Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 133 de 16/11/1999

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Consejería de Asuntos Sociales

RESOLUCION de 15 de octubre de 1999, de la Delegación Provincial de Jaén, dictada en el expediente 134/95, sobre protección de menores, por la que se acuerda declarar la situación legal de desamparo del menor conocido a efectos identificativos como J.J.C.

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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que encontrándose doña Cristina Calahorra Martínez en ignorado paradero, no pudiendo, por tanto, haberle sido practicada notificación por otros medios, se publica extracto del acto dictado, por considerarse que la notificación íntegra por medio de anuncios lesionaría los derechos inherentes al menor afectado.

Con fecha 15 de octubre de 1999, la Delegación Provincial de Asuntos Sociales de Jaén, en el expediente de protección de menores núm. 134/95, dictó Resolución acordando:

1. Declarar la situación legal de desamparo del menor conocido a efectos identificativos como J.J.C., presuntamente nacido en Gandía (Valencia), el día 14 de abril de 1989, y en base a tal declaración, asumir en su condición de Entidad Pública de protección de menores la tutela del citado menor.

2. Constitutir el Acogimiento Familiar permanente del menor mediante la suscripción del documento de formalización de dicho acogimiento familiar con las personas seleccionadas a tal efecto: Don Manuel Jiménez Blanco y Doña Josefa Carreras Carreras. Acogimiento al que ha prestado su consentimiento expreso el padre del menor, no habiéndolo hecho la madre por encontrarse en paradero desconocido.

3. Caso de que la madre del menor no suscriba el documento de formalización del acogimiento familiar, o se oponga al mismo, se constituye dicho acogimiento familiar de forma provisional, a la vez que acuerda ante el Juzgado de Primera Instancia competente la oportuna respuesta de constitución judicial de dicho acogimiento familiar; propuesta que deberá presentarse judicialmente de manera inmediata y, en todo caso, en el plazo máximo de 15 días desde la constitución del acogimiento provisional.

4. El Acogimiento Familiar se constituye con carácter permanente.

Para conocimiento del contenido íntegro de la Resolución dictada, doña Cristina Calahorra Martínez, en paradero desconocido y con último domicilio conocido en Calahorra (La Rioja), podrá comparecer en la Delegación Provincial de Asuntos Sociales en Jaén, situada en Paseo de la Estación, núm. 19-3ª planta.

Jaén, 15 de octubre de 1999.- La Delegada, Carmen Peñalver Pérez.

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