Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 110 de 07/06/2004

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Secretaría General Técnica, Servicio de Legislación, por el que se notifica la Resolución adoptada por el Secretario General Técnico al recurso de alzada interpuesto por don José Pérez Martínez, en nombre y representación de Motos Portocarrero, SL, contra otra dictada por el Delegado del Gobierno en Almería, recaída en el expediente 231/02.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente don José Pérez Martínez en nombre y representación de "Motos Portocarrero, S.L." de la Resolución adoptada por el Secretario General Técnico, al recurso administrativo interpuesto, contra la dictada por el Delegado de Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio reproduciéndose a continuación el texto íntegro.

Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.

"En la ciudad de Sevilla, a 27 de febrero de 2004.

Visto el recurso de alzada interpuesto y sobre la base de los siguientes antecedentes

Primero. La Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería dictó la Resolución de referencia, por la que se impone a la entidad una sanción de trescientos euros (300 E), de conformidad con los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho contenidos en la misma, a la que nos remitimos íntegramente.

Segundo. Contra la anterior Resolución, el interesado interpuso recurso de alzada, alegando lo que a su derecho convino.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Secretaría General Técnica es competente, por delegación del Excmo. Sr. Consejero, para conocer y resolver el presente recurso, a tenor de lo dispuesto en los artículos

114. 1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículo 39.8 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, en relación con el Decreto del Presidente 6/2000, de

28 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto

138/2000, de 16 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación, modificado por los Decretos 373/2000, de 16 de mayo, y 223/2002, de 3 de septiembre, y la Orden de 18 de junio de 2001, artículo 3.4 por la que se delegan competencias en diversas materias en los órganos de la Consejería.

Segundo. La entidad recurrente presentó recurso de alzada contra la resolución sancionadora; a la vista del mismo se dictó oficio de fecha 22 de octubre de 2003, notificado el 3 de noviembre de 2003, con el contenido siguiente: "En relación con su escrito de recurso de fecha de registro de entrada 28 de noviembre de 2002, contra resolución del Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería, recaída en el expediente 231/02, el art. 32.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de 1992, establece que `para formular solicitudes, entablar recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, o mediante declaración en comparecencia personal del interesado?; analizado el mismo se observa que no queda acreditada la representación del recurrente, en nombre de la entidad `Motos Portocarrero, S.L.?.

De acuerdo con el art. 71.1 de la misma Ley se le concede un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la presente, para que se acredite la representación, con la indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su

recurso, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el art. 42 de la misma Ley, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero".

Transcurrido el plazo concedido no se ha acreditado lo

solicitado mediante oficio, por que se ha de tener a la entidad por desistida en el recurso interpuesto, sin entrar en el fondo del asunto.

Vistos los preceptos citados y normas de general y especial aplicación, resuelvo inadmitir a trámite, y archivar por desistimiento, el recurso de alzada interpuesto por don José Pérez Martínez en nombre y representación de la entidad "Motos Portocarrero, S.L.", contra Resolución de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería, confirmando la misma en todos sus términos.

Notifíquese al interesado, con indicación de los recursos que procedan. El Secretario General Técnico. Fdo.: Rafael Cantueso Burguillos."

Contra la presente Resolución, que agota la vía

administrativa, se podrá interponer recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 19 de abril de 2004.- El Jefe del Servicio de

Legislación, Manuel Núñez Gómez.

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