Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 43 de 14/04/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 26 de marzo de 2001, del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delegan competencias en el Director Gerente del Hospital de Jerez (Cádiz) para la enajenación de los bienes muebles que se citan.

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La Dirección del Hospital de Jerez solicita delegación de competencia para proceder a la elaboración de expediente administrativo para la enajenación de bienes muebles.

En la Memoria Justificativa que se acompaña consta que la enajenación que se pretende es de una maquinaria que va a ser sustituida de la Central Térmica, Frigorífica y de Climatización del Centro dado que la empresa adjudicataria del mantenimiento de la misma ofertó como mejora la sustitución de dicha maquinaria. Maquinaria, según se recoge en la Memoria, obsoleta y desgastada, siendo su único destino el desguace y conversión en chatarra que, por motivos de medio ambiente, no es susceptible de utilizar, y cuyo almacenamiento, por otra parte, provoca problemas de espacio.

La referida maquinaria consta detallada en una relación pormenorizada, que se aporta, de todo el material que la forma con indicación de los precios unitarios, objeto de enajenación, y cuyo valor de tasación total asciende a 425.250 pesetas.

Considerando lo expuesto, y dado que la enajenación del material que figura en la relación remitida no supera el límite económico establecido en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de

9 de febrero de 1999, por el que se autoriza, como procedimiento general, la enajenación directa de bienes cuyo valor unitario sea inferior a un millón de pesetas, es por lo que se estima justificada la autorización solicitada.

En base a lo expuesto, y de conformidad con el artículo 90 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma (modificada por la Ley 2/90, de 2 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para 1990), así como el artículo 205 del Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de dicha Ley, que establece: «En caso de bienes muebles, las Entidades Públicas dependientes de la Comunidad Autónoma serán competentes para enajenar bienes directamente, siempre que su valor no exceda de cincuenta millones de pesetas¯, en concordancia con el artículo de la Ley 2/98 de Salud de Andalucía, de 15 de junio, que atribuye al Director Gerente del Organismo la representación legal del mismo, y el artículo 11 del Decreto 245/2000, de 31 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 13.1 de la Ley 4/99 de modificación de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común,

R E S U E L V O

Delegar en la Dirección Gerencia del Hospital de Jerez (Cádiz) competencia para la enajenación directa de los bienes muebles relacionados e incluidos en el presente expediente, correspondientes a la Central Térmica, Frigorífica y de Climatización del citado Hospital.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 204.2 del Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma, se dará cuenta de la tramitación seguida a la Dirección General de Patrimonio para la debida toma de razón en el Inventario.

La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 26 de marzo de 2001.- El Director Gerente, Juan Carlos Castro Alvarez.