Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 72 de 15/04/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº2 DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 299/2002. (PD. 1241/2003).

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Procedimiento: Proced. ordinario (N) 299/2002. Negociado: JT.

De: La Reserva de Marbella, S.A.

Procurador: Sr. Rosa Cañadas, Rafael.

Letrado: Sr. Llamas Saavedra, Luis Miguel.

Contra: Doña Sonia Ammar.

CEDULA DE NOTIFICACION DE SENTENCIA

En el procedimiento Proced. ordinario (N) 299/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Málaga a instancia de La Reserva de Marbella, S.A. contra Sonia Ammar, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Vistos y examinados por mí, don Manuel S. Ramos Villalta, Magistrado-Juez de Primera Instancia núm. Dos de esta ciudad y su Partido, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos en este Juzgado bajo el número 299/02, a instancia de la entidad La Reserva de Marbella, S.A, representado por el procurador Sr. Rosa Cañadas, y asistido del letrado Sr. Llamas, contra Sonia Ammar.

F A L L O

Que estimando la demanda interpuesta por la parte actora, debo declarar y declaro que Sonia Ammar ha incumplido, por lo que respecta al pago del precio aplazado de la compraventa, lo pactado en la estipulación segunda del contrato que suscribiera con la entidad actora el día 8.10.99 y que queda resuelto por incumplimiento el citado contrato, así como debo condenar y condeno a Sonia Ammar a estar y pasar por las declaraciones referidas y a perder, en concepto de indemnización y pena convencional y en beneficio de La Reserva de Marbella, S.A, las cantidades entregadas a cuenta del precio de la compraventa. Igualmente la condeno en costas.

Notifíquese a los interesados, mediante entrega de copia de la presente resolución, haciéndoles saber que esta sentencia devendrá firme si contra ella, en este Juzgado y para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, no se prepara recurso de apelación en el plazo de cinco días.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos de que dimana, definitivamente firmando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Sonia Ammar, extiendo y firmo la presente en Málaga a treinta y uno de marzo de dos mil tres. El/La Secretario.

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