Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 122 de 24/10/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

DECRETO 403/2000, de 5 de octubre, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Justicia y Administración Pública, y se modifica la del Instituto Andaluz de Administración Pública.

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P R E A M B U L O

Publicado el Decreto del Presidente 6/2000, de 28 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías, y corregido según Corrección de errores al Decreto del Presidente 6/2000, de 28 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías, fueron aprobándose sucesivamente los Decretos de estructuras orgánicas de las Consejerías que constituyen la Administración Autónoma de la Junta de Andalucía. Concretamente, la de la Consejería de Justicia y Administración Pública ha sido desarrollada a tenor del Decreto del Presidente 6/2000, de 28 de abril, por el Decreto 139/2000, de 16 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública. A partir de dichos fundamentos se procede mediante el presente Decreto a la aprobación de la relación de puestos de trabajo correspondiente a la Consejería de Justicia y Administración Pública. Dicha aprobación contiene, por una parte, la creación de los puestos de trabajo necesaria para el desarrollo de las competencias asignadas según el Decreto 139/2000, de 16 de mayo, a los nuevos Centros Directivos: Secretaría de la Consejera, Viceconsejería, Secretaría General Técnica y Delegaciones Provinciales de la Consejería de Justicia y Administración Pública. Por otra parte, se abordan en este Decreto aquellas modificaciones puntuales en el resto de los Centros Directivos procedentes de la extinguida Consejería de Gobernación y Justicia que resuelven las necesidades, en cuanto al número, tipología y estructuración de los puestos de trabajo que se han generado en la aplicación de las competencias asignadas a los mismos. Con esta finalidad se incluyen en el presente Decreto las modificaciones oportunas en la relación de puestos correspondiente al Instituto Andaluz de Administración Pública, Organismo adscrito por el artículo 5.2 del mencionado Decreto del Presidente/2000, de 28 de abril, a la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Según lo previsto en el artículo 32, letra d), de la Ley

9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación y determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas en la redacción dada por la Ley 7/1990, de 19 de julio, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Comisión del V Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía y la Mesa Sectorial de Administración General.

En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y en el artículo 10 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, de elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta de la Consejería de Justicia y Administración Pública, con informe de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 5 de octubre,

D I S P O N G O

Artículo primero. Aprobación de la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Justicia y Administración Pública.

La relación de puestos de trabajo de la Comunidad Autónoma de Andalucía perteneciente a la Consejería de Justicia y Administración Pública queda aprobada en los términos expresados en el Anexo 1 de este Decreto.

Artículo segundo. Modificación de la relación de puestos de trabajo del Instituto Andaluz de Administración Pública.

La relación de puestos de trabajo perteneciente al Instituto Andaluz de Administración Pública queda modificada en los términos expresados en el Anexo 2 de este Decreto.

Artículo tercero. Modificación parcial de la relación de puestos correspondiente a la Consejería de Economía y Hacienda.

La relación de puestos de trabajo perteneciente a la Consejería de Economía y Hacienda queda modificada en los términos expresados en el Anexo 1 de este Decreto.

Disposición adicional primera. Puestos procedentes de la extinguida Consejería de Gobernación y Justicia que se asignan a la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Quedan asignados a la Consejería de Justicia y Administración Pública los puestos relacionados en el Anexo 3 de este Decreto.

Disposición adicional segunda. Modificación presupuestaria. Por la Consejería de Economía y Hacienda se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en el presente Decreto.

Disposición adicional segunda. Integración y adscripción del personal a las categorías profesionales y a los puestos modificados correspondientemente.

Por la Consejería de Justicia y Administración Pública se realizarán los trámites necesarios para adecuar los efectivos existentes a las necesidades del servicio deducidas de las modificaciones de la relación de puestos de trabajo aprobadas mediante este Decreto.

Disposición final. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Sevilla, 5 de octubre de 2000

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Justicia y Administración Pública

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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