Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 127 de 04/07/2003

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud

RESOLUCION de 17 de junio de 2003, de la Dirección General de Salud Pública y Participación, por la que se actualizan los parámetros del Anexo I del Decreto 23/1999, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Sanitario de Piscina de Uso Colectivo.

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El artículo 20.2 del Decreto 23/1999, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Sanitario de Piscinas de Uso Colectivo, habilita a esta Dirección General de Salud Pública y Participación para modificar los parámetros del Anexo I de dicho Reglamento, por razones de salud pública, pudiendo incluir otras determinaciones que considere necesarias para garantizar la calidad del agua.

La incorporación continua de nuevos productos desinfectantes al mercado, derivada de la rápida evolución de la industria química y la homologación de estos productos por el Ministerio de Sanidad y Consumo para el uso específico en el tratamiento de aguas de piscinas, hace necesaria la actualización del Anexo I del citado Reglamento Sanitario de Piscinas de Uso Colectivo para su adecuación a las nuevas metodologías de desinfección de aguas.

En cumplimiento de la normativa anteriormente mencionada y a tenor de las competencias atribuidas por el artículo del Decreto 245/2000, de 31 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud y por el artículo 20.2 del Decreto 23/1999, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Sanitario de Piscinas de Uso Colectivo, R E S U E L V O

Primero. Incluir en el apartado l del Anexo I del Decreto

23/1999, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Sanitario de Piscinas de Uso Colectivo, relativo a las "determinaciones físico-químicas" el siguiente desinfectante: Peróxido de Hidrógeno.

Segundo. Este parámetro sólo se analizará cuando se utilice dicho producto en la desinfección del agua, siendo los valores límites los siguientes: 5-20 mg/l.

Tercero. Esta modificación de los parámetros del Anexo I del Decreto 23/1999, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Sanitario de Piscinas de Uso Colectivo, será efectiva a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.Sevilla, 17 de junio de 2003.- La Directora General, M. Antigua Escalera Urkiaga.

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