Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 95 de 21/05/2003

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 6 de mayo de 2003, por la que se convoca un procedimiento restringido de provisión de puestos vacantes en los Equipos de Orientación Educativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía, destinado al personal docente con destino definitivo en los mismos, y se aprueban las plantillas de los referidos centros.

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Vacantes determinados puestos de trabajo docentes en los Equipos de Orientación Educativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía, esta Consejería de Educación y Ciencia, en virtud del mandato contenido en las Disposiciones Transitorias Primera y Segunda del Decreto 39/2003, de 18 de febrero (BOJA del 21), y por las competencias que tiene atribuidas en la vigente legislación, ha resuelto convocar un procedimiento restringido de provisión de los mismos destinado al personal docente con destino definitivo en los referidos Equipos, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera. Ambito personal.

1. Al presente procedimiento restringido de provisión de vacantes podrá concurrir:

a) El personal funcionario docente que, con destino definitivo, ocupa en la actualidad plazas de orientadores (psi cólogos y pedagogos) en los Equipos de Orientación Educativa dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía.

b) El personal funcionario docente que, con destino definitivo, ocupa en la actualidad plazas de maestros (antiguos logopedas y maestros SAE) en los Equipos de Orientación Educativa dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía.

c) El personal funcionario de los puntos a) y b) del presente apartado que se halle en la situación de servicios especiales declarada desde Equipos de Orientación Educativa actualmente dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía.

d) El personal funcionario de los puntos a) y b) del presente apartado que se halle en la situación de suspensión de funciones declarada desde centros actualmente dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, siempre que a la finalización del curso escolar 2002-2003 haya transcurrido el tiempo de duración de la sanción de suspensión.

2. Está obligado a participar en el presente procedimiento de provisión de vacantes el personal funcionario de los puntos a) y b) que, procedente de la situación de jubilación por incapacidad permanente, haya sido rehabilitado y haya reingresado al servicio en un Equipo de Orientación Educativa dependiente de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía.

De no participar este personal en el presente procedimiento o, aun participando, no haber solicitado suficiente número de centros, la Administración educativa podrá adjudicarle un destino definitivo de oficio.

Segunda. Puestos vacantes objeto del procedimiento.

Serán objeto del presente procedimiento de provisión los siguientes puestos vacantes:

a) Los determinados como vacantes en las plantillas docentes de los Equipos de Orientación Educativa que figuran en el Anexo II de esta Orden.

b) Los que resulten de la adjudicación definitiva de la presente convocatoria, siempre que no se hallen minorados, por exigirlo así la planificación educativa, en las referidas plantillas.

Tercera. Forma de participación.

Para participar en este procedimiento de provisión, el personal interesado u obligado deberá cumplimentar, con cuantos datos se solicitan en la misma, la solicitud en modelo normalizado que figura como Anexo I de la presente Orden, consignando, por orden de preferencia, los centros que figuran en el Anexo II. Asimismo deberá aportar la documentación acreditativa de los méritos alegados, en la forma establecida en el Anexo III de esta Orden.

De la veracidad de la documentación que se acompañe será responsable cada participante, para lo cual incluirá en cada documento el texto "Es copia de su original" y lo firmará.

La Dirección General de Gestión de Recursos Humanos podrá requerir a los participantes, en cualquier momento del

procedimiento, la justificación de los méritos que no se hayan acreditado debidamente.

Cuarta. Plazo y lugares de presentación de las solicitudes de participación.

1. Plazo.

El plazo de presentación de las solicitudes y de la

documentación anexa será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Una vez concluido dicho plazo, no se admitirá modificación alguna en la solicitud ni en la hoja de peticiones a centros.

2. Lugares de presentación.

Las solicitudes, dirigidas a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, y la documentación que las acompañe se presentarán, preferentemente, en el registro general de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia donde tenga destino cada participante, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinta. Comisión de valoración de méritos.

Los méritos alegados por el personal participante en el procedimiento los valorará una Comisión designada al afecto por la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, formada por 5 miembros, uno de los cuales actuará como Presidente. Tres de los miembros de dicha Comisión, entre quienes se incluirá al Presidente, habrán de pertenecer a Cuerpos encuadrados en el Grupo A.

Sólo se tomarán en consideración los méritos perfeccionados a la fecha de 4 de marzo de 2003.

En el supuesto de que, tras la valoración y puntuación de los méritos, se produjesen empates, éstos se resolverán atendiendo, sucesivamente, a la mayor puntuación en cada uno de los apartados del baremo, por el orden en que aparecen en el Anexo III. De persistir el empate, se atenderá a la mayor puntuación en cada uno de los subapartados, siguiendo el mismo orden.

Sexta. Adjudicación provisional y fase para reclamaciones y renuncias.

Valorados los méritos por la Comisión correspondiente, la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, por

Resolución, procederá a la adjudicación provisional de los puestos vacantes y, en su caso, las resultas. Dicha Resolución se publicará en los tablones de anuncios de las distintas Delegaciones Provinciales y en el de la Consejería de Educación y Ciencia. A efectos meramente informativos, se publicará, asimismo, en la página web de la Consejería de Educación y Ciencia.

Contra dicha Resolución provisional, los interesados podrán presentar reclamaciones ante la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación y exposición de aquélla en los tablones de anuncios.

En el mismo plazo, quienes estén interesados podrán presentar un escrito de renuncia a la participación en el procedimiento ante la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos. Séptima. Adjudicación definitiva.

Consideradas las reclamaciones y, en su caso, las renuncias a que se refiere la base anterior, por Orden de esta Consejería, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía, se dispondrá la adjudicación definitiva de los puestos objeto de esta convocatoria así como su exposición en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales, en el de la Consejería de Educación y Ciencia y, a los efectos meramente informativos, en la página web.

Los destinos adjudicados por dicha Orden serán irrenunciables. La incorporación a los mismos se efectuará el día 1 de

septiembre de 2003, surtiendo efectos a partir de dicha fecha.

El personal adjudicatario de destino que reingrese al servicio activo a través del presente procedimiento dispondrá de diez días, computables a partir del siguiente al de la publicación de la Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para presentar declaración jurada o promesa de no hallarse separado del servicio en ningún Cuerpo o Escala de

las distintas Administraciones Públicas, en virtud de

expediente disciplinario, ni de estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Octava. Recursos procedentes.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-

administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los

artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 6 de mayo de 2003

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia