Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 07/04/2001

1. Disposiciones generales

Consejería de Justicia y Administración Pública

DECRETO 92/2001, de 3 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente a 2001.

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El régimen de la Oferta de Empleo Público en la Administración de la Junta de Andalucía para el año 2001 viene determinado por el artículo 35 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, en la nueva redacción dada por el artículo 37 de la Ley 17/1999, de 28 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas.

De conformidad con lo establecido en la citada norma, el presente Decreto avanza en la línea de recoger en una oferta conjunta las correspondientes a los diversos sectores que componen la Administración de la Junta de Andalucía, para lo cual en este año se incluye la del Cuerpo de Maestros de la Administración Educativa y la del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias que, aun siendo un Cuerpo de la Administración General, desempeña sus funciones en el ámbito sanitario.

En relación a la Administración General, si la anterior Oferta para 1999 tuvo en cuenta principalmente los Acuerdos suscritos, en el ámbito de la Administración General de la Junta de Andalucía, con las Organizaciones Sindicales UGT y CC.OO. sobre reducción de la jornada de trabajo a 35 horas como medida de creación de empleo, la que ahora se aprueba contempla necesidades adicionales puestas de manifiesto por dichos Acuerdos y por la conveniencia de incorporar a la Administración profesionales con conocimientos en nuevas tecnologías, razón por la cual las opciones relacionadas con las mismas contemplan un número elevado de plazas.

En la Oferta para el presente año no se incluyen plazas de personal laboral, ya que el proceso derivado de la Oferta anterior aún no ha finalizado, por lo que la determinación de necesidades, si las hubiera, no puede llevarse a cabo en este momento, sino al final del mismo.

Por otra parte, se ofertan, como viene siendo habitual, plazas para la promoción interna del personal funcionario, ya que se sigue considerando este procedimiento como uno de los más idóneos para la cobertura de necesidades en los distintos Cuerpos, especialidades y opciones.

En la Administración Educativa, el conocimiento del estado actual del sistema educativo, el estudio de su proceso evolutivo para seguir la necesaria adaptación al modelo previsto en la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo y la planificación de las etapas en que este proceso debe realizarse, así como las necesidades en orden a la mejora de la calidad de la enseñanza, hacen aconsejable la convocatoria de plazas en el Cuerpo de Maestros que permita adecuar las plantillas actuales.

Asimismo, el Real Decreto 850/1993, de 4 de junio, sobre ingreso y adquisición de especialidades en los Cuerpos a que se refiere la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, prevé la posibilidad de que las Administraciones Educativas realicen convocatorias para que los funcionarios docentes que dependan directamente de las mismas puedan adquirir nuevas especialidades.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en los artículos

4.2.f) y 35 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Justicia y Administración Pública, con el informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 3 de abril de 2001,

D I S P O N G O

Artículo 1. Aprobación de la Oferta de Empleo Público.

Se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente a 2001 en los términos que se establecen en el presente Decreto.

Artículo 2. Cuantificación y distribución de la Oferta de Empleo Público.

En la Oferta de Empleo Público se incluyen necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, de acuerdo con la distribución, por Cuerpos y especialidades u opciones de acceso del personal funcionario. En el Anexo I se establecen las plazas correspondientes a los Cuerpos y

especialidades de la Administración General, y en el Anexo II, las correspondientes al Cuerpo de Maestros de la Administración Educativa.

Artículo 3. Ingreso en Cuerpos y Especialidades de la

Administración General.

1. Las respectivas convocatorias determinarán las titulaciones requeridas para las opciones de acceso que figuran en el Anexo I de este Decreto.

2. Del total de plazas que se ofertan se reservará un 4% para su cobertura por quienes tengan la condición legal de personas con minusvalía. La opción a estas plazas habrá de formularse en la solicitud de participación en las correspondientes

convocatorias, con declaración expresa de los interesados de reunir las condiciones exigidas al respecto, que se

acreditarán, en su caso, mediante informe vinculante expedido por los órganos técnicos competentes de las Administraciones Públicas, que deberá ser emitido con anterioridad a la

iniciación de las pruebas selectivas.

Las plazas del cupo de reserva que no resulten cubiertas podrán acumularse a las ofertadas por el sistema de acceso libre.

3. A los funcionarios de nuevo ingreso se les ofertarán con carácter definitivo puestos de trabajo de nivel básico. Asimismo, podrán ofertárseles puestos de trabajo no

correspondientes a dicho nivel, en cuyo caso serán ocupados con carácter provisional y deberán figurar necesariamente en la siguiente convocatoria de concurso de provisión interna.

Artículo 4. Promoción interna en la Administración General.

1. La promoción interna se llevará a cabo en convocatorias independientes de las de acceso libre en los términos

establecidos en las mismas.

