Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 115 de 18/06/2003

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Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Cádiz, de Resolución por la que se convoca para el levantamiento de actas previas a la ocupación de las fincas afectadas por la construcción de la línea eléctrica a 380 kV CCC Campo de Gibraltar-Sub. Pinar del Rey (Expte. DP Cádiz, 5324/00). (PP. 2165/2003).

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Por Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía de fecha 26 de marzo de 2003, ha sido declarada, en concreto, de utilidad pública la línea eléctrica a 380 kV, D.C., con origen en la Central de Ciclo Combinado "Campo de Gibraltar" y final en la Subestación "Pinar del Rey", en el término municipal de San Roque (Cádiz). Dicha declaración de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, lleva implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

En cumplimiento y ejecución del citado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa se convoca a los propietarios y titulares de los bienes y derechos afectados, cuya relación concreta e individualizada se acompaña a la presente, para que el día 22 de julio de 2003 comparezcan en el Ayuntamiento de San Roque a la hora indicada en la citada relación, al objeto de proceder al levantamiento de las actas previas a la ocupación, con traslado posterior a la finca, si fuese necesario.

A dicho acto deberán asistir por sí mismos o representados por persona debidamente autorizada, aportando el documento nacional de identidad, los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, pudiéndose acompañar, a su costa, de Perito o Notario, si lo estiman oportuno.

De acuerdo con el artículo 56.2 del vigente Reglamento de Expropiación Forzosa, los titulares e interesados podrán formular por escrito ante esta Delegación Provincial de Cádiz de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, sita en la Pza. Asdrúbal, s/n, 11008, Cádiz, cuantas alegaciones estimen oportunas, a los solos efectos de subsanar los posibles errores que se hayan podido padecer al relacionar los bienes y derechos afectados por la imposición de servidumbre de paso de energía eléctrica con el alcance y efectos previstos en el artículo 56 de la citada Ley 54/1997, del Sector Eléctrico.Las características y demás datos de las afecciones y convocatoria son las que figuran en la relación adjunta, con independencia de la notificación por cédula, que en los mismos términos se practica a los afectados.

En el expediente expropiatorio "Nueva Generadora del Sur, S.A." asume la condición de entidad beneficiaria.

Asimismo, la presente publicación se realiza a los efectos previstos en el apartado 4.? del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, para la notificación de la presente Resolución en los casos de titular desconocido o domicilio ignorado.

Cádiz, 26 de mayo de 2003.- El Delegado, Agustín Barberá Salvador.

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