Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 23/05/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

ORDEN de 15 de abril de 1998, por la que se aprueba la clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Aroche (Huelva).

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Visto el expediente instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Huelva relativo al asunto de referencia, resultan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Mediante Resolución de fecha 5 de noviembre de 1990, del Presidente del Instituto Andaluz de Reforma Agraria, se acordó la realización de la clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Aroche (Huelva).

Segundo. La Delegación Provincial de esta Consejería en Huelva, en la instrucción del expediente de clasificación, cursó sendos oficios, en fecha 20 de enero de 1995, al Ayuntamiento y a la Cámara Agraria Local de Aroche, a los efectos de nombramiento de representante y práctico, para efectuar el recorrido, reconocimiento y estudio de cada vía pecuaria, al mismo tiempo que se les instaba a dar la debida publicidad al inicio de las actuaciones de clasificación. Estas fueron sometidas a información pública mediante publicación en el diario «Huelva Información¯, en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en los Tablones de Anuncios del Ayuntamiento y la Cámara Local citados. Siendo expuestas, asimismo, en las dependencias de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Huelva.

Tercero. La Comisión para la Clasificación se constituyó el día

21 de febrero de 1995, procediéndose en esa misma fecha al levantamiento del Acta de Clasificación, resultando de la misma las vías pecuarias que a continuación se enumeran, con las descripciones e intrusiones que en ella se describen.

Núm.: 1.

Denominación: Cañada Real de Medellín o Soriana. Longitud aprox. (m): 34.859.

Anchura aprox. (m): 75.

Superficie aprox. (Has): 261,4425.

Núm.: 2.

Denominación: Cordel de los Andevaleños.

Longitud aprox. (m): 18.974.

Anchura aprox. (m): 37,5.

Superficie aprox. (Has): 71,1525.

Núm.: 3.

Denominación: Vereda del Chanza.

Longitud aprox. (m): 30.729.

Anchura aprox. (m): 20.

Superficie aprox. (Has): 61,4580.

Núm.: 4.

Denominación: Vereda de Portugal a Sevilla. Longitud aprox. (m): 25.629.

Anchura aprox. (m): 20.

Superficie aprox. (Has): 51,2580.

Núm.: 5.

Denominación: Vereda de la Cefiña a la Contienda. Longitud aprox. (m): 5.750.

Anchura aprox. (m): 20.

Superficie aprox. (Has): 11,5000.

Núm.: 6.

Denominación: Vereda de la Sierra Pelada. Longitud aprox. (m): 21.932.

Anchura aprox. (m): 20.

Superficie aprox. (Has): 43,8640.

Denominación: Abrevadero.

Superficie aprox. (Has): 0,5000.

Núm.: 7.

Denominación: Vereda de Sevilla.

Longitud aprox. (m): 6.722.

Anchura aprox. (m): 20.

Superficie aprox. (Has): 13,4440.

Cuarto. La Proposición de Clasificación se redactó con fecha 21 de febrero de 1995 por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Huelva, estando integrada por Memoria Resumen, Acta de Clasificación, Descripción y Croquis (Planos de situación, Hojas 1:50.000, Planimetría 1:25.000, mapa provincial a escala 1:500.000 y los croquis parciales que han sido convenientemente levantados). El Delegado Provincial prestó su conformidad a la citada Proposición con fecha 11 de mayo de

1995, que fue debidamente notificada al Ayuntamiento de Aroche, Cámara Agraria de Aroche y a la Diputación Provincial de Huelva, así como sometida a trámite de información pública mediante la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva, en el periódico «Huelva Información¯, y en los tablones de anuncios del Ayuntamiento de referencia y de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente.

La Diputación Provincial es la única entidad que formuló alegaciones en el trámite de información pública, en las que manifestaba la superposición de tramos de vías pecuarias con trazado de carreteras, por lo que entiende deberá regirse esta situación por el Reglamento de Carreteras.

