Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 171 de 05/09/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 23 de julio de 2003, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se concede Autorización Administrativa a Gamesa Energía, SA, para instalar una planta eólica de generación de energía eléctrica en los términos municipales de Nacimiento y Alboloduy (Almería). (PP. 3135/2003).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 2 de agosto de 2001, la empresa "Gamesa Energía, S.A.", con domicilio social en Vitoria (Alava), C/ Portal de Gamarra, número 40, solicitó en la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de Almería autorización administrativa para realizar una instalación eólica de generación de energía eléctrica, denominada "Loma del Viento", sita en los términos municipales de Nacimiento y Alboloduy (Almería).

Segundo. De acuerdo con el artículo 125 del R.D. 1955/2000, de

1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en el BOJA núm. 139, de 1 de diciembre de

2001, en el BOP de Almería núm. 233, de 3 de diciembre de 2001, presentándose alegaciones de carácter medioambiental por "Grupo Ecologista Mediterráneo", tratadas en la Declaración de Impacto Ambiental.

Tercero. La Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Almería emitió, con fecha 21 de marzo de 2003, Declaración de Impacto Ambiental por la que resulta viable la ejecución del proyecto, en lo que se refiere a los aerogeneradores 26 a 38, con los condicionados recogidos en dicho documento, e inviable la ejecución del proyecto en lo que se refiere a los aerogeneradores 1 a 25.

Cuarto. Con fecha 30 de abril de 2003 Gamesa Energía, S.A., presentó solicitud en la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de Almería en la que proponía la modificación de la potencia de los aerogeneradores de 850 kW a 2.000 kW y la reducción en el número de éstos de 13 a 9, adjuntando modificación de anteproyecto técnico por sustitución de máquinas.

Quinto. Consultada la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Almería sobre la modificación propuesta, ésta se pronunció mediante escrito de fecha 24 de abril de 2003 considerando que los cambios propuestos son admisibles dentro de Declaración de Impacto Ambiental emitida con fecha 21 de marzo de 2003.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, es competente para conceder la citada autorización según lo dispuesto en el Título I, artículo 13.4 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, así como el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 6/2000, de 28 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías y Decreto 102/2003, de 15 de abril, por el que se modifica el Decreto 244/2000, de 31 de mayo, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

Vista la Ley 54/1997, de 27 de noviembre del Sector Eléctrico, así como el R.D. 1955/2000, citado anteriormente.

Vista la Declaración de Impacto Ambiental de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Almería, así como el informe favorable de la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de Almería, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, a propuesta del Servicio de Energía:

RESUELVE

Conceder Autorización Administrativa a Gamesa Energía, S.A. para realizar la instalación referida, cuyas características principales serán:

1. Términos municipales afectados: Nacimiento y Alboloduy (Almería).

2. Aerogeneradores: Número de aerogeneradores: 9.

3. Rotor:

Tipo: 3 palas.

Diámetro: 80/90 m.

Velocidad de giro: 9 -19 r.p.m.

Emplazamiento: Fuste metálico de 67/78 m de altura.

4. Generador:

Tipo: Asíncrono trifásico de 690 V, 50 Hz.

Potencia: 2.000 kW.

Velocidad nominal: 1.680 r.p.m.

5. C.T. generador:

Potencia: 2.100 KVA.

Tensión: 0,69/20 kV.

Emplazamiento: Interior del fuste.

6. Líneas de conexión de generadores a subestación:

Número de líneas: 2.

Trazado: Subterráneo.

Sección: 3 x (400, 150, 150 mm AL).

Tipo de conductor: DHZ 12/20 kV.

7. Subestación:Acometida: Subterránea.

Tensión: 20/06 kV.

Potencia: 40/53 MVA.

Tipo: Intemperie.

8. Potencia: 18 MW.

Esta autorización se otorga de acuerdo con lo dispuesto en el R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, condicionada al cumplimiento de la Declaración de Impacto Ambiental anteriormente citada, así como a la obtención del punto de conexión necesario para evacuar la energía de acuerdo con el Real Decreto 1955/2000, y la Orden de 30 de septiembre de 2002, por la que se regula el procedimiento para priorizar el acceso y conexión a la red eléctrica para evacuación de energía de las instalaciones de generación contempladas en el Real Decreto 2818/1998, sin perjuicio de las que corresponda conceder a otros Organismos para instalaciones anejas a la planta que quedan fuera de la competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas.

Las obras de realización de la citada instalación no podrán iniciarse mientras no cuente el peticionario de la misma, con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en la Sección 2.ª del Capítulo II del citado R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, debiendo solicitar la indicada aprobación en un plazo máximo de 2 años. Caso de no ser factible, lo anteriormente expuesto, sé

procederá por el peticionario de la autorización a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el artículo 49 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley

4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 23 de julio de 2003.- El Director General, Jesús Nieto González.

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