Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 149 de 19/12/2002

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 2 de diciembre de 2002, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo núm. P.O. 30/1999 y de la sentencia dictada en el recurso de apelación núm. 161/2001.

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En el recurso contencioso-administrativo número P.O.

30/1999, interpuesto por Fracosa 95, S.L., contra Resolución de fecha 9 de febrero de 1999 de la Consejería de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, desestimatoria del recurso ordinario interpuesto contra la resolución de la Delegación Provincial de Granada de 9 de junio de 1998, por la que se otorga el permiso de investigación Los Blanquizares II, núm.

30.397, de la Sección C), se ha dictado sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos, de Granada, con fecha 25 de septiembre de 2000, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«F A L L O

1.º Declarar la inadmisibilidad parcial del recurso contencioso-administrativo interpuesto por Fracosa 95, S.L., contra la Resolución de la Consejería de Trabajo e Industria de

9 de febrero de 1999, en el extremo relativo a la pretensión sobre ubicación de la cantera Atalaya I.

2.º Estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Fracosa 95, S.L.

3.º Anular la Resolución de la Consejería de Trabajo e Industria de 9 de febrero de 1999, en el extremo relativo a que en el plano de demarcación del permiso de investigación concedido a Fracosa 95, S.L., haya de considerarse como existente el derecho minero de la Sección A) relativo a la cantera Atalaya I, del que aparece como titular la codemandada Construcciones y Asfaltos, S.L., al ser nula la autorización de la transmisión efectuada en su favor.

4.º No hacer expresa condena en costas.¯

En el recurso de apelación núm. 161/2001, tramitado ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, se ha dictado Sentencia con fecha 18 de noviembre de 2002, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Fallo: Estimando en parte el recurso de apelación interpuesto por la entidad Construcciones Obras y Asfaltos, S.L., contra la sentencia de 20 de septiembre de 2000 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de los de esta ciudad, confirma en parte la sentencia de instancia, en cuanto determinó la inadmisibilidad parcial del recurso contencioso-administrativo interpuesto, así como la declaración de nulidad de la Resolución de la Consejería de Trabajo e Industria de 9 de febrero de 1999, en el extremo relativo a que en el plano de demarcación del permiso de investigación concedido a Fracosa 95, S.L., haya de considerarse como existente el derecho minero de la Sección A) relativo a la cantera Atalaya I; sin costas.¯

En virtud de lo establecido en el artículo 3.º 5.ª de la Orden de 3 de octubre de 2000, de delegación de competencias y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.

Sevilla, 2 de diciembre de 2002.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.

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