Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 43 de 05/03/2003

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Universidades

RESOLUCION de 6 de febrero de 2003, de la Universidad de Almería, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala Auxiliar Administrativa de esta Universidad, mediante el sistema de acceso libre.

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En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 276/1998, de

22 de diciembre (BOJA de 19 de enero de 1999), por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería, y con el fin de atender las necesidades de personal de administración y servicios.

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades, en relación con el artículo.e) de la misma norma, y en el artículo 49 del Decreto/1998, de 22 de diciembre citado, ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Almería, con sujeción a las siguientes bases de convocatoria.

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 2 plazas de la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Almería, mediante el sistema general de acceso libre.

1.2. Del total de las plazas se reservará un 3% para ser cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad igual o superior al 33%, de acuerdo con la disposición adicional decimonovena de la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. En el supuesto de no ser éstas cubiertas se acumularán a las restantes plazas convocadas.

1.3. La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley

23/1988, de 28 de julio; en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; Ley del Parlamento de Andalucía 3/1993, de

1 de julio, de creación de la Universidad de Almería; el Decreto 2/1995, de 10 de enero, por el que se aprueba la Normativa Provisional de la Actividad de la Universidad de Almería, y a las normas de esta Resolución.

1.4. El procedimiento de selección de aspirantes constará de las siguientes fases: Fase de concurso y fase de oposición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en el Anexo I.

1.5. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

1.6. El ejercicio se iniciará a partir del 1 de abril de 2003. La fecha, hora y lugar del mismo se fijará en la Resolución del Rectorado en que se aprueben las listas de admitidos y excluidos.

1.7. Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a la fecha en que de comienzo el primer ejercicio de la fase de oposición, se hará pública la lista de los aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso. Dichas listas deberán ponerse de manifiesto, en todo caso, en el local donde se vaya a celebrar el primer ejercicio de la fase de oposición y en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Personal de la Universidad de Almería.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de aquellos Estados a los que en virtud de los tratados internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado

constitutivo de la Comunidad Europea. También podrá participar el cónyuge, descendientes o descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Este último beneficio será igualmente de aplicación a

familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones.

2.2. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionarios de carrera.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada gratuitamente por las Subdelegaciones del Gobierno de cada Provincia y en las Comunidades Autónomas, así como en el Servicio de Gestión de Personal de esta Universidad de Almería. A la instancia se acompañarán una fotocopia simple del

documento nacional de identidad, pasaporte u otro documento de identificación suficiente. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar, deberán presentar dos fotocopias del documento que acredite su

nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo de nacional de otro Estado con el que tenga dicho vínculo. Así mismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

3.2. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea, o de aquellos Estados a los que en virtud de los tratados internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, habrán de acreditar mediante documento suficiente, debidamente traducido al castellano, no estar sometidos a sanción

disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

3.3. Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro 5 de la misma. Asimismo deberán solicitar expresándolo en el recuadro número

6, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.4. Los aspirantes que soliciten puntuación en la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, deberán

presentar certificación expedida por el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad de Almería, acreditativa de las condiciones estipuladas en el Anexo I de esta convocatoria.

3.5. Las solicitudes se dirigirán al Excelentísimo Señor Rector de la Universidad de Almería en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía¯.

3.6. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.7. Los aspirantes deberán justificar, mediante resguardo original que deberá unirse a la solicitud de participación en las pruebas selectivas, haber abonado los derechos de examen que ascenderán a la cantidad de 12,02 euros, mediante ingreso o transferencia bancaria en la cuenta corriente número

3058.0130.18.2731007006 abierta al efecto en Cajamar, con el título «Universidad de Almería. Concursos y Oposiciones.¯, especificando en tal resguardo el nombre y apellidos, el documento nacional de identidad y la Escala de las plazas objeto de la presente convocatoria. En ningún caso la

presentación y pago en el Banco supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.5 de esta Resolución.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Almería dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía¯ y en la que además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos, se recogerá la composición del Tribunal Calificador, el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación de los aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión. En la lista deberá constar en todo caso apellidos, nombre y número del documento nacional de identidad.

