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A los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley
30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada infructuosamente en el último domicilio conocido, se procede a la notificación de Acuerdo de reintegro de la Dirección General de Formación Profesional y Empleo, a las entidades que a continuación se relacionan.
Entidad: Jóvenes Comunistas de Andalucía-Unidad Comunista. Dirección: C/ San Vicente, 37, Sevilla, 41002. Expediente: AJ-28/91.
Asunto: Notificación de Acuerdo de reintegro a dicha entidad de fecha 28 de diciembre de 1999.
Motivo: Incumplimiento parcial de la obligación de justificación.
Entidad: Consejo de la Juventud de Algeciras. Dirección: Parque de las Acacias, s/n, Algeciras (Cádiz),
11207.
Expediente: AJ-42/93.
Asunto: Notificación de Acuerdo de reintegro a dicha entidad de fecha 23 de diciembre de 1999.
Motivo: Incumplimiento total de la obligación de justificación.
Entidad: Federación de Amigos de la Tierra. Dirección: C/ Santa Ana, 14 Entslo., Sevilla, 41002. Expediente: AJ-39/91.
Asunto: Notificación de Acuerdo de reintegro a dicha entidad de fecha 23 de diciembre de 1999.
Motivo: Incumplimiento total de la obligación de justificación.
Entidad: Jóvenes Comunistas de Andalucía-Unidad Comunista. Dirección: C/ San Vicente, 37, Sevilla, 41002. Expediente: AJ-918/90.
Asunto: Notificación de Acuerdo de reintegro a dicha entidad de fecha 13 de diciembre de 1999.
Motivo: Incumplimiento total de la obligación de justificación.
Entidad: Ocio y Creatividad de Andalucía. Dirección: C/ Berruguete, 1-2.º B, Dos Hermanas, de Sevilla. Expediente: AJ-26/91.
Asunto: Notificación de Acuerdo de reintegro a dicha entidad de fecha 13 de diciembre de 1999.
Motivo: Incumplimiento parcial de la obligación de justificación.
Entidad: Ocio y Creatividad de Andalucía. Dirección: C/ Berruguete, 1-2.º B, Dos Hermanas, de Sevilla. Expediente: AJ-12/92.
Asunto: Notificación de Acuerdo de reintegro a dicha entidad de fecha 10 de diciembre de 1999.
Motivo: Incumplimiento total de la obligación de justificación.
Contra el acuerdo que se notifica, cabe recurso de alzada ante el Excmo. Consejero de Trabajo e Industria en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 115 de la Ley/92, de
26 de noviembre, Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 14 de febrero de 2000.- El Director General, Antonio Toro Barba.
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