes contado a partir de la publicación en el BOJA.

Huelva, 15 de diciembre de 1997.- El Delegado, Fernando Espinosa Jiménez.

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