Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 139 de 28/11/2002

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Salud

RESOLUCION de 14 de noviembre de 2002, del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos en las pruebas selectivas de las categorías de Albañil, Calefactor, Carpintero, Electricista, Fontanero, Fotógrafo, Jardinero, Mecánico, Monitor, Peluquero, Pintor y Peón convocadas por las Resoluciones que se citan, se anuncia la publicación de las mismas en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud y de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud, y se aprueba la composición de los Tribunales que deben evaluar dichas pruebas.

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De conformidad con lo establecido en las Bases 2.8.1 y

2.8.2 de los Anexos I de las Resoluciones de 23 de mayo de 2002 (BOJA núm. 74, de 25 de junio), por las que se convocan procesos extraordinarios de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de determinadas categorías de personal no sanitario de los Grupo C y D dependientes del Servicio Andaluz de Salud, y en uso de las atribuciones que tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto

136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, de 14 de julio), por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud y en el Decreto

245/2000, de 31 de mayo (BOJA núm. 65, de 6 de junio), de Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección General

HA RESUELTO

Primero. Aprobar las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos en las pruebas selectivas de las categorías de Albañil, Calefactor, Carpintero, Electricista, Fontanero, Fotógrafo, Jardinero, Mecánico, Monitor, Peluquero, Pintor y Peón convocadas por las Resoluciones de 23 de mayo de

2002, con expresión, en su caso, de las causas de exclusión.

Segundo. Publicar, como Anexo I a la presente Resolución, la relación de causas de exclusión.

Tercero. Anunciar que las citadas listas provisionales de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas se encontrarán expuestas al público en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud y de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud, a partir del mismo día de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Anunciar que la fase de oposición, consistente en la realización de un ejercicio de respuestas alternativas conforme a lo previsto en las bases de la convocatoria, se celebrará en Sevilla.

Quinto. Designar a los miembros de los Tribunales Calificadores que deberán evaluar las pruebas selectivas y que se relacionan en el Anexo II.

Sexto. Los aspirantes disponen de un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para formular alegaciones contra la misma.

Sevilla, 14 de noviembre de 2002.- El Director General de Personal y Servicios, Rafael Burgos Rodríguez.

ANEXO I

CAUSAS DE EXCLUSION

01 Presentación fuera de plazo, falta de sello o fecha de registro oficial

02 No manifiesta estar en posesión de alguna de las nacionalidades exigidas en la convocatoria

03 No manifiesta estar en posesión de título exigido en la convocatoria, o en condiciones de obtenerlo

04 No firmar la solicitud

05 No acreditar el ingreso de la tasa correspondiente

06 Acreditar el ingreso de la tasa por un importe inferior al correspondiente

07 No acreditar mediante certificación del Inem la condición de ser demandante de empleo durante el mes

anterior a la fecha de la convocatoria

08 No acreditar, mediante certificación del Inem, no haber rechazado, en el mes anterior a la convocatoria,

oferta de empleo adecuado ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,

formación o reconversión.

09 No justificar carecer de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional

10 No acreditar, mediante certificación oficial en vigor, un grado de discapacidad igual o superior al 33%

12 No manifestar número de DNI o pasaporte

13 No manifestar tener la edad exigida en la

convocatoria

14 No manifestar la categoría o, en su caso, especialidada la que se concursa

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