Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 131 de 13/11/2001

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Delegación del Gobierno de Huelva, notificando Acuerdo de Iniciación formulado en el expediente sancionador incoado que se cita.

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Intentada sin efecto la notificación del Acuerdo de Iniciación, formulado en el expediente sancionador que se detalla, por supuesta infracción a la normativa que se cita, y en cumplimiento de lo prevenido en los arts. 59.4 y 61 de la Ley 30/92 (LRJAP y PAC), de 26 de nviembre de 1992, se publica el presente, para que sirva de notificación del mismo; significándoles que en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de aquél en que se practique la notificación, queda de manifiesto el expediente en el Servicio de Juego y Espectáculos Públicos de esta Delegación del Gobierno, C/ Sanlúcar de Barrameda, 3, de Huelva, pudiendo formular los descargos que a su derecho convenga, con la proposición y aportación de las pruebas que considere oportunas, a tenor de lo dispuesto en los arts. 18 y

19 de Real Decreto 1398/93.

Expediente: H-36/01-ET.

Persona o entidad denunciada y domicilio: Tauromilenio, S.L., Avda. Plaza de toros de Ecija, s/n. Ecija (Sevilla).

Hechos denunciados: El día 1 de septiembre de 2001 se celebró un espectáculo taurino mixto en la plaza de toros de Zufre en la que se lidió una res de una ganadería no anunciada y se sustituyeron más de la mitad de las reses autorizadas, alterando injustificadamente y sin previo aviso la composición del mismo. A este respecto, de las reses autorizadas sólo se lidiaron el toro de nombre «Sacador¯, con núm. 60 y guarismo 8 de la ganadería de Manuel A. Millares, y el toro de nombre «Educado¯, con núm. 42 y guarismo 7 de la ganadería Martín Lorca.

Infracción: Arts. 32 y 33.3 en relación con el art. 28 del Reglamento de Espectáculos Taurinos, aprobado por el Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero.

Tipificación: Art. 15.h) de la Ley 10/1991, de 4 de abril.

Sanción propuesta: De acuerdo con el art. 18 de la citada Ley, las infracciones calificadas como graves serán sancionadas con multa comprendida entre 25.000 a 10.000.000 de ptas.

Huelva, 17 de octubre de 2001.- El Delegado, Juan Ceada Infantes.

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