Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 17/01/2003

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

1.º Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, por el procedimiento de Concurso-Oposición, de una plaza de Licenciado en Historia, vacante en la plantilla de funcionarios de la Fundación de Cultura José Luis Cano, y que figura en el Anexo que acompaña a estas bases.

La plaza objeto de esta convocatoria está dotada económicamente con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo de clasificación en que se incluye, según determina el art. 25 de la Ley 30/84, de 2 de agosto.

2.º Normas generales.

La plaza que se convoca se ajustará a lo establecido en la Ley

7/1985, de 2 de abril; en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; Ley

30/1984, de 2 de agosto; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de funcionarios de Administración Local; Real Decreto 364/1995, de

10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y por cualquiera otras disposiciones aplicables.

3.º Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los solicitantes deberán reunir, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:

a) Ser ciudadano español, de acuerdo con las Leyes vigentes o tener la nacionalidad de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en conformidad con la Ley 17/1993.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no exceder de aquélla en que falten menos de 10 años para la jubilación forzosa por razón de edad.

c) Estar en posesión del título académico correspondiente, según se fija en el Anexo de estas bases.

d) No haber sido separado del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, mediante expediente disciplinario, o hallarse inhabilitado o incapacitado para el ejercicio de funciones públicas.

e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

4.º Solicitudes.

Quienes deseen tomar parte en la selección deberán hacerlo constar en instancia con los requisitos del art. 18.2 del R.D.

364/1995, de 10 de marzo, debiendo constar en la misma la denominación de la vacante, el sistema selectivo exigido y la denominación expresa de que reúne todos y cada uno de los requisitos de la convocatoria.

Las solicitudes se dirigirán a Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Algeciras, y se entregarán en el Registro General de Entrada o en cualquiera de las formas contempladas en el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Los derechos de examen son de 24,04 euros, a excepción de las personas afectadas por el artículo 18, apartado cinco, de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre. El abono de las respectivas cuantías se efectuará dentro del plazo de presentación de instancias, mediante ingreso en metálico en la Tesorería Municipal, giro postal o telegráfico, dirigido a dicha

dependencia municipal, haciendo constar en este caso, y en la solicitud, el número de libranza del giro, fecha y lugar de la imposición, y que se refiere a la satisfacción de los derechos de examen para la convocatoria de la plaza a la que se

concurra.

Los aspirantes deberán acompañar a la solicitud, para tomar parte en la convocatoria, currículum vitae y los documentos acreditativos de los méritos que aleguen, mediante originales o fotocopias compulsadas de los mismos.

5.º Admisión de candidatos.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde- Presidente dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, en su caso. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín de la Provincia, se indicará la causa de la exclusión, concediéndose un plazo de 10 días para la presentación de reclamaciones y subsanación de errores por los interesados legítimos, de conformidad con lo dispuesto en el art. 71 de la Ley 30/1992.

6. Tribunales.

El Tribunal que calificará las pruebas selectivas estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

Vocales: Un representante de la Junta de Andalucía. Dos Técnicos designados por la Presidencia de la Corporación. Un funcionario nombrado por la Alcaldía-Presidencia a propuesta de la Junta de Personal.

La designación del Tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes.

Podrán asistir a las actuaciones del Tribunal Calificador, en calidad de observadores, un representante de cada uno de los Grupos Políticos con representación municipal.

Los Vocales poseerán igual o superior titulación o

especialización a las exigidas para el acceso a la plaza convocada.

Los miembros del Tribunal deberán de abstenerse de intervenir, y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros titulares o suplentes, indistintamente.

7.º Comienzo y desarrollo de los ejercicios.

En la misma resolución que aprueba las listas de admitidos y excluidos, se indicará composición nominal del Tribunal, y el día de comienzo de las pruebas. Los sucesivos anuncios para la celebración de las restantes pruebas se harán públicos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, con doce horas de

antelación del comienzo de las mismas si se trata del mismo ejercicio, o de cuarenta y ocho horas si se trata de un nuevo ejercicio.

En cualquier momento del proceso selectivo, si los Tribunales tuvieran conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Presidente del Tribunal.

8.º Procedimiento de selección.

El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases, según se especifica en el Anexo.

1. Concurso.

2. Oposición.

1. Concurso.

En la fase de Concurso, se valorarán los siguientes méritos, si bien en ningún caso serán valorados los servicios prestados en puestos de trabajo reservados a personal eventual o de empleo, ni aquellos méritos contraídos con posterioridad al último día de plazo de presentación de solicitudes:

A) Méritos profesionales.

Por cada año completo de servicios prestados en Entidades Locales, otras Administraciones Públicas o empresas privadas en plaza de igual o similar contenido a la que se opta: 0,5 puntos, hasta un máximo de 5 puntos.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

B) Méritos académicos, cursos, publicaciones y valoración de trabajos.

