Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 27 de 06/03/2001

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Otros. AYUNTAMIENTO DE QUESADA

ANUNCIO sobre creación de un Registro Municipal de Uniones Civiles. (PP. 239/2001).

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DECRETO DE LA ALCALDIA

En cumplimiento del Acuerdo Plenario celebrado el día 20 de diciembre de 2000, sobre creación de un Registro Municipal de Uniones Civiles, vengo a disponer:

1. Se crea en el Ayuntamiento de Quesada el Registro Municipal de Uniones Civiles, que tendrá carácter administrativo y se regirá por el presente Decreto y demás disposiciones que puedan dictarse en su desarrollo.

2. En el Registro Municipal de Uniones Civiles se inscribirán las declaraciones de constitución de uniones no matrimoniales de convivencia entre parejas, del mismo o distinto sexo, así como las declaraciones de terminación de dicha unión, cualquiera que sea la causa.

3. También se podrán inscribir, mediante transcripción literal, los contratos reguladores de las relaciones personales y patrimoniales entre los miembros de esas uniones.

4. Así mismo, podrán inscribirse otros hechos o circunstancias relevantes que afecten a la unión extramarital.

5. Las inscripciones que puedan practicarse en el Registro Municipal de Uniones Civiles lo serán a instancia conjunta de los dos miembros de la unión no matrimonial, que deberán ser mayores de edad o menores emancipados, no pudiendo estar declarados como incapaces ni ser entre sí parientes por consanguinidad o adopción en línea recta o por consanguinidad en segundo grado colateral. Al menos uno de los miembros de la unión deberá estar empadronado en el municipio de Quesada.

Solamente las inscripciones que hagan referencia a la extinción de la unión civil podrán efectuarse a instancia de uno de sus miembros.

6. La publicidad del Registro Municipal de Uniones Civiles quedará limitada exclusivamente a la expedición de certificaciones de sus asientos a instancia de cualquiera de los miembros de la unión interesada, o de los Jueces y Tribunales de Justicia.

7. En el Ayuntamiento de Quesada, todas las uniones no matrimoniales de convivencia inscritas en el Registro Municipal de Uniones Civiles tendrán la misma consideración jurídica y administrativa que las uniones matrimoniales.

8. El Registro Municipal de Uniones Civiles estará a cargo de la Secretaría General del Ayuntamiento, que abrirá un Libro de Registro, debidamente sellado y numerado, de las inscripciones que se practiquen, y las certificaciones que se expidan serán totalmente gratuitas.

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, procediéndose también a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Quesada, 26 de enero de 2001.- El Alcalde, Manuel Vallejo Laso.

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