Quinto. El Delegado Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Huelva, elevó propuesta de clasificación, mediante oficio de fecha 3 de mayo de 1996, remitiendo las actuaciones administrativas referidas a la Clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Aroche para su aprobación.

Sexto. Con fecha 19 de mayo de 1997, se emitió informe favorable de técnico adscrito a la Secretaría General Técnica de esta Consejería.

Séptimo. El Letrado Jefe de la Asesoría Jurídica de la

Consejería de Medio Ambiente emitió informe sobre las

alegaciones formuladas en el expediente, cuyo contenido se incorpora a la presente.

A los anteriores hechos le son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Es órgano que tiene atribuida la competencia para resolver el expediente el Consejero de Medio Ambiente, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 202/1997, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Según preceptúa el artículo 7 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, la Clasificación es el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás

características físicas generales de cada vía pecuaria.

Tercero. Para la redacción de la clasificación, se han tenido en cuenta los antecedentes de los que se dispone en el término municipal, así como los planos escala 1:25.000, 1:50.000 y mapa provincial a escala 1:500.000, procediéndose a reseñar en la planimetría a escala 1:25.000 el recorrido de las vías

pecuarias, habiéndose reconocido meticulosamente y sobre el terreno todas las vías pecuarias objeto de clasificación por técnicos de la Consejería de Medio Ambiente, representantes del Ayuntamiento, Cámara Agraria y Prácticos del lugar.

Cuarto. Por lo que se refiere a la única alegación, formulada por la Diputación Provincial de Huelva respecto a los tramos de vías pecuarias que coinciden con carreteras, según criterio del Gabinete Jurídico expuesto en el informe al que se ha hecho referencia en el Antecedente Séptimo de esta Orden, existe consolidada jurisprudencia del Tribunal Constitucional que establece que el Territorio es soporte físico para el ejercicio de competencias diversas, y si transitoriamente se da la coincidencia de trazados, sobre el soporte físico ejercerá competencias la Administración Andaluza, al tratarse de una vía pecuaria, y la Diputación, al ser al mismo tiempo una carretera. Ello sin perjuicio de que a raíz de lo dispuesto en la vigente Ley de Vías Pecuarias, y en concreto en su artículo 13, existe la obligación de asegurar un trazado alternativo para la vía pecuaria, cuestión que puede solucionarse en momento posterior al presente acto administrativo.

Quinto. En la tramitación del expediente se han observado todos los trámites preceptivos, sin que las alegaciones formuladas al respecto en los períodos de audiencia e información pública otorgados al efecto, desvirtúen la clasificación.

Por todo ello, vista la propuesta favorable de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Huelva de fecha

3 de mayo de 1996.

Vista la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, y demás disposiciones de obligado cumplimiento,

R E S U E L V O

Aprobar la Clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Aroche (Huelva), de conformidad con la Proposición redactada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente, y en función a la descripción que se incorpora a la presente a través de Anexo único.

Lo que así acuerdo y firmo, Sevilla, 15 de abril de 1998.

JOSE LUIS BLANCO ROMERO

Consejero de Medio Ambiente

ANEXO UNICO A LA ORDEN DE FECHA 15 DE ABRIL DE 1998, DEL CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE APRUEBA LA

CLASIFICACION DE LAS VIAS PECUARIAS DEL TERMINO MUNICIPAL DE AROCHE (HUELVA)

1. Cañada Real de Medellín.

- Anchura legal: 75 metros.

- Longitud aprox.: 34.859 metros.

- Orientación: Noreste-Suroeste.

- Consideración: Necesaria.

Procede del término municipal de Cumbres de San Bartolomé, entra en Aroche por el Paraje «Aliserillas¯.

Seguidamente se puede observar a la derecha la «Casa de Rastrojo Cano¯. Se introduce en el Paraje «La Torre¯, pasando cerca del «Chaparro los Gazpachos¯. Justo donde cruza el arroyo de la Torre, cruza la Vereda de la Cefiña a la Contienda.

