Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 232 de 26/11/2004

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 16 de noviembre de 2004, de la Delegación Provincial de Huelva, por la que se resuelve el concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la misma.

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Mediante Resolución de 26 de julio de 2004 (BOJA núm. 154, de 6 de agosto de 2004), se convocó concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en esta Delegación Provincial, según lo establecido en el art. 25.1 de la Ley

6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y el Decreto 2/2002, de de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, por el que se regulan los concursos para la provisión de puestos de trabajo y el baremo que ha de regir los mismos.

Habiéndose observado las normas y procedimientos establecidos y en cumplimiento de lo dispuesto en la base duodécima de la Resolución de Convocatoria del concurso, la Comisión de Valoración ha formulado propuesta de resolución con los candidatos que han obtenido mayor puntuación para cada puesto, en función del orden de prioridad por ellos solicitado, así como de los puestos que han sido declarados desiertos, todo ello finalizado el proceso de revisión de las reclamaciones presentadas y vista de los expedientes de los interesados que han hecho uso de sus derechos.

En su virtud, y en uso de las atribuciones conferidas por la Orden de 31 de julio de 2001 de la Consejería de Medio Ambiente por la que se delegan las competencias en materia de concurso de méritos en los Delegados Provinciales para los puestos adscritos a sus respectivas Delegaciones.

D I S P O N G O

Primero. Resolución y adjudicación de los puestos de trabajo convocados.

1. Se aprueba la propuesta de resolución del concurso formulada por la Comisión de Valoración, adjudicando con carácter definitivo los puestos de trabajo que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución a los funcionarios que en el mismo se especifican. Los destinos son irrenunciables, salvo que durante el plazo posesorio, excluidas las prórrogas de incorporación, los interesados obtengan otro destino por convocatoria pública en Boletín Oficial, en cuyo caso podrán optar por uno de los dos, viéndose obligados a comunicar por escrito a esta Delegación y a la Dirección General de la Función Pública de la Consejería de Justicia y Administración Pública en el término de tres días desde la publicación de la adjudicación, la opción realizada.

2. Se declaran desiertos los puestos convocados que figuran como tales en el Anexo II de la presente Resolución al no ser adjudicados a ningún funcionario, bien porque no han sido solicitados o porque los candidatos solicitantes o las instancias y documentación presentadas no reunían los requisitos exigidos en la normativa vigente y en las bases de la convocatoria.

3. Se entienden efectuadas las contestaciones a las alegaciones formuladas por los interesados con ocasión del trámite previsto en la Base Undécima de la resolución de convocatoria del concurso con la publicación de la presente Resolución.

Segundo. Tomas de posesión.

Las tomas de posesión se ajustarán a lo establecido en la Base Decimocuarta de la Resolución de convocatoria del concurso.

Tercero. Recursos.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer recurso contencioso-

administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante el Juzgado de lo Contencioso-

Administrativo correspondiente, según lo previsto en los arts.

8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, según los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que puedan simultanearse ambos recursos.

Huelva, 16 de noviembre de 2004.- La Delegada,

M.ª Isabel Rodríguez Robles.

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