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Advertido error en el texto remitido para la publicación de la Orden antes citada, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
Página 6.551, 2.ª columna, línea 28, donde dice: «Cuota fija
260 ptas./abonado/mes¯.
Debe decir: «Cuota fija. Uso doméstico 260 ptas./vivienda/mes. Uso industrial hostelero 260 ptas./habitación/mes¯.
Sevilla, 6 de noviembre de 2000
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