Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 160 de 18/08/2005

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Universidades

RESOLUCION de 26 de julio de 2005, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso público de méritos para la contratación de Profesores Asociados Clínicos.

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De conformidad con lo establecido en el art. 48.2 de la Ley Orgánica de Universidades 6/2001 de 21 de diciembre (BOE de 24.12.01), este Rectorado, en uso de las competencias que le atribuyen el art. 20 de dicho texto, en relación con el art. 2.2.e) de la misma norma, el art. 38 de la Ley 15/2003, de 23 de diciembre, Andaluza de Universidades (BOJA de

31.12.03), así como los Estatutos de esta Universidad aprobados mediante Decreto 299/2003, de 21 de octubre (BOJA de

6.11.03), ha resuelto convocar concurso público de méritos para la contratación de las plazas de personal docente que se indican en el Anexo de la presente Resolución, y con arreglo a las siguientes:

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Normativa aplicable.

Este concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica

6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (LOU), en la Ley

15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades, R.D.

898/85, de 30 de abril, sobre Régimen del Profesorado Universitario, el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, por el que se establecen las bases generales del régimen de conciertos entre las Universidades y las Instituciones Sanitarias y en lo que fuese de aplicación el Concierto específico entre la Junta de Andalucía y la Universidad de Huelva, de fecha 31.10.1997, por los Estatutos de la Universidad de Huelva, el Reglamento de la Universidad de Huelva para la Selección de Personal Docente e Investigador Contratado (aprobado en Consejo de Gobierno de fecha

21.7.2004). En lo no contemplado en la normativa citada, por el Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, excepto para el régimen de dedicación, que será según determine cada contrato laboral que se celebre, y por la legislación general de funcionarios que le sea de aplicación y la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 4/1999, de 13 de enero, que modifica la Ley

30/1992, de 26 de noviembre). Se aplicarán también aquellas otras disposiciones que no se opongan o resulten incompatibles con las determinaciones del marco legal señalado con anterioridad, y por las presentes bases.

1.2. Naturaleza y régimen jurídico de los contratos.

Los contratos que suscriban los aspirantes que resulten seleccionados serán de naturaleza laboral temporal a tiempo parcial.

El objeto de los contratos será contribuir, en la duración prevista en el mismo, a la formación de los futuros titulados en Enfermería con horas de docencia y de tutoría en centros hospitalarios y/o de atención primaria, de acuerdo con el perfil de cada una de las plazas incluidas en el Anexo de la presente convocatoria.

1.3. Duración de los contratos.

Los contratos que se celebren al amparo de la presente convocatoria surtirán efecto desde el día 1 de octubre de 2005 hasta el 30 de septiembre de 2006, pudiendo ser renovados previo informe positivo del Departamento de Enfermería de la Universidad de Huelva.

Para aquellos adjudicatarios que firmen el contrato con posterioridad a la fecha indicada, tendrá efectos a partir del siguiente día hábil a la fecha de firma.

2. Requisitos de los aspirantes.

Podrán ser admitidos y concurrir al presente concurso quienes reúnan los siguientes requisitos:

2.1. Con carácter general:

1. Nacionalidad. Los contratos de profesorado en régimen de Derecho laboral no estarán sujetos a condiciones o requisitos basados en la nacionalidad. Esta posibilidad se entenderá siempre condicionada a que los aspirantes de nacionalidad extranjera se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral.

2. Tener cumplidos los 18 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.

3. Estar en posesión del título académico exigido. En el caso de haber realizado sus estudios fuera del Estado español, la titulación académica deberá estar homologada por el Ministerio de Educación y Ciencia. En caso de candidatos con títulos de la Unión Europea, se presentará la homologación de los mismos.

4. Ser funcionario de carrera y no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de

cualesquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. En el caso de los aspirantes que no posean la nacionalidad española, el cumplimiento de este requisito comportará no hallarse sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

5. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que impida el desempeño de las funciones correspondientes a las plazas convocadas.

Con carácter específico:

1. Estar en posesión del título académico de Diplomado en Enfermería, como mínimo.

2. Prestar sus servicios asistenciales como Enfermero en los Centros, Unidades y Servicios en los que se oferten las plazas, con turno de trabajo compatible con el horario

docente.

3. Ser especialista de reconocida competencia en el campo laboral relacionado con la plaza objeto de concurso fuera del ámbito docente e investigador universitario, con una

antig?edad de al menos tres años y que mantengan el ejercicio de dicha actividad durante la totalidad de su período de contratación (art. 38 LAU).

2.3. Criterios de general aplicación.

1. El cumplimiento de todos los requisitos para concursar a cada una de las plazas deberá estar referido siempre a la fecha de expiración del plazo fijado para solicitar la

participación en el concurso.

2. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado del castellano.

3. Solicitudes.3.1. Presentación.

Las solicitudes se presentarán mediante Instancia-Currículum con autobaremación debidamente cumplimentada, según modelo establecido por la Universidad de Huelva, que se facilitará gratuitamente a los interesados en la página web y en las dependencias del Rectorado de esta Universidad, debiendo presentarse una solicitud por cada plaza a la que se desee concursar. El plazo de admisión de solicitudes será de 15 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOJA.

