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Número de Identificación General: 2104100C20010000688.
Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 56/2001-C.
Juzgado de Primera Instancia Núm. Cinco de Huelva.
Juicio Proced. Ordinario (N) 56/2001-C.
Parte demandante: María Inmaculada Moreno Domínguez, María Jesús Moreno Fernández.
Parte demandada: Entidad Mercantil «Promotores Internacional S.A.¯.
Sobre Proc. Ordinario, Retracto.
En el Juicio referenciado se ha dictado Sentencia de fecha 13 de septiembre de 2001, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
«Sentencia. En la ciudad de Huelva, 13 de septiembre del año
2001: El Ilmo. Sr. don Florentino Gregorio Ruiz Yamuza, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia Núm. Cinco de los de esta localidad y su partido, ha visto las presentes actuaciones de juicio ordinario, seguidas en este Juzgado bajo el núm. 56/01-C, a instancias doña María
Inmaculada y doña María Jesús Moreno Domínguez, representadas por el Procurador Sr. Rofa Fernández y dirigidas por el Ltdo. Sr. Vergel Araujo, contra Promotores Internacional, S.A., declarada en rebeldía; recayendo la presente resolución en base a los siguientes:
Fallo. Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Rofa Fernández, en nombre y representación de doña María Inmaculada y doña María Jesús Moreno, contra Promotores Internacional, S.A.; demandada, que suponen el 80% de la finca urbana sita en Huelva en C/ Pedro de Valdivia, núm. 9, inscrita en el registro de la propiedad núm. 2 de Huelva al tomo 1671, libro 273, folio 141, inscripción 6.ª, condenándose a la demandada a otorgar a favor de las actoras escritura de retroventa de dichas participaciones y a dejar libre y expedita, a disposición de las actoras, la repetida finca dentro del plazo legal, con apercibimiento de que, en caso de incumplimiento será otorgada de oficio la escritura y se procederá al lanzamiento, todo ello con imposición de costas a la demandada. Condeno a ésta a pagar a la actora la suma de
27.297 ptas., más los correspondientes intereses y al abono de las costas habidas en esta litis. Notifíquese la presente resolución a las partes de conformidad con lo dispuesto en los arts. 248.4 de la L.O.P.J., llévese a los autos certificación de la misma e inclúyase en el libro de sentencias de este Juzgado. Así por ésta mi sentencia y definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo. E//. Florentino Gregorio Ruiz Yamuza. Rubricado. Publicación: Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez que la suscribe, constituido en audiencia en el mismo día de su fecha, por ante mí el Secretario, de que doy fe¯.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497 punto
2 de la Ley Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto acompañado de Oficio, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y otro en el tablón de anuncios de este Juzgado para la notificación de la Sentencia dictada en este procedimiento a la Entidad demandada «Promotores Internacional, S.A.¯, la cual se encuentra en ignorado paradero.
Diligencia. En Huelva a 18 de septiembre de 2001.
La extiendo yo, la Secretaria Judicial-Accdtal., para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios y remitido Edicto acompañado de oficio al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, Doy fe.
En Huelva, a 18 de septiembre de 2001.- La Secretaria-
Judicial-Accdtal.
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