Sigue dirección Sur-Oeste en busca de la Rivera del Chanza. Antes de llegar a dicha Rivera, la Cañada pasa por «Galindo¯, «Esparteros¯, «Marco Cuatro Lindes¯, «La Pava¯, «Mari Barba¯, «El Alamo¯, «Fuente de los Coloraos¯, «Cortijo Los Coloraos¯, cruza el Arroyo de las Pizarras, pasa el Paraje «Los Coloraos¯, cruza la Rivera del Chanza y la Vereda del Chanza dejando a la derecha el «Puente de los Lobos¯.

Pasada la Rivera y a unos 960 metros, aproximadamente, hay un cruce de camino, el de la izquierda se dirige hacia la «Casa de la Belleza¯, y el de la derecha, hacia «las Granjas de la Belleza¯.

Cruza la carretera de Sevilla a Lisboa (N-433) y se dirige hacia la población de Aroche, pasando por el cementerio viejo. Deja a la izquierda la calle Jerez y el colegio público, y a la derecha el Paraje «Tejares¯.

La Cañada continúa por «La Cañería¯, «La Portilla¯, «Alpende de Pícaras¯, «Santa Clara¯, «Mozquina¯, «Alcalaboza¯ y «Puerto Cañón¯. Entre «La Mozquina¯ y «Puerto Cañón¯, la Cañada se sitúa junto a la Vereda de Portugal a Sevilla. Seguidamente cruza «El Barranco Puerto Cañón¯, deja a la derecha el camino a «Madre de Dios¯, y a la izquierda el camino a «La Caldera¯. Cruza la Vereda de la Sierra «La Pelᯠy, a continuación, «La Rivera Peramora¯ por el Puente Peramora.

Antes de llegar al término municipal de Cabezas Rubias, la Cañada pasa por «Peramora¯, «Pico Roso¯, «Pico de la

Golondrina¯, «Mahoma¯, «Raspadero de la Cumbre de Mojonazo¯, «Los Prados¯ y «Cumbres de Mármol¯, donde se introduce en el término municipal de Cabezas Rubias.

2. Cordel de los Andevaleños.

- Anchura legal: 35,50 metros.

- Longitud aprox.: 18.974 metros.

- Orientación: Norte-Sur.

- Consideración: Necesaria.

Procede del término municipal de Encinasola y se introduce en Aroche por la finca «La Contienda¯. El Cordel va a pie de caballo, en la mayor parte de su recorrido, por pista compacta.

A unos 4.000 metros aproximadamente, se puede observar la unión de la «Vereda de la Contienda a la Cefiña¯ con el «Cordel de los Andevaleños¯. Continúa por «El Naranjero¯, «Casa Colmenar¯, «Solana del Judío¯, «Umbría Valdasotella¯, «Cortijo

Valdasotella¯, «Cortijo de la Viuda¯, «Arroyo del Gavilán¯, «Huertos Naranjos¯ y «Cortijo de Andrés¯.

Siguiendo dirección Sur, el Cordel cruza varias veces el «Arroyo de Valdosotella¯, pasando cerca de la «Casa de Ezequiel¯. Continúa por «Solana de las Cabezas¯, «Solana de Puerto Nodal¯, cruza la «Rivera del Chanza¯ y deja a la derecha el camino al vivero del IARA y continúa para pasar entre la «Granja del Chaparral¯ y una granja de pollos.

Cruza los «Barrancos de las Tapias¯, «Olivar de los Frailes¯, «Ahoga Burros¯, pasa junto al cementerio nuevo y cruza la carretera de Sevilla a Lisboa (N-433), para unirse más tarde a la «Cañada de Medellín¯, donde finaliza.

3. Vereda del Chanza.

- Anchura legal: 20 metros.

- Longitud aprox.: 30.729 metros.