B-1. Por el título de Doctor en Filosofía y Letras o

Historia: 1 punto.

B-2. Por publicaciones de tipo general relacionadas con archivística, Museología, Historia, Arqueología, Geografía o Didáctica de estas mismas disciplinas: 0,1, hasta un máximo de

1 punto.

B-3. Por cursos o seminarios recibidos relacionados con las materias citadas en los apartados B-1 y B-2, por cada 30 horas:

0,05, hasta un máximo de 0,5 puntos.

B-4. Por cursos o seminarios impartidos como Ponente en las materias antes citadas: 0,1 punto, hasta un máximo de 1 punto. B-5. Por dirección o co-dirección de excavaciones

arqueológicas: 0,05, hasta un máximo de 0,5 puntos.

El límite de puntos a obtener por los méritos alegados en este apartado se establece en 4 puntos.

C) Entrevista Personal. El Tribunal entrevistará a los

aspirantes, dialogando con los mismos sobre las tareas propias de este puesto de trabajo. Valorándose por el Tribunal con un máximo de 1 punto.

En ningún caso la puntuación obtenida en el Concurso podrá exceder de 10 puntos.

2. Fase de Oposición.

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar, por escrito, durante un período máximo de dos horas, dos temas de carácter general, determinados por el Tribunal inmediatamente antes de celebrarse el ejercicio y relacionado con el programa, aunque no se atenga a epígrafe concreto del mismo.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de un supuesto práctico que planteará el Tribunal inmediatamente antes de su comienzo, disponiendo los aspirantes de un tiempo máximo de dos horas para su realización.

9.º Acreditación de los méritos alegados.

1.º Profesionales.

1.a) En la Administración: Certificación expedida por el Organo de la Administración con competencia en materia de personal, donde constará la denominación de la plaza que ocupa o haya ocupado, con expresión del tiempo que la haya venido desempeñando y relación jurídica que haya mantenido o mantenga en el desempeño del mismo.

1.b) Fuera del ámbito de la Administración Pública, mediante el contrato de trabajo y certificación de la empresa

correspondiente.

2.º Cursos, publicaciones y valoración de trabajos.

Con certificado, diploma de asistencia u original de la publicación.

3.º Académicos.

Las titulaciones académicas se justificarán con el

correspondiente título o resguardo de solicitud del mismo. Los méritos alegados y no justificados con la documentación determinada en este apartado no se valorarán.

10.º Sistema de calificación.

1.º Fase de Concurso.

Los méritos alegados por los aspirantes serán valorados por el Tribunal conforme al baremo establecido en la base 8.ª, Apartado 1, obteniéndose la media aritmética de las

puntuaciones otorgadas por los miembros del Tribunal.

2.º Fase de Oposición.

Los miembros del Tribunal para las plazas cuyo sistema sea el Concurso-Oposición puntuarán cada ejercicio de la fase de Oposición con un máximo de 10 puntos.

La puntuación de cada aspirante en los diferentes ejercicios será la media aritmética de las calificaciones de los miembros del Tribunal, siendo la calificación final la suma de las puntuaciones obtenidas en cada ejercicio. Todos los ejercicios de esta fase serán eliminatorios, siendo necesario para superar cada uno de ellos obtener un mínimo de cinco puntos. La puntuación total de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada ejercicio.

La fase de Concurso, que será previa a la Oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de Oposición. La puntuación definitiva y el orden de calificación estarán determinados por la suma de las puntuaciones obtenidas en las dos fases.

11.º Propuesta de selección.

Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios de la Corporación la relación de aprobados por orden de puntuación, proponiendo para su nombramiento a tantos aspirantes como plazas convocadas, y elevará dicha relación al Organo Municipal competente.

Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo

anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

12.º Presentación de documentos.

Los aspirantes propuestos deberán aportar al Departamento de Personal, de este Excmo. Ayuntamiento, en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios del

Departamento de Personal, sito en C/ San Antonio (Edificio la Escuela), los siguientes documentos acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad y los requisitos exigidos en las convocatorias:

a) Fotocopia compulsada del DNI.

b) Copia autentificada o fotocopia (acompañada de original para su compulsa) del título exigido en la respectiva convocatoria, o justificante de haber abonado los derechos para su

expedición.

c) Certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la función.

d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas.

e) Tres fotografías tamaño carné.

Conforme a lo dispuesto en el art. 23 del R.D. 364/1995, del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, quien dentro del plazo indicado, y salvo caso de fuerza mayor, no presentase su documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia por solicitar la admisión a las pruebas selectivas.

13.º Nombramiento y toma de posesión.