4.2. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado; en todo caso, la Resolución a que se refiere la base anterior establecerá un plazo de diez días hábiles para subsanación de errores.

4.3. Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización de las pruebas selectivas.

5. Tribunal Calificador.

5.1. El Tribunal Calificador de estas pruebas será nombrado en la forma prevista en la base 4.1.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Almería, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.3. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas se publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Personal, Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4. Previa convocatoria del Presidente se constituirá el Tribunal con asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no

previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Almería.

5.8. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes. En este sentido se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.9. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 18 de febrero de 1985 («Boletín Oficial del Estado¯ del 22), o cualesquiera otros equivalentes.

5.10. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Almería, Carretera de Sacramento, sin número, teléfono

950/01.51.24.

El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá a cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría 4.ª de las recogidas en el Anexo V del Decreto

54/1989, de 21 de marzo, («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía¯, de 21 de abril).

5.12. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1. En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.

6.2. El orden de actuación de los opositores se iniciará por sorteo efectuado por el Tribunal.

6.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.4. Una vez comenzado el proceso selectivo, los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si es nuevo ejercicio.

6.5. Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la

convocatoria, lo comunicará al Rector de la Universidad de Almería, el cual deberá dar cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes, a los efectos procedentes.

7. Listas de aprobados, presentación de documentación, y nombramiento de funcionarios de carrera.

7.1. Al finalizar cada uno de los ejercicios obligatorios de la fase de oposición, el Tribunal hará públicas en los lugares de examen y en el Servicio de Gestión de Personal de la

Universidad las relaciones de aspirantes que hayan obtenido una calificación igual o superior a la exigida para su superación, con indicación de su DNI.

7.2. Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación, en las que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, la puntuación obtenida en la fase de concurso, y la calificación final, obtenida ésta última según lo dispuesto en el Anexo I de esta convocatoria. Al efecto de confeccionar dicha relación, el Tribunal declarará que han superado las pruebas selectivas las/los candidatas/os que hayan obtenido las mayores

calificaciones finales, sin que el número de aprobados supere el número de plazas convocadas, tal como se establece en la base 5.12 de esta Resolución.

7.3. Dicha relación serán elevadas al Rector de la Universidad con propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera.

7.4. En el plazo de veinte días hábiles a contar desde la publicación en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad de las relaciones de aprobados a que se refiere la base anterior, los aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar, en el Registro General de la Universidad o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los

siguientes documentos:

a) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el

servicio.b) Fotocopia debidamente compulsada del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna de las

Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como Anexo III a esta convocatoria.

d) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de minusválidos deberán presentar certificación, de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o de la Comunidad Autónoma correspondiente, que acredite tal condición, e igualmente deberán presentar certificación de los citados Organos de la Administración sanitaria acreditativa de la compatibilidad con el desempeño de tareas o funciones correspondientes.

7.5. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

7.6. Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal Calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera, mediante Resolución que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía¯.

La propuesta de nombramiento deberá acompañarse de fotocopia del documento nacional de identidad de los aspirantes

aprobados, del ejemplar de la solicitud de participación en las pruebas selectivas enviada a la Universidad convocante con el apartado «Reservado para la Administración¯ debidamente cumplimentado.

8. Norma final.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa en virtud del artículo 60 del Decreto 276/1998, de 22 de diciembre (BOJA de 19 de enero de 1999), por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería, podrán los

interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería, en el plazo de dos meses, de acuerdo con los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio de 1998), pudiendo ser recurrido potestativamente en reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos

116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.

Almería, 6 de febrero de 2002.- El Rector, Alfredo Martínez Almécija.

ANEXO I

Ejercicios, calificación de los mismos y valoración de

méritos

EJERCICIOS

La oposición constará del ejercicio que se indica a

continuación.

Primer y único ejercicio: Consistirá en contestar un

cuestionario de preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido del programa. Los aspirantes marcarán las contestaciones en las

correspondientes hojas de examen.

