Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 155 de 13/08/2003

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Otros. AYUNTAMIENTO DE LINARES

ANUNCIO de subsanación de errores materiales en las bases que se citan.

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Habiéndose constatado diversos errores materiales en las bases reguladoras de las pruebas selectivas convocadas por este Ayuntamiento, para cubrir cinco plazas de Policías Locales, vacantes en la plantilla de funcionarios del Ayuntamiento de Linares, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia núm.

133, de fecha 12 de junio del 2003, se subsanan las mismas, en virtud de la presente Resolución, en la forma que a continuación se indica:

Base Primera.

Donde dice: "Grupo C."

Debe decir: Grupo C, a efectos retributivos. Escala básica.

Se añade, que de conformidad con lo establecido en el artículo

45 de la Ley 13/2001, se reserva el 20% de las vacantes que se convocan para la categoría de Policía, en este caso al ser cinco las vacantes convocadas, se reserva una, para poder ser ocupadas por el procedimiento de movilidad sin ascenso y con los requisitos indicados en el artículo 46 de la misma Ley.

Base Segunda.

Donde dice: b) "Tener cumplidos 18 años y no haber cumplido los

30 años de edad en el momento de presentación de instancias".

Debe decir: b) "Tener cumplidos 18 años y no haber cumplido los

30 años de edad antes de que finalice el último día de presentación de instancias".

Donde dice: d) "Poseer una estatura mínima de 1,70 metros los hombres y 1,65 metros las mujeres".

Debe decir: d) "Poseer una estatura mínima de 1,70 metros los hombres y 1,65 metros las mujeres, con la exención del requisito de estatura establecido en el artículo 42 de la Ley 13/01, para los que sean Funcionarios de carrera de algún Cuerpo de la Policía Local de Andalucía".

Donde dice: e) "No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de la función".

Debe decir: e) "Se realizará un examen médico como una prueba más de la fase del procedimiento selectivo de la oposición, según establece el art. 4 del Decreto 196/92, sobre selección, formación y movilidad de los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía".

Donde dice: g) "No hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad específicas previstas en la legislación vigente".

Queda derogado.

Base Sexta.

Donde dice: "Vocal: Un representante de la Junta de Andalucía, miembro de la Consejería de Gobernación".

Debe decir: "Vocal: Un representante de la Junta de Andalucía, designado por la Consejería de Gobernación".

Donde dice: "Vocal: Un funcionario de carrera designado por la Corporación, a propuesta de la Junta de Personal, de igual o superior categoría o titulación".

Debe decir: "Vocal: Una persona, de igual o superior titulación, designada por la Junta de Personal".

Base Octava.

Donde dice: "Primer ejercicio. Pruebas Físicas. Todos los ejercicios de las pruebas físicas son de carácter obligatorio

y eliminatorios y tienen la finalidad de comprobar, entre otros aspectos, las condiciones de fuerza, agilidad, flexibilidad, velocidad y resistencia del opositor. Se calificarán de apto o no apto, siendo eliminatorio el no superar alguna de las pruebas".

Se añade un párrafo en el que se expresa lo siguiente: "Las aspirantes que se encuentren en estado de embarazadas, parto o puerperio, estarán a lo previsto en el párrafo II, del Anexo de la Orden de la Consejería de Gobernación, de 14 de noviembre de

2000, por la que se establecen las pruebas para acceso a las distintas categorías de los Cuerpos de Policía Local de Andalucía".

Asimismo se añade el ejercicio siguiente: El Ayuntamiento nombra a un Facultativo para que proceda al reconocimiento médico de los aspirantes antes de la realización de las pruebas físicas. Se calificará de apto o no apto, de conformidad con lo

establecido en el art. 4 del Decreto 196/92.

En esta misma Base Octava, donde dice: "Carrera de resistencia sobre 2.000 metros: El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado. Dos intentos".

Debe decir: "Carrera de resistencia sobre 2.000 metros: El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado. Un intento".

Base Novena.

Donde dice: "Los ejercicios tercero y cuarto se calificarán de 0 a 10 puntos, debiendo obtener, como mínimo, cinco puntos en cada uno de ellos para poder aprobar. La calificación final será el resultado de sumar las puntuaciones obtenidas en los ejercicios segundo y tercero".

Debe decir: "Las dos fases del tercer ejercicio se calificarán de O a 10 puntos, siendo la calificación del mismo la suma de la calificación de las dos fases divididas por dos".

Base Décima. Resolución de Empates. Queda derogada.

Base Undécima.Donde dice: "Terminada la calificación de los ejercicios realizados por los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación, que no podrá ser nunca superior a las plazas convocadas, es decir, los nombres de los aprobados o aprobado y las puntuaciones

obtenidas, y la elevará a la Alcaldía para que ésta formule propuesta de nombramiento, que no será efectivo hasta que el aspirante o aspirantes superen con aprovechamiento el curso de capacitación en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía. Realizado el curso, se efectuara el nombramiento con la categoría que le corresponda".

Debe decir: "Terminada la calificación de los ejercicios realizados por los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación que no podrá ser nunca superior a las plazas convocadas, es decir, los nombres de los aprobados o aprobado y las puntuaciones obtenidas, y la elevará a la Alcaldía que efectuará el correspondiente nombramiento como funcionario en prácticas hasta que realicen el preceptivo curso de Ingreso en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía. Realizado el curso, se efectuará el nombramiento definitivo como funcionario de carrera, así como la exención de realizar el curso de ingreso para quienes ya hubieran superado el

correspondiente a la misma categoría a la que se aspira, en los términos establecidos en el art. 53 de la Ley 13/2001".

Base Decimotercera.

Donde dice: "Para lo no previsto en estas bases será de aplicación la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las

Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto 896/91, de 7 de junio; Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de los Policías Locales de Andalucía; Decreto

185/92, de 24 de noviembre, de selección, formación y movilidad de los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía; y

subsidiariamente el Reglamento General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/95, de 10 de marzo y demás legislación concordante".

Debe decir: "Para lo no previsto en estas bases será de aplicación la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las

Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto 896/91, de 7 de junio; Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de los Policías Locales de Andalucía; Decreto

196/92, sobre selección, formación y movilidad de los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía, y subsidiariamente el Reglamento General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, y demás legislación concordante".

En el Anexo número I. Temario de la oposición.

Donde dice: "Tema núm. 2. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo de las Cortes Generales. Composición, atribuciones y funcionamiento. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial".

Debe decir: "Tema núm. 2. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo. Las Cortes Generales. Composición, atribuciones y funcionamiento. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial".

Tema núm. 16. Donde dice: La actividad de las Policías Locales. Funciones según la Ley Orgánica 2/86, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Ley 1/89, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía.

Debe decir: La actividad de las Policías Locales. Funciones según la Ley Orgánica 2/86, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Ley 13/2001 de Coordinación de las Policías Locales de

Andalucía.

Tema núm. 17. Donde dice: Ley de Seguridad Vial. El Reglamento de Circulación. Normas generales de circulación. Transportes de mercancías que requieren precauciones especiales.

Debe decir: Ley de Seguridad Vial. Reglamentos de desarrollo. Estructuras y conceptos generales.

Linares, 1 de julio de 2003.- El Alcalde.

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