Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 78 de 10/07/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 20 de junio de 2001, de la Delegación del Gobierno de Cádiz, por la que se conceden subvenciones con cargo a la Orden que se cita.

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A N T E C E D E N T E S

De conformidad con la Orden de la Consejería de Gobernación, de 29 de diciembre de 2000, por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones a Entidades Locales, para la mejora de su infraestructura en el ejercicio 2001, las entidades que se relacionan en el Anexo presentan ante esta Delegación del Gobierno, dentro del plazo establecido, las solicitudes de subvención por los importes y para las finalidades que en cada caso se indican, acompañadas de la documentación exigida en el artículo 8 de la Orden.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Primero: El artículo 3 de la Orden dispone que serán subvencionables las actuaciones tendentes a mejorar la infraestructura local, incluida la adquisición de los bienes inmuebles que sean precisos para ello, así como el mobiliario y/o enseres de aquellas entidades públicas cuyas carencias impidan o dificulten la adecuada prestación de los servicios que legalmente tienen atribuidos, y preferentemente, las relativas a equipamiento y obras de primer establecimiento, reforma, reparación y conservación de Casas Consistoriales, dependencias municipales o edificios destinados a la prestación de servicios públicos de las entidades locales y entidades públicas de carácter supramunicipal, y adquisición de bienes inventariables.

Segundo: El artículo 5 dispone que las subvenciones concedidas se financiarán con cargo a los créditos consignados en los conceptos presupuestarios 765.00.81A y 766.00.81A.

Tercero: El artículo 10 delega la competencia para resolver las subvenciones cuya cuantía no exceda de 4.000.000 de ptas. (24.040,45 euros), en los Delegados del Gobierno de la Junta de Andalucía.

Evaluados los expedientes y vistas las disposiciones citadas y demás de general aplicación:

R E S U E L V O

Primero: Conceder al Ayuntamiento de Jimena de la Frontera una subvención por importe de 2.500.000 ptas. para adquisición de mobiliario urbano y alumbrado.

Segundo: Las actuaciones subvencionadas deberán ejecutarse durante el ejercicio presupuestario 2001.

Tercero: Procederá el reintegro de las cantidades percibidas en todos y cada uno de los supuestos establecidos en el art. 112 de la Ley General de la Hacienda Publica de Andalucía, con las consecuencias, en cuanto a la exigencia o no de interés de demora, que para cada uno de ellos establece el citado precepto legal.

De acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante esta Delegación del Gobierno, o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en la forma y plazos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.

Cádiz, 20 de junio de 2001.- El Delegado, José Antonio Gómez Periñán.

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