El número de preguntas y el tiempo para la realización de este ejercicio será determinado por el Tribunal. Se calificará de cero a diez puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de cinco puntos.

CONCURSO

Se valorarán exclusivamente los servicios prestados por los aspirantes como funcionarios interinos en la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Almería en los Centros, Departamentos y Servicios que integran la Universidad de Almería.

La valoración se realizará otorgando 0,05 puntos por mes completo de servicios prestados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, sin que esta

puntuación pueda superar el treinta y cinco por ciento del total máximo que corresponda a la fase de oposición.

Los puntos de la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la oposición a efectos de establecer el orden definitivo de aspirantes aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar la fase de oposición.

CALIFICACION FINAL

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y oposición. En caso de empate se atenderá a la mayor

calificación obtenida en el ejercicio.

ANEXO II

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y

contenido. Derecho y deberes fundamentales: Garantía y

suspensión.

Tema 2. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y Regencia. El refrendo.

Tema 3. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento.

Tema 4. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes.

Tema 5. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de las fuentes. La Constitución. La Ley. Disposiciones normativas con fuerza de Ley. El Reglamento.

Tema 6. Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Relaciones entre Administraciones Públicas. Principios generales y competencias. Organos. Abstención y recusación. Los

interesados.

Tema 7. Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Las

disposiciones y los actos administrativos. Iniciación,

ordenación, instrucción y finalización del procedimiento.

Tema 8. Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Requisitos de los actos administrativos. Eficacia. Nulidad y anulabilidad.

Tema 9. Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: De la potestad sancionadora. De la responsabilidad de las

Administraciones Públicas y sus autoridades y demás personal a su servicio.

Tema 10. Revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de oficio. Recursos administrativos.

Tema 11. El personal funcionario al servicio de las

Administraciones Públicas: Concepto, clases, grupos de

clasificación. Procedimientos de selección.

Tema 12. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Formas de provisión de puestos de trabajo.

Tema 13. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Incompatibilidad del personal al servicio de las

Administraciones Públicas. Régimen disciplinario. Situaciones Administrativas.

Tema 14. Universidad de Almería. La autonomía universitaria. Concepto, naturaleza, fines, funciones, capacidad, denominación ámbito y norma reguladora.

Tema 15. Universidad de Almería. De los órganos generales de Gobierno de la Universidad de Almería: Organos Colegiados. Consejo Social. El Claustro Universitario, Junta de Gobierno.

Tema 16. Universidad de Almería. De los órganos unipersonales: Rector, Vicerrectores, Secretario General y Gerente.

Tema 17. Universidad de Almería. De los miembros de la

Comunidad Universitaria, de los estudiantes, del profesorado, del personal de Administración y Servicios.

Tema 18. Universidad de Almería. De la Docencia y la

investigación en la Universidad. De la estructura de la enseñanza: Ciclos, Títulos y Planes de Estudios. Del acceso y permanencia en los Centros universitarios. De la Investigación: Tipología, contratos y Convenios de Investigación.

Tema 19. Universidad de Almería. De las unidades básicas para la docencia y la investigación. De los Departamentos. De las Facultades y Escuelas.

Tema 20. Universidad de Almería. Régimen económico y financiero de la Universidad de Almería. Del patrimonio de la Universidad. De los recursos, la programación y la gestión económica.

Tema 21. Normas de matrícula e ingreso en la Universidad de Almería para el curso 2002/2003. Del Ingreso en los centros de la Universidad de Almería. De la Matrícula en los centros de la Universidad de Almería.

Tema 22. Normas de matrícula e ingreso en la Universidad de Almería para el curso 2002/2003. Del régimen económico. Alumnos solicitantes de Becas y el seguro escolar.

Tema 23. Microsoft-Office 2000. Integración de sus componentes.

Tema 24. Internet. Accesos Web. Correo electrónico.

ANEXO III

DECLARACION JURADA

Don/doña .......................................... con domicilio en y DNI número ................................ Declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala ............................. de la Universidad de Almería, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

En Almería, a ....... de .............. de 2003.

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