2. Las plazas que se ofertan distribuidas por Cuerpos y especialidades u opciones de acceso son las siguientes: Al Cuerpo Superior de Administradores, Especialidad

Administradores Generales: 35; Especialidad Administradores de Gestión Financiera: 10. Al Cuerpo Superior Facultativo, Opción de acceso Arquitectura: 5; Opción de acceso Ingeniería de Montes: 5; Opción de acceso Informática: 5. Al Cuerpo de Gestión Administrativa, Especialidad Administración General:

50; Especialidad Gestión Financiera: 10. Al Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, Opción de acceso Informática: 5. Al Cuerpo General de Administrativos: 100. Al Cuerpo de Ayudantes Técnicos, Opción de acceso Informática: 25; Opción de acceso Medio Ambiente: 250.

3. Las plazas ofertadas que no se cubran por el sistema de promoción interna podrán acumularse a las ofertadas en las convocatorias de acceso libre. Dicha acumulación se acordará, en su caso, por la Consejera de Justicia y Administración Pública, a propuesta del Director General de la Función Pública, y sólo podrá realizarse con anterioridad a la

celebración del último ejercicio de las correspondientes pruebas selectivas.

Artículo 5. Ingreso en el Cuerpo de Maestros de la

Administración Educativa.

1. La convocatoria para cubrir las plazas del Cuerpo de Maestros se efectuará por Orden de la Consejera de Educación y Ciencia.

2. Del total de plazas que se ofertan se reservará como mínimo un 3% para su cobertura por quienes tengan la condición legal de personas con minusvalía de grado igual o superior al 33%.

Las plazas reservadas a las personas con minusvalías que no resulten cubiertas por las mismas se acumularán a las ofertadas en el turno libre.

Disposición adicional única. Adquisición de nuevas

especialidades por los funcionarios docentes.

La Consejería de Educación y Ciencia llevará a cabo las convocatorias para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía de acuerdo con la normativa de aplicación.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Habilitación para desarrollo y aplicación.

Se autoriza a los titulares de las Consejerías de Justicia y Administración Pública y de Educación y Ciencia para dictar, en los ámbitos de sus respectivas competencias, las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo y aplicación del presente Decreto.

Segunda. Vigencia.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de abril de 2001

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Justicia y Administración Pública

OFERTA DE EMPLEO PUBLICO 2001

ANEXO I

ADMINISTRACION GENERAL

PERSONAL FUNCIONARIO

Acceso libre

A.1. CUERPO SUPERIOR DE ADMINISTRADORES

A.1.1. Esp. Administradores Generales 50

A.1.2. Esp. Administradores de Gestión Financiera 20

A.2. CUERPO SUPERIOR FACULTATIVO

Opciones de acceso:

Archivística 5

Arquitectura 10

Biblioteconomía 10

Conservación de Museos 5

Estadística 10

Informática 30

Ingeniería Agrónoma 10

Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos 5

Ingeniería de Minas 10

Ingeniería de Montes 10

Ingeniería de Telecomunicación 5

Ingeniería Industrial 20

Veterinaria 10

Letrados de Administración Sanitaria 5

A.3. CUERPO DE LETRADOS 10

A.4. CUERPO SUPERIOR FACULTATIVO

DE INSTITUCIONES SANITARIAS

A.4.1. Especialidad Farmacia 150

A.4.2. Especialidad Veterinaria 418

Total Grupo A:

B.1. CUERPO DE GESTION ADMINISTRATIVA

B.1.1. Especialidad Administración General 20

B.1.2. Especialidad Gestión Financiera 15

B.2. CUERPO DE TECNICOS DE GRADO MEDIO

Opciones de acceso:

Arquitectura Técnica 20

Biblioteconomía 10

Estadística 5

Informática 40

Ingeniería Técnica Agrícola 10

Ingeniería Técnica de Obras Públicas 10

Ingeniería Técnica Forestal 10

Ingeniería Técnica Industrial 5

Trabajo Social 15

Total Grupo B:

C.1. CUERPO GENERAL DE ADMINISTRATIVOS 25

C.2. CUERPO DE AYUDANTES TECNICOS

Opciones de acceso:

Informática 50

Medio Ambiente 30

Total Grupo C: 105

D.1. CUERPO DE AUXILIARES ADMINISTRATIVOS 280

D.2. CUERPO DE AUXILIARES TECNICOS

Opciones de acceso:

Informática 30

Total Grupo D:

Total personal funcionario: 1.368

Total Administración General: 1.368

ANEXO II

ADMINISTRACION EDUCATIVA

CUERPO DE MAESTROS

Especialidades:

Educación Infantil 100

Educación Especial: Pedagogía Terapéutica 50

Educación Especial: Audición y Lenguaje 50

Música 250

Educación Física 250

Total Administración Educativa: 700