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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el fallo de la sentencia dictada con fecha 13 de marzo de 2000, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el recurso contencioso-administrativo número 520/1996, promovido por ALVIC, S.A., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la entidad mercantil ALVIC, S.A., contra la Resolución de 23 de noviembre de 1995, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social (Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales) de la Junta de Andalucía -recurso 474/95- por la que se desestima el recurso ordinario deducido frente a la resolución del Delegado Provincial en Jaén de dicha Consejería, dictada en el expediente sancionador 45/95, que trae causa del acta de infracción instruida con el número 1248/94, Resolución que confirmamos en sus términos por entenderlos ajustados a Derecho; sin imposición en costas.
Sevilla, 27 de septiembre de 2000.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.
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