Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 183 de 17/09/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

RESOLUCION de 27 de julio de 2004, de la Dirección General de Calidad, Innovación y Prospectiva Turística, por la que se establece la adjudicación de las becas para la formación en materia turística, reguladas en la Orden que se cita y convocadas por Resolución de 9 de febrero de 2004.

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La Orden de 21 de mayo de 2001, de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, por la que se regula la concesión de becas para la formación en materia turística, establece el procedimiento general para la concesión de tres becas para la realización de trabajos y estudios en la Consejería de Turismo y Deporte.

Vistas y evaluadas las solicitudes presentadas, por la Comisión de Selección prevista en la base séptima de la anteriormente citada Orden, de acuerdo a lo contemplado en las bases sexta y octava de la misma, a propuesta de aquella y, en uso de las atribuciones que la normativa vigente le confieren, la Directora General de Calidad, Innovación y Prospectiva Turística

HA RESUELTO

Primero. Adjudicar tres becas con una dotación de 1.051,77 euros/mes, cada una, durante veinticuatro meses, con cargo a la aplicación presupuestaria 01.09.00.01.00.48100.75B.4, para la realización de trabajos y estudios bajo las directrices de la Dirección General de Calidad, Innovación y Prospectiva Turística a:

- Doña Cristina Nieto Figueras, con DNI núm. 25.665.741-H.

- Doña Cristina Medina Prado, con DNI núm. 48.929.693-E.

- Don Ignacio de la Iglesia Prados, con DNI núm. 28.765.123-N.

Asimismo, designar como suplentes a:

- Doña M.ª del Mar Escaño Villalba, con DNI núm. 44.582.635-X.

- Don Juan Ignacio González Gómez, con DNI núm. 29.757.867-F.

- Doña Elsa María Escribano Rodríguez, con DNI núm.

34.860.514-N.

- Doña Nuria Ponce Márquez, con DNI núm. 44.230.535-V.

- Doña Mónica Blanco Ortega, con DNI núm. 30.947.240-G.

- Doña M.ª Luisa Rodríguez Muñoz, con DNI núm. 44.371.491-Y.

Los adjudicatarios de las becas, de conformidad con lo previsto en la base novena de la referida Orden, se comprometen a las siguientes actuaciones:

- Realizar los trabajos previstos y relacionados con el programa establecido con el Director del mismo.

- Presentar una memoria de las actividades realizadas en el último mes del período de la beca.

- Facilitar cuanta información les sea requerida por el Tribunal de Cuentas, la Cámara de Cuentas de Andalucía y la Intervención General de la Junta de Andalucía. Todo ello sin perjuicio de las obligaciones previstas en las letras a) a d) del artículo 105 de la Ley de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo. Se desestiman el resto de las solicitudes, quedando en todo caso acreditados los motivos en los correspondientes expedientes.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien directamente recurso contencioso-

administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 27 de julio de 2004.- La Directora General, Francisca Montiel Torres.

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