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De conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, dada la imposibilidad de practicar notificaciones a las entidades interesadas que a continuación se relacionan en el último domicilio conocido, se les hace saber, a través de este anuncio, que se han dictado las siguiente Resoluciones en expediente administrativo de reintegro:
Entidad: Servicio de asistencia libre y privada, S. Coop. And. Núm. expte.: SC.013.CA/95.
Dirección: Pol. Ind. El Portal, Nave Piscis, C/ d1. Asunto: Notificando resolución de expediente. Importe a reintegrar (principal e intereses de demora): 162.840 ptas. (128.463 ptas. + 34.377 ptas.).
Motivo: Incumplimiento de la obligación de justificar.
El reintegro de carácter voluntario deberá efectuarse en el siguiente plazo:
a) Si el presente anuncio del acuerdo de reintegro se notifica entre los días 1 y 15 del mes en curso, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
b) Si el presente anuncio del acuerdo de reintegro se notifica entre los días 16 y último del mes en curso, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
El mismos deberá hacerse efectivo en la siguiente cuenta bancaria:
Titular: Tesorería General de la Junta de Andalucía. Código de Banco: 2100, «La Caixa¯.
Código de Sucursal: 2607, República Argentina, 35-37 (Sevilla). Dígito de Control: 33.
Núm. C/C: 0201063423.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiese efectuado el reintegro, se procederá a su exacción por la vía ejecutiva.
Asimismo, se le advierte expresamente a los interesados que, contra la resolución de reintegro, que agota la vía administrativa, puede interponerse:
a) Potestativamente, recurso de reposición ante el Director General de Cooperativas en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación. Y, hasta tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no se podrá interponer recurso contencioso- administrativo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de la citada Ley 30/92.
b) Directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
Informándoles que, para el cómputo de los plazos mencionados, la notificación se considera realizada a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio.
Sevilla, 17 de enero de 2000.- El Director General,
Fernando Toscano Sánchez.
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