Las solicitudes se dirigirán al Excmo. Sr. Rector Magfco. de la Universidad de Huelva, y se presentarán en el Registro General de esta Universidad o por cualquiera de los

procedimientos establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley

4/1999, de 13 de enero.

Los derechos de participación serán de 18 euros por cada una de las plazas a las que se desee concursar, que se ingresarán, dentro del plazo de presentación de instancias, en la cuenta de la Universidad de Huelva que figura en el correspondiente pagaré, especificándose en el resguardo acreditativo el nombre y apellidos del interesado, DNI y el número de orden de la plaza o plazas a las que se concursa.

Será de aplicación para este punto lo dispuesto en el artículo

12 de la Ley 40/2003, de 18 de diciembre, de protección a las familias numerosas.

La falta de pago de los derechos de participación durante el plazo de presentación de instancias no es subsanable y

determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso, la realización del ingreso supondrá

sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

3.2. Acreditación de requisitos de participación y de méritos alegados.

1. A las solicitudes presentadas, los interesados adjuntarán los justificantes del cumplimiento de los requisitos exigidos para ser admitidos al Concurso, así como la documentación acreditativa de cuantos méritos estimen oportunos alegar en orden a la adjudicación de la plaza o plazas a las que

concursen. Una vez finalizado el plazo de admisión de

solicitudes no se admitirán nuevos méritos. En caso de que los méritos alegados no se encuentren debidamente documentados, «la Comisión de Valoración (del Departamento) podrá solicitar a todos los candidatos mayor información de los méritos alegados en tiempo y forma¯ (art. 8.4.a) del Reglamento de Contratación, aprobado en C.G. de 21.7.04).

Dichos méritos deberán inexcusablemente ser numerados en el orden correspondiente que figura en la Instancia-Currículum con autobaremación, al objeto de su comprobación e

identificación por este Rectorado.

2. Las solicitudes deberán acompañarse, obligatoriamente, de la siguiente documentación, que en caso de tratarse de

fotocopias compulsadas serán competentes para efectuar dicha compulsa los órganos administrativos que hubieran emitido el documento original o bien los responsables del Registro General del órgano que haya de tramitar el documento (de conformidad con lo previsto en los arts. 22 y 23 del Decreto

204/1995, de 29 de agosto, BOJA de 26 de octubre de 1995):

2.2.1. Documentación general.

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte en vigor. Los residentes deberán presentar fotocopia compulsada del correspondiente permiso de residencia, o de estudios, o de trabajo y residencia. Los no-residentes deberán presentar fotocopia compulsada del respectivo visado.

b) Fotocopia compulsada, al menos, del título académico de Diplomado en Enfermería o, en su caso, certificación del pago de los derechos de expedición del título. Asimismo, y en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá acompañar de la documentación que acredite su homologación por el Ministerio de Educación y Ciencia.

c) Original del resguardo bancario que justifique el abono de las tasas públicas en concepto de derechos de participación y, en su caso, fotocopia compulsada del carné de Familia

Numerosa.

d) Certificación académica personal, original o fotocopia compulsada, en la que consten todas las calificaciones de la carrera universitaria.

2.2.2. Documentación específica.

a) Original o fotocopia compulsada de la hoja de servicios del candidato.

b) Original o fotocopia compulsada del horario de la actividad desarrollada.

c) Certificado en el que se haga mención de la actividad que actualmente esta desempeñando el aspirante.

4. Admisión de aspirantes.

1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el tablón de anuncios de este Rectorado y en la página web de la Universidad Resolución del Excmo. Sr. Rector Magfco., que servirá de notificación a los interesados a todos los efectos, y por la que se aprueba la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos a las plazas convocadas, con indicación, en este último caso, de la causa de exclusión (art. 5 del Reglamento de Contratación de la Universidad de Huelva).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente a la

publicación, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las relaciones de admitidos y excluidos, mediante reclamación dirigida al Excmo. Sr. Rector Magfco. de la Universidad de Huelva.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen el defecto o la causa de exclusión o no aleguen frente a la omisión producida justificando su derecho a ser incluidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.

2. Transcurrido el plazo de subsanación y una vez resueltas las reclamaciones, se publicarán en el tablón de anuncios de este Rectorado y en la página web de la Universidad las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos por el

procedimiento anteriormente mencionado. La resolución que eleve a definitivas las listas de aspirantes admitidos y excluidos pondrá fin a la vía administrativa. Los aspirantes podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Huelva en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación.

3. De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido cuando no se realice el hecho imponible por causas imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de participación en los supuestos de exclusión de la convocatoria por causa imputable al interesado.

5. Resolución del concurso.

1. El sistema de selección aplicado será el de Concurso público. Los méritos de los aspirantes serán juzgados por la Comisión de Contratación de la Universidad de Huelva,

constituida de conformidad con lo previsto en los Estatutos y en el Reglamento para la Contratación de Profesores de la Universidad de Huelva, previo informe del Departamento

correspondiente, una vez finalizadas las actuaciones que hubiese llevado a cabo la Comisión de Valoración del

Departamento convocante de la plaza y remitida la

documentación originada en las mismas.