- Orientación: Este-Noroeste.

- Consideración: Necesaria.

Procede del término municipal de Cortegana, entra en Aroche por el «Puerto de los Pinos¯ y continúa por «El Majadal¯, «Casa Juanito¯, «Molino de Ciriaco¯, «Finca de Juanito Ciriaco¯, cruza el Barranco de Gargallón, deja a la derecha el «Molino de los Lilos¯, y vuelve a cruzar el Barranco de Gargallón.

Se adentra en el Paraje de «Las Eras Altas¯, donde cruza el Barranco de los Cubos. Deja a la derecha la «Casa de Fermín¯, y a la izquierda, la «Casa de los Hermanos de Fermín¯. Continúa por «La Capellanía¯, «El Bosque¯, cruza el carril principal del «Alamo¯ y pasa por donde está situada una plaza de toros.

A unos 1.200 metros aproximadamente, cruza la Rivera del Chanza y se coloca en la orilla izquierda de la Rivera hasta pasar el «Puente de Los Lobos¯, punto donde cruza «La Cañada Real de Medellín¯ y vuelve a cruzar la Rivera. Antes de llegar a este punto la Vereda, pasa entre los Parajes de «La Belleza¯ y «El Alamo¯.

Ahora la Vereda se coloca a la derecha de la Rivera hasta cruzar el Arroyo de Valdesotella, pasando por «Los Lobos¯, «La Dehesilla¯ y «Los Benitos¯, cruzando el Cordel de los

Andevaleños, «Solana de Puerto Nodal¯, «Cortijo de Tomás Domínguez¯, «Cortijo del Miedo¯ y «Monte Blanco¯, donde cruza «Los Arroyos Agostizo¯, «Las Piletas¯, «La Parra¯ y de

«Tipinas¯, para introducirse en el término municipal de Rosal de la Fª

4. Vereda de Portugal a Sevilla.

- Anchura legal: 20 metros.

- Longitud aprox.: 25.629 metros.

- Orientación: Oeste-Sureste.

- Consideración: Necesaria.

Procede del término municipal de Rosal de la Frontera, entrando en Aroche por «Cumbre de los Rasos¯.

Dentro de dicho Paraje, la Vereda pasa junto a la «Casa de Gañote¯ y «Casa de Sabina¯. Cruza el «Barranco de los Frailes¯ y se dirige hacia el «Paraje de Santa Clara¯, pasando por «Los Valles¯, «Los Rasos¯, «Cortijo Pararrayos¯ y «Mazmorra¯, donde se encuentra un abrevadero con una superficie aproximada de 0,5 hectáreas, continúa por «Puerto Peñas¯, «Cabezo del Coto¯ y «Cumbres de la Castellana¯, «Santa Clara Baja¯, «El Esparragal¯ y «Montero¯.

La Vereda llega a las «Casas del Naranjal¯ y «Casa de la Mozquina¯, dentro del Paraje de La Mozquina. Igualmente, dentro de dicho Paraje, transcurre junto a la Cañada Real de Medellín, dirección Sur, hasta llegar a «Puerto Cañón¯, donde la Cañada se dirige hacia el Sur y la Vereda hacia el Sur-Este, pasando por «Fuente de la Virgen¯, «Alcalaboza¯, «El Encinar¯, «Caldera¯, donde se coloca paralela a la Rivera de Alcalabocines, «Tronca Ciegos¯, «Vínculo¯, «Arroyo del Hurón¯, «Umbría del Hurón¯, donde se introduce dentro del Término Municipal de Cortegana.

5. Vereda de la Cefiña a la Contienda.

- Anchura legal: 20 metros.

- Longitud aprox.: 5.750 metros.

- Orientación: Sureste-Noroeste.

- Consideración: Necesaria.

