Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 92 de 11/8/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 4 de julio de 2001, de la Viceconsejería por la que se aprueba el deslinde total de la vía pecuaria Colada que empieza en la Motilla del Basinete, en el término municipal de Medina Sidonia, provincia de Cádiz (VP 037/01).

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Examinado el expediente de deslinde total de la vía pecuaria «Colada que empieza en la Motilla del Basinete¯, sita en el término municipal de Medina Sidonia, en la provincia de Cádiz, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Cádiz, se ponen de manifiesto los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria antes citada, a su paso por el término municipal de Medina Sidonia, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 16 de mayo de 1941, con una anchura de

33,436 metros y una longitud aproximada de 7.500 metros.

Segundo. El deslinde se inicia a propuesta de la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Cádiz, y en el marco del convenio suscrito entre la Consejería de Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Medina Sidonia, por Resolución del Viceconsejero de Medio Ambiente de fecha de 5 de abril de 1999.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se realizaron los días 13 y 14 de septiembre de 1999, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, y publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 187, de 13 de agosto de 1999.

Cuarto. Redactada la proposición de deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm.

108, de 12 de mayo de 2000.

A dicha proposición de deslinde no se han presentado alegaciones.

Quinto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, con fecha 30 de marzo de 2001, emitió el preceptivo informe.

A la vista de tales antecedentes, son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la Resolución del presente procedimiento de deslinde en virtud de lo establecido en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto

179/2000, de 23 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Medio Ambiente.

No obstante, mediante Orden de la Consejera de Medio Ambiente de fecha 11 de junio de 2001, se atribuye el ejercicio de la suplencia del titular de la Secretaría General Técnica, hasta tanto se proceda al nombramiento del titular de dicho órgano, a la Viceconsejera de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente procedimiento administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias; el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. La vía pecuaria denominada «Colada que empieza en la Motilla del Basinete¯ fue clasificada por Orden Ministerial de

16 de mayo de 1941, siendo esta clasificación conforme al artículo 7 de la Ley de Vías Pecuarias y el artículo 12 del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía, respectivamente, «el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás

características físicas generales de cada vía pecuaria¯, debiendo, por tanto, el Deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de clasificación.

Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la clasificación aprobada por Orden Ministerial ya citada, ajustado en todo momento al procedimiento legalmente

establecido en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y en el Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable.

Vistos la propuesta de deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Cádiz con fecha 15 de enero de 2001, y el informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía,

R E S U E L V O

Aprobar el deslinde total de la vía pecuaria «Colada que empieza en la Motilla del Basinete¯, sita en el término municipal de Medina Sidonia, en la provincia de Cádiz, a tenor de la descripción que sigue, y en función a las coordenadas que se anexan a la presente Resolución.

Longitud deslindada: 7.029 metros.

Anchura: 33,436 metros.

Superficie de la vía pecuaria deslindada: 231.500 metros cuadrados.

Descripción: Finca rústica, en el término municipal de Medina Sidonia, provincia de Cádiz, de forma alargada, con una anchura de 33,346 metros y una longitud de 7.029 metros, que en adelante se conocerá como «Colada que empieza en la Motilla del Basinete¯. Linda al Norte con la Cañada de la Jaula, al Oeste con finca propiedad de Fogaci, al Este con fincas propiedad de doña María Duarte Estudillo, Fogaci, Sebastián Ruiz Cruz y Fogaci, y al Sur con la línea de término de Los Barrios.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 4 de julio de 2001.- La Viceconsejera, Isabel Mateos Guilarte.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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