Una vez presentada la documentación, el Organo Municipal competente nombrará como funcionario al candidato seleccionado, debiendo tomar posesión de su cargo en el plazo de treinta días naturales, a contar del siguiente en que se le notifique el nombramiento. Quien sin causa justificada no tomara posesión en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados de las pruebas selectivas y del nombramiento conferido.

14.º Incidencias. El Tribunal Calificador queda facultado para resolver las dudas e incidencias que se presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el correcto desarrollo de los procesos selectivos.

15.º Norma final.

La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos

administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de los Tribunales calificadores podrán ser impugnados por los

interesados en los casos y en la forma establecidos por el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y por el artículo 107 de la Ley/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. En relación con la

posibilidad de interponer recurso contencioso-administrativo, será de aplicación lo dispuesto en los artículos 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

A N E X O

Número de plazas convocadas: Una.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Técnica.

Denominación: Licenciado en Historia.

Grupo: A.

Derechos de examen: 24,04 euros.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Titulación exigida: Licenciado en Historia o equivalente. Fase de concurso: La descrita en la base 8.ª, apartado 1, de las Bases Generales.

Fase de Oposición: La descrita en la base 8ª, apartado 2, de las bases Generales, ateniéndose al siguiente:

P R O G R A M A

1. El concepto de Constitución. La Constitución como norma jurídica. Líneas fundamentales del constitucionalismo español. La Constitución Española de 1978. Estructura.

2. El Estado español como Estado Social y Democrático de derecho.

3. Los valores superiores de la Constitución Española.

4. Los derechos fundamentales. Evolución histórica y

conceptual. Los Derechos fundamentales en la Constitución Española.

5. La participación social en la actividad del Estado.

6. El modelo económico de la Constitución Española. Principios informadores y objetivos específicos.

7. La corona: Atribuciones según la Constitución Española. El poder judicial: Principios informadores y organización

judicial. El Consejo General del Poder Judicial. Organización y competencias.

8. Las Cortes Generales: Composición y funciones. Aspectos Básicos del procedimiento de elaboración y aprobación de leyes. La función parlamentaria de control del Gobierno: Modalidades.

9. Organos dependientes de las Cortes Generales: El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo y otros órganos análogos de las Comunidades Autónomas.

10. El Tribunal Constitucional: Organización y recursos.

11. El Gobierno: Composición y atribuciones. Designación, remoción y responsabilidad del Gobierno y de su Presidente. La Administración Pública: Principios constitucionales

informadores. Tipología de las Administraciones.

12. La Administración del Estado: Organos superiores y órganos periféricos. El delegado del Gobierno. La Administración consultiva. La Administración Institucional.

13. La representación política. El sistema electoral español. Los partidos políticos. La Ley Electoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

14. Organizaciones sindicales y empresariales en España. Evolución histórica y situación actual. Principios

constitucionales informadores.

15. Distribución de competencias entre el Estado y las

Comunidades Autónomas en la Constitución Española y en los Estatutos de Autonomía. El ámbito competencial de la Junta de Andalucía: Especial referencia a las competencias en materia de Régimen Local.

16. Las relaciones entre Administraciones Públicas. Las relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas. El control sobre la actividad de las Comunidades Autónomas. Las relaciones entre las Comunidades Autónomas y la Administración Local.

17. Las Instituciones autonómicas. Previsiones

constitucionales. Las Instituciones autonómicas andaluzas. El Parlamento: Composición, atribuciones y funcionamiento. El Defensor del Pueblo.

18. Las Instituciones autonómicas andaluzas: El Presidente de la Junta de Andalucía. Elección, estatuto personal y

atribuciones. El Consejo de Gobierno: Atribuciones y

composición. Responsabilidad del Gobierno. El Tribunal Superior de Justicia.

19. La Administración Autonómica: Principios informadores y organización. Los Consejeros, Viceconsejeros, Directores Generales y Secretarios Generales Técnicos. La Administración Periférica de la Junta de Andalucía. La Administración

Institucional de la Junta de Andalucía. La Ley de Organización Territorial y la del Gobierno y Administración de la Comunidad Autonómica de Andalucía.

20. Las Organizaciones. Organización formal e informal. Concepto y sistemática de las Organizaciones.

21. Planificación y programación de la actividad

administrativa. Instrumento estadístico. Registro, proceso y acceso a la información. Definición de objetivos y evolución de los recursos.

22. La comunicación en las Organizaciones. Producción y circulación de información en las grandes Organizaciones. Redes de comunicación y de relación.

23. Transformaciones recientes de las Organizaciones

administrativas. Informática y reproducción gráfica como elementos claves en los grupos de información.

24. La dirección de las Organizaciones. Adopción de decisiones. Iniciativas, preparación y formalización de decisiones. Jerarquía, liderazgo y participación.