Procede del término municipal de Cortegana entrando en Aroche por «Valdepajares¯ y continúa por «Loma del Rincón¯, «Era de la Cotolía¯, «Cumbre Galindo¯, «La Torre¯ y «Vega de la Torre¯, donde cruza la «Cañada Real de Medellín¯. Junto al «Chaparro de los Gazpachos¯, continúa cerca de la «Casa La Torre¯, «Cortijo de Puerto Teja¯, cruza el «Arroyo Las Vegas¯ y deja a la izquierda el «Puente de los Yegüerizos¯.

Pasa por «Cabezo Cotolía¯ y «La Corte Sunoble¯, donde se une al Cordel de los Andevaleños.

6. Vereda de la Sierra Pelada.

- Anchura legal: 20 metros.

- Longitud aproximada: 21.932 metros.

- Orientación: Sureste-Noroeste.

- Consideración: Necesaria.

Procede del término municipal de Almonaster la Real entrando en Aroche por «Puerto la Venta¯ y «La Bajena¯.

La Vereda se dirige hacia el Noroeste buscando la Cañada Real de Medellín.

En este tramo la Vereda deja a la derecha el «Cortijo de Celestino¯ y «Casa de la Bajena¯, cruza la «Rivera de Juana la Blanca¯, pasa por el «Paraje Las Ciries¯, donde cruza la «Rivera de las Ciries¯.

Aproximadamente a unos 300 metros cruza la «Rivera de

Alcalaboza¯ y la «Cañada Real de Medellín¯.

A unos 4.000 metros aproximadamente, se observa a la izquerda el «Cortijo del Tío Socorro¯, «Cortijo de Rufo¯ y «Cortijo de Las Moras¯. Pasa por los parajes «Madre de Dios¯, «Puerto Peñas¯ y «La Mazmorra¯, donde se encuentra un abrevadero con una superficie de 0,5 hectáreas. En este punto la Vereda se une a la «Vereda de Portugal a Sevilla¯, donde finaliza.

7. Vereda de Sevilla.

- Anchura legal: 20 metros.

- Longitud aprox.: 6.722 metros.

- Orientación: Sureste-Noroeste.

- Consideración: Necesaria.

Procede del término municipal de Cortegana, entrando en el de Aroche por el «Paraje La Castellana¯.

A unos 300 aproximadamente, se pierde el vestigio, si bien se pasa a unos 40 metros a la derecha de un Horno de Cal. En dicho punto se cruza una alambrada, introduciéndose en el «Paraje de El Cañuelo¯ y pasando por «El Collado Hondo del Cañuelo¯. Tras cruzar una portera, la Vereda se aproxima al «Paraje de La Mezquita¯, donde se cruzan dos porteras.

A unos 200 metros aproximadamente de la segunda portera, se deja a la derecha unas ruinas, separadas de la Vereda unos seis metros. Pasados unos 350 metros, se coloca a pie de caballo dentro de un camino. Cruza el «Barranco de la Mezquita¯ y deja a la izquierda la «Casa Camacho¯, la cual se encuentra en ruinas. Seguidamente, a unos 70 metros y cruzar un arroyo, pierde el vestigio, para acercarse a unas nuevas ruinas y colocarse dentro del camino.

Recorridos unos 600 metros aproximadamente, y tras cruzar una portera, se aparta del camino para cruzar la «Rivera del Chanza¯ y una alambrada, para más tarde adentrarse en el «Paraje de El Alamo¯. Al margen izquierdo de la Rivera se observa el «Paraje Los Molinos¯.

La Vereda se coloca paralela a dicha Rivera en el margen derecho, cruzándola por el «Puente de la Coronela¯, en la Carretera Sevilla-Lisboa (N-433).

Pasando el Puente, la Vereda se coloca paralela a la «Rivera del Chanza¯, en el margen izquierdo y dentro del «Paraje La Coronela¯, seguidamente se puede observar, a unos 60 metros a la izquierda, una noria, para continuar hasta llegar a las ruinas del molino, punto en el cual se une a la «Vereda del Chanza¯.