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En el recurso contencioso-administrativo número 247/04, interpuesto por Juan Ruiz García e Hijos, S.L., contra resolución de la Dirección Provincial de Sevilla de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, de fecha 18 de marzo de 2004, expediente SE/PME/03096/2003, se ha dictado Sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Sevilla, con fecha 5 de noviembre de 2004, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
"Fallo: 1. Desestimo la demanda rectora de esta litis por ser la resolución recurrida ajustada a Derecho. 2. Sin imposición de costas a ninguna de las partes."
Según lo establecido en el artículo 118 de la Constitución y
17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.
Sevilla, 30 de noviembre de 2004.- El Consejero, Por Delegación (Orden de 14.7.2004) El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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