Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 80 de 09/07/2002

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE ALHAURIN DE LA TORRE

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Primera. Objeto de la convocatoria.

El objeto de la convocatoria es cubrir en propiedad una plaza de Arquitecto vacante en la plantilla de funcionarios, de la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Grupo A, incluida en la Oferta de Empleo Público de 2001, mediante concurso libre.

El Tribunal responsable de la selección no podrá proponer para su nombramiento a más de un aspirante.

Segunda. Requisitos de los aspirantes.

Para optar a la plaza se exigirá:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de 65 años.

c) Estar en posesión del título de Arquitecto Superior.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal cumplimiento de las funciones de la plaza.

e) No haber sido separado del servicio de las Administraciones Públicas, ni estar inhabilitado para el desempeño de puestos en las mismas.

f) Todos los anteriores requisitos deberán reunirse en el momento de finalizar el plazo de admisión de solicitudes y mantenerse durante el proceso selectivo.

Tercera. Presentación de solicitudes.

Las instancias deberán dirigirlas los aspirantes al Sr. Alcalde, haciendo constar que reúnen todos los requisitos en la convocatoria, y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, o, a través de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

A la instancia se deberán unir fotocopia del DNI, resguardo del pago de los derechos de examen, que ascienden a 18,03 euros y la documentación, compulsada por el Secretario del Ayuntamiento, de los requisitos alegados.

Cuarta. Admisión de aspirantes.

La Comisión de Gobierno aprobará las listas provisionales de admitidos y excluidos, con indicación en este caso de las causas, y se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios. En el mismo anuncio se publicará la composición del Tribunal.

Los interesados pueden presentar reclamaciones para subsanar los defectos de las solicitudes o presentar recusación contra los miembros del Tribunal en el plazo de diez días. Finalizado el plazo anterior la Comisión de Gobierno aprobará las listas definitivas de aspirantes y determinará el lugar y fecha del comienzo de las pruebas selectivas, publicándolo en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios.

Quinta. Pruebas selectivas.

La convocatoria se resolverá mediante concurso libre y su duración no debe exceder de seis meses. Se justifica la utilización del concurso por tratarse de una plaza singular y muy específica, dadas sus funciones.

El baremo que regirá el concurso es el siguiente:

BAREMO

Formación.

1. Se valorará en este apartado la asistencia a cursos, seminarios o jornadas siempre que su contenido tenga relación con las funciones atribuidas a la plaza de Arquitecto,

impartidas por Organismos Públicos y Oficiales o Profesionales, valorándose a razón de 0,015 puntos por hora lectiva y, de no constar las horas, a razón de 0,050 puntos por día.

2. Se valorará en este apartado la dirección de cursos y la presentación de ponencias en circunstancias similares a las señaladas en el apartado anterior, a razón de 0,75 puntos por cada curso o ponencia.

La puntuación máxima a obtener por aplicación de los dos apartados anteriores será de 8 puntos.

Experiencia profesional.

1. Por cada mes de servicios prestados a la Administración Local en puesto de Arquitecto, se valorará a razón de 0,1 puntos por cada mes o fracción de 15 días.

2. Por la redacción de Proyectos de Edificación de iniciativa particular, individualmente o en colaboración con otros Técnicos, se valorará a razón de 0,01 puntos por cada 60.000 euros de presupuesto de ejecución material.

3. Por la redacción de Proyectos de Edificación y Obras de iniciativa pública, individualmente, o en colaboración con otros profesionales, se valorará a razón de 0,02 puntos por cada 60.000 euros de presupuesto de ejecución material.

4. Por cada trabajo profesional de Urbanismo realizado a promotores privados individualmente o en colaboración con otros profesionales (Planes de Ordenación, Proyectos de Urbanización, Estudios de Detalle, etc.). Se valorará a razón de 0,20 puntos por cada uno.

5. Si los trabajos profesionales enumerados en el anterior apartado se ha realizado para las Administraciones Públicas, se valorarán a razón de 0,25 puntos cada uno.

La puntuación máxima a obtener por aplicación de los cinco apartados anteriores será de 28 puntos.

Entrevista curricular. El Tribunal podrá celebrar una

entrevista con los concursantes que hayan obtenido una

puntuación superior a 25 puntos, durante quince minutos, pudiendo otorgar hasta 5 puntos en función de otros méritos no comprendidos en el anterior baremo o por la especialización que en las funciones de Arquitecto acrediten.

Sexta. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador será designado por la Comisión de Gobierno y tendrá la siguiente composición:

Presidente: El de la Corporación o Concejal en quien delegue. Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz y sin voto.

Vocales:

- Un representante de la Junta de Andalucía.

- Un Concejal o funcionario designado por la Comisión de Gobierno.

- Un representante del sindicato más representativo.

- Un Arquitecto designado por la Comisión de Gobierno.

Por cada titular se designará un suplente y todos los

miembros deberán tener titulación igual o superior a la exigida a los aspirantes, siendo necesario para la constitución del Tribunal y la celebración de las pruebas que asistan como mínimo la mitad más uno de los miembros, titulares o suplentes.

El Tribunal podrá incorporar a sus trabajos asesores o

especialistas, con voz y sin voto.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la citada Ley 30/92.

El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar las medidas necesarias para la buena marcha de las pruebas selectivas, y será retribuido conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 236/88, de 4 de marzo.

Séptima. Desarrollo de las pruebas.

El Tribunal se constituirá en el lugar y hora fijadas por la Comisión de Gobierno para valorar los méritos alegados por los aspirantes, procediendo a formular la relación de aspirantes y la puntuación obtenida por cada uno de ellos, que será

publicada en el tablón de anuncios, pudiendo los interesados presentar reclamaciones contra la puntuación que el Tribunal les ha asignado, en el plazo de cinco días.

El Tribunal volverá a reunirse para proceder a celebrar la entrevista con los aspirantes que hayan obtenido la puntuación suficiente, según se dispone en la base quinta, comenzándose por el apellido S y terminadas las entrevistas, el Tribunal procederá a publicar la relación de puntuaciones obtenidas por los aspirantes en el tablón de anuncios proponiendo al

aspirante que mayor puntuación haya obtenido en la misma con la suma de los méritos y la puntuación obtenida en la entrevista, para ocupar la plaza objeto de esta convocatoria.

Octava. Presentación de documentos.

El concursante propuesto, que será el que ha obtenido la mayor puntuación final, deberá presentar en el Ayuntamiento en el plazo de veinte días naturales contados a partir de la

publicación de la puntuación en el tablón de anuncios, la documentación acreditando reunir las condiciones exigidas por estas bases, y si no lo hicieran, salvo caso de fuerza mayor debidamente acreditada, decaerá en sus derechos.

Novena. Nombramiento y toma de posesión.

La Comisión de Gobierno, a la vista de la propuesta elevada por el Tribunal, procederá al nombramiento del aspirante propuesto, el cual, una vez presentada la documentación a que se hace referencia en la base anterior, tomará posesión de la plaza de Arquitecto.

Norma final. La convocatoria, sus bases y cuantos actos se deriven de ellas, agotan la vía administrativa y podrán ser impugnadas por los interesados en los supuestos y en la forma y plazos establecidos por la Ley 30/1992, antes citada.

Alhaurín de la Torre, 24 de abril de 2002.- La Concejala Delegada de Personal, Catalina Fernández Jiménez.

Descargar PDF