La Comisión de Contratación atenderá única y exclusivamente a los méritos documentalmente justificados por los concursantes en la Instancia-Currículum con autobaremación, no admitiéndose en modo alguno aquellos otros que pudieran ser alegados o justificados por los interesados una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.

2. Agotada la actuación de la Comisión de Contratación, el Presidente de la misma remitirá a la mayor brevedad posible la propuesta de contratación junto al expediente del candidato seleccionado, por conducto interno, al Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado (Sección de Planificación Docente), procediéndose a publicar las propuestas de

adjudicación.

Frente a las propuestas de contratación, los candidatos podrán interponer recurso de alzada ante el Excmo. Magfco. Rector UHU, cuya Resolución agotará la vía administrativa, sin que su interposición paralice el desarrollo de los trámites del Concurso.

No obstante, contra esa Resolución cabrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huelva, de conformidad con los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con el artículo 6.4. de la L.O. 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

3. La Comisión de Valoración del Departamento de Enfermería administrará todas sus actuaciones para cada uno de los candidatos mediante la aplicación del baremo general de la Universidad, ponderando la puntuación de sus distintos

apartados para la sustanciación del Bloque «Puntuación del Departamento¯.

6. Nombramientos y acuerdos rectorales de contratación, presentación de documentos e incorporación de los aspirantes adjudicados.

1. La Resolución del concurso se hará pública en el tablón de anuncios del Servicio de Recursos Humanos (sito en la planta baja del Rectorado, Campus de Cantero Cuadrado, C/ Doctor Cantero Cuadrado, núm. 6, de Huelva); publicación que servirá de notificación a los interesados a todos los efectos.

2. A partir del tercer día hábil desde el día de la

publicación de la adjudicación, el interesado dispondrá de 10 días hábiles para formalizar su contrato con esta Universidad. Expirado dicho plazo, se entenderá que ha renunciado a su derecho, procediéndose a una nueva adjudicación (art. 15 Reglamento de Contratación de la Universidad de Huelva).

3. Igualmente, y para el trámite de formalización de los contratos, los adjudicatarios de las plazas deberán presentar la siguiente documentación para la firma del contrato:

a) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública (se facilitará impreso a la firma del contrato).

b) Certificado Médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las correspondientes funciones a la condición de Profesor de Universidad.

c) Número de afiliación a la Seguridad Social, en su caso (fotocopia del documento de afiliación a la S.S.).

d) Datos bancarios.

4. Todos los documentos que no estén redactados en lengua castellana deberán acompañarse necesariamente de la

correspondiente traducción oficial que podrá realizarse en cualquiera de los siguientes organismos:

a) En la representación diplomática o consular de España en el extranjero.

b) En la representación diplomática o consular del país del que proceden los documentos en España.

c) Por traductor jurado debidamente inscrito y autorizado en España.

5. Los adjudicatarios de las plazas no podrán comenzar su actividad sin haber firmado el contrato y sin estar dados de alta en Seguridad Social.

Tan sólo una vez formalizada la relación jurídica se iniciará la prestación de servicios y, por ende, el devengo de las retribuciones asignadas a la plaza adjudicada. No se admitirá la retroactividad de efectos económicos en ningún caso.

6. El contratado deberá presentarse, ante el Director del Departamento y el Decano o Director del Centro

correspondientes e incorporarse a las tareas docentes, en la fecha de inicio indicada en el contrato. De no incorporarse en la fecha de inicio del contrato sin causa justificada, a juicio de la Universidad de Huelva, el contrato quedará sin efecto anulándose todas las actuaciones.

7. En el caso de no producirse la firma del contrato o de no incorporarse el contratado a las tareas docentes, en los respectivos plazos indicados en los párrafos anteriores, se entiende que el interesado renuncia a la plaza. En ambos casos se procederá al llamamiento de los siguientes aspirantes que figuren en la resolución de la Comisión de Contratación y conforme a lo establecido en la Normativa de Contratación de Profesorado de esta Universidad.

7. Disposición final.

Los aspirantes, por el hecho de participar en el presente concurso, se someten a las Bases de esta convocatoria y su desarrollo, y a las decisiones que adopten las Comisiones de Contratación, sin perjuicio de las reclamaciones y recursos que fueren pertinentes.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Huelva, 26 de julio de 2005.- El Rector, Francisco José Martínez López.

A N E X O

CONCURSO PUBLICO DE MERITOS PARA LA PROVISION DE PLAZAS DE PROFESORES ASOCIADOS CLINICOS

Núm.

Orden Departamento de Enfermería

Area de Enfermería

1 Profesor Asociado Clínico 3 horas.

P.D.: Prácticas clínicas en las siguientes Unidades del Hospital Infanta Elena de Huelva: Tercera izquierda de

Cirugía; Tercera