Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 238 de 7/12/2004

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Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Sevilla, por el que se publica acto administrativo relativo al procedimiento sancionador en materia de servicios sociales que se cita.

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En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se notifica al interesado que se relaciona el siguiente acto administrativo, para cuyo contenido íntegro podrá comparecer en la sede de esta Delegación Provincial sita en la calle Imagen, núm., 1.ª planta de Sevilla.

Interesado: Carlos París Rico.

Ultimo domicilio: C/ Galope, núm., Urbanización el Cerro del Caballo, de Dos Hermanas (Sevilla).

Expediente: SE-13/04.

Infracciones: Una muy grave tipificada en el artículo 53.c) de la Ley 6/1999, de 7 de julio, de atención y protección a las personas mayores y una grave tipificada en el apartado h) del artículo 52 del citado texto legal.

Fecha: 28 de septiembre de 2004.

Sanciones: A efectos de lo previsto en el artículo 13.2 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, la responsabilidad imputada se concreta en 6.000,13 euros para la infracción grave y 60.101,22 euros para la infracción muy grave.

Acto notificado: Acuerdo de Incoación del procedimiento sancionador, nombrando instructora del mismo a doña Dolores Moreno Muñoz.

Plazo de alegaciones y recursos: Contra el presente Acuerdo, que no agota la vía administrativa, no cabe recurso, sin perjuicio de la posibilidad de promover la recusación de la Instructora del procedimiento si considera que concurre alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. El interesado dispondrá de un plazo de quince días hábiles, desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes, y, en su caso, proponer prueba, concretando los medios de que pretenda valerse. De no efectuar alegaciones sobre el contenido del presente Acuerdo, el mismo podrá ser considerado propuesta de resolución, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Real Decreto 1398/1993. De acuerdo con el artículo 13.1.d) del Real Decreto 1398/1993, se indica al interesado la posibilidad de reconocer voluntariamente su responsabilidad, con los efectos previstos en el artículo 8 del citado Real Decreto.

Sevilla, 22 de noviembre de 2004.- La Delegada (Decreto 21/85, de 5.2), El Secretario General, Antonio Lorenzo Nombela.

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