Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 13/03/1999

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Otros. AYUNTAMIENTO DE AYAMONTE

ANUNCIO de bases.

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BASES PARA LA CONVOCATORIA PARA PROVEER UNA PLAZA DE ANIMADOR/A PARA LA LUDOTECA DEPENDIENTE DEL PATRONATO MUNICIPAL DE CULTURA DE AYAMONTE

1.- NORMAS GENERALES

1.1.- Objeto.-

El objeto de la convocatoria es cubrir una plaza de ANIMADOR/A DE LUDOTECA, Grupo B, dependiente del Patronato Municipal de Cultura de Ayamonte, en régimen de jornada partida, mediante el sistema de concurso-oposición.

1.1.- Derechos y deberes.-

Quien obtenga la plaza tendrá los derechos y los deberes inherentes a la misma como empleados del Patronato Municipal de Cultura de Ayamonte, y los determinados con carácter especial o general por la legislación laboral.

En ningún momento el acceso a esta plaza supondrá adquirir la condición de funcionario del Ilustrísimo Ayuntamiento de Ayamonte o del personal laboral del mismo.

1.3.- Régimen Jurídico aplicable.

Las pruebas selectivas que se convocan, se regirán por las presentes Bases y por las siguientes disposiciones legales: Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, aprobatorio del Texto Refundido de Disposiciones vigente en materia de Régimen Local.

1.4.- Efectos vinculantes.

Las Bases vinculan a la Administración convocante, al Patronato Municipal de Cultura, al Tribunal y a quienes participen en las mismas.

Las convocatorias o sus bases, una vez publicadas, solamente podrán ser modificadas con sujeción estricta a las normas de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2.- CONDICIONES Y REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS ASPIRANTES.-

Para poder optar a esta plaza, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

BASES PARA LA PROVISION DE UNA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO VACANTE EN LA PLANTILLA LABORAL DEL PATRONATO MUNICIPAL DE CULTURA DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE AYAMONTE (HUELVA)

1.- NORMAS GENERALES

1.1.- Objeto de las Bases y número de plazas.-

Es objeto de las presentes Bases la provisión de la siguientes plaza:

Denominación: AUXILIAR DE ADMINISTRATIVO, en régimen de jornada partida.

Número: UNA.

Grupo: D.

Sistema de acceso: LIBRE.

Procedimiento: CONCURSO-OPOSICION.

1.2.- Derechos y deberes.

Quien obtenga plaza tendrá los derechos y deberes inherentes a la misma como empleado del Patronato Municipal de Cultural de Ayamonte y los determinados con carácter general o especial por la legislación laboral.

En ningún momento el acceso a esta plaza supondrá adquirir la condición de funcionario del Ilustrísimo Ayuntamiento de Ayamonte o del personal laboral del mismo.

1.3.- Régimen Jurídico aplicable.

Las pruebas selectivas que se convocan, se regirán por las presentes Bases y por las siguientes disposiciones legales: Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, aprobatorio del Texto Refundido de Disposiciones vigente en materia de Régimen Local.

1.4.- Efectos vinculantes.

Las Bases vinculan a la Administración convocante, al Patronato Municipal de Cultura, al Tribunal y a quienes participen en las mismas.

Las convocatorias o sus bases, una vez publicadas, solamente podrán ser modificadas con sujeción estricta a las normas de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2.- CONDICIONES Y REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS ASPIRANTES.-

2.1.- Requisitos Generales.

Para poder ser admitidos y participar en las pruebas, los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA PROVEER UNA PLAZA DE TECNICO AUXILIAR DE LUDOTECA DEPENDIENTE DEL PATRONATO MUNICIPAL DE CULTURA DE AYAMONTE

1.- NORMAS GENERALES

1.1.- Objeto.-

Es objeto de las presentes Bases la provisión de la siguiente plaza:

Denominación: TECNICO AUXILIAR DE LUDOTECA, en régimen de jornada partida.

Número: UNA.

Grupo: C.

Sistema de acceso: LIBRE.

Procedimiento: CONCURSO-OPOSICION.

1.2.- Derechos y deberes.

Quien obtenga plaza tendrá los derechos y deberes inherentes a la misma como empleado del Patronato Municipal de Cultural de Ayamonte y los determinados con carácter general o especial por la legislación laboral.

En ningún momento el acceso a esta plaza supondrá adquirir la condición de funcionario del Ilustrísimo Ayuntamiento de Ayamonte o del personal laboral del mismo.

1.3.- Régimen Jurídico aplicable.

Las pruebas selectivas que se convocan, se regirán por las presentes Bases y por las siguientes disposiciones legales: Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, aprobatorio del Texto Refundido de Disposiciones vigente en materia de Régimen Local.

1.4.- Efectos vinculantes.

Las Bases vinculan a la Administración convocante, al Patronato Municipal de Cultura, al Tribunal y a quienes participen en las mismas.

Las convocatorias o sus bases, una vez publicadas, solamente podrán ser modificadas con sujeción estricta a las normas de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2.- CONDICIONES Y REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS ASPIRANTES.-

2.1.- Requisitos Generales.

Para poder ser admitidos y participar en las pruebas, los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Diligencia: Para hacer constar que las presentes Bases fueron aprobadas por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de octubre de 1998.- El Secretario, Félix Belzunce Gómez. El Alcalde, Rafael González Gónzalez.

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