Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 129 de 08/07/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INSTR. N?2 DE MORON DE LA FRA.

EDICTO dimanante del procedimiento de divorcio núm. 109/2002. (PD. 2549/2003).

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NIG: 4106541C20022000246.

Procedimiento: Divorcio Contencioso (N) 109/2002. Negociado: S.

De: Doña María Jesús Calabia Letamendi.

Procurador: Sr. Angel Vicente Bellogin Izquierdo.

Contra: Don Willie James Caswell Jr.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Divorcio Contencioso (N) 109/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Morón de la Frontera a instancia de María Jesús Calabia Letamendi contra Willie James Caswell Jr. sobre Divorcio Contencioso, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

S E N T E N C I A

En Morón de la Frontera a 9 de junio de 2003.

Vistos por mí doña Nuria Alonso Monreal, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de esta ciudad, los autos de divorcio contencioso registrados bajo el número

109/2002, seguidos a instancia de doña María Jesús Calabia Letamendi, representada por el Procurador Sr. Bellogin Izquierdo y asistida del Letrado Sr. Picchi Rodríguez, contra don Willie James Caswell Jr., declarado en situación legal de rebeldía, y atendiendo a los siguientes,

F A L L O

Que estimando la demanda formulada por el Procurador Sr. Bellogin Izquierdo, en nombre y representación de doña María Jesús Calabia Letamendi contra don Willie James Caswell Jr. debo declarar y declaro, con todas las consecuencias legales la disolución, por divorcio, del matrimonio de los expresados cónyuges, y debo adoptar y adopto las medidas definitivas fijadas en el Fundamento de Derecho Segundo.

Sin hacer especial pronunciamiento en costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla, que en su caso deberá prepararse ante este juzgado dentro de los cinco días siguientes a su notificación.

Una vez firme esta resolución, líbrese exhorto al Registro Civil en que aparezca inscrito el matrimonio que se divorcia, acompañándose testimonio de esta sentencia para su anotación marginal.

Así por esta mi sentencia de la que se llevará certificación a los autos, la pronuncio, mando y firmo. Nuria Alonso. Rubricado.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Willie James Caswell Jr., extiendo y firmo la presente en Morón de la Frontera a 19 de junio de 2003.- El/La Secretario.

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