25. El análisis de las políticas públicas. Estudio orientado a la solución de problemas. Apoyo al diseño de las

intervenciones. Control y seguimiento de su implantación.

26. La modernización de la Administración Pública: Grandes líneas de reforma en la actualidad.

27. Las Comunidades Europeas. Los tratados originarios y modificaciones: Especial referencia al Tratado de la Unión Europea. Objetivos y naturaleza jurídica de las Comunidades. La unión política. El proceso de integración de España en la Comunidad Económica Europea.

28. Las instituciones europeas. El Consejo y la Comisión. El Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia. El proceso decisorio. Participación de los entes territoriales no

estatales en el proceso decisorio.

29. El Presupuesto de las Comunidades Europeas. Los

instrumentos financieros. Las competencias de la Comunidad. Relaciones entre competencia comunitaria, competencia nacional y competencias autonómicas.

30. El Derecho Comunitario. Tipología de fuentes. La recepción del Derecho Comunitario en España: Participación de las Comunidades Autónomas en la aplicación del Derecho Comunitario Europeo.

31. Las libertades básicas del sistema comunitario: Libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales.

32. Políticas comunes. Repercusiones del ingreso en la CEE para la economía andaluza: Especial referencia a los Fondos

estructurales y de cohesión.

33. Régimen local español: Principios constitucionales y regulación jurídica.

34. La provincia en el Régimen local. Historia. La regulación constitucional de la provincia en España.

35. Organización y competencias de la provincia.

36. El municipio. Historia. Clases de entes municipales en el Derecho español.

37. La escultura helenística.

38. El arte bizantino.

39. El renacimiento isidoriano y la cultura hispánica del siglo VII.

40. La arquitectura mozárabe.

41. Elementos de la arquitectura románica.

42. La mezquita: Configuración del espacio religioso musulmán.

43. Husun, alcazabas y alcázares.

44. La Normativa del Patrimonio Arqueológico en España.

45. La Normativa del Patrimonio Arqueológico en Andalucía.

46. Los Sistemas de Protección del Patrimonio en la Normativa española y andaluza.

47. Organización administrativa para la Gestión del Patrimonio Arqueológico en Andalucía.

48. Instrumentos de Gestión del Patrimonio Arqueológico: La Carta de Riesgo.

49. El Patrimonio arqueológico: Autorización de excavaciones y prospecciones.

50. El expolio. Concepto. Legislación y consideración del tesoro. El comercio de los bienes arqueológicos. Las sanciones: Vía administrativa y vía penal.

51. Historia de la Arqueología.

52. La Arqueología Urbana.

53. Los yacimientos. Procesos deposicionales y

postdeposicionales.

54. La Prospección en Arqueología.

55. Métodos y técnicas de excavación.

56. La Conservación «in situ¯ de los materiales arqueológicos.

57. Sistemas de registro en arqueología.

58. Métodos de datación: Relativos y absolutos.

59. Tecnología y tipología prehistórica: Piedra y Hueso.

60. Tecnología y tipología prehistórica: Metal.

61. Tecnología y tipología: Cerámica.

62. El Paleolítico Inferior. Estado actual de la investigación.

63. El Paleolítico Medio. Estado actual de la investigación.

64. El Paleolítico Superior. Estado actual de la investigación.

65. Origen y evolución del Neolítico.

66. El Megalitismo. Estado actual de la investigación.

67. El Arte Esquemático. Estado actual de la investigación en la Península Ibérica.

68. Las colonizaciones en Occidente: Fenicios y griegos.

69. Arqueología romana de Algeciras.

70. Evolución política de al-Andalus: Emirato, Califato y Taifas.

71. Evolución política de al-Andalus: Almorávides y Almohades.

72. Evolución política de al-Andalus: Meriníes y Nazaríes.

73. La Sociedad en al-Andalus.

74. La Economía en al-Andalus.

75. La cerámica medieval islámica: Sistematizaciones y

tipologías.

76. Arqueología medieval islámica: Urbanismo.

77. Arqueología medieval de Algeciras.

78. La cerámica medieval cristiana: Cerámica mudéjar sevillana y valenciana.

79. La Algeciras meriní.

80. El cerco y la conquista de Algeciras por Alfonso XI.

81. El Estrecho de Gibraltar en la Baja Edad Media.

82. El Estrecho de Gibraltar en los siglos XV al XVII.

83. Algeciras en el siglo XIX.

84. Historia del Puerto de Algeciras.

85. Del coleccionismo a la Museología.

86. El Museo. Concepto. Funciones. Museología y Museografía.

87. Clasificación de los Museos.

88. Documentación de las colecciones del Museo.

89. Conservación de los fondos del Museo.

90. Los Museos como focos de investigación y de difusión cultural.

Algeciras, 12 de diciembre de 2002.- El Alcalde, Patricio González García.

Descargar PDF