Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 19/05/2003

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Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 30 de abril de 2003, de la Delegación del Gobierno de Sevilla, por la que se publican en el tablón de anuncios de la Delegación el trámite de subsanación de errores al amparo de la Orden que se cita.

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De conformidad con lo dispuesto en el art. 8 de la Orden de

30 de enero de 2003, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Entidades Locales andaluzas que dispongan de Oficinas de Información al Consumidor y se efectúa su convocatoria para el año 2003, esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla ha resuelto dar publicidad al requerimiento de subsanación de errores de las distintas solicitudes admitidas a la citada convocatoria.

A la vista de lo anteriormente expuesto, resuelvo:

1. Requerir a cada una de las Entidades Locales indicadas en el Anexo para que en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOJA del presente acto, remitan a la Delegación del Gobierno de Sevilla la documentación preceptiva señalada en el mismo, necesaria para la oportuna tramitación del expediente, teniéndole, en caso contrario, por desistido de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto de conformidad con lo establecido por el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, LRJAP-PAC.

2. Dicha publicación será expuesta desde el día 5 de mayo de

2003, hasta transcurridos diez días de la publicación de este boletín, fecha en la que se agotará el plazo para efectuar la subsanación de errores aludida. El lugar donde se expondrá será la Delegación del Gobierno en Sevilla, sita en la Avenida de la Palmera, número 24 (Pabellón de Cuba).

3. Ordenar la publicación del presente acto en BOJA.

Sevilla, 30 de abril de 2003.- El Delegado del Gobierno, José del Valle Torreño.

* Documentación a subsanar requerida en la Orden de 30 de enero de 2003

1. Solicitud.

2. Artículo 6.1.a) (inversión); 6.2.a) (gastos corrientes).3. Artículo 6.1.b) (inversión); 6.2.b) (gastos corrientes).4. Artículo 6.1.c) (inversión).

5. Artículo 6.1.d) (inversión); 6.2.d) (gastos corrientes).6. Artículo 6.1.e) (inversión); 6.2.e) (gastos corrientes).7. Artículo 6.1.f) (inversión); 6.2.f) (gastos corrientes).8. Artículo 6.1.g) (inversión); 6.2.g) (gastos corrientes).9. Artículo 6.2.c) (gastos corrientes).

10. Certificado emitido por la Entidad Financiera correspondiente respecto a la Cuenta Corriente que figura en la hoja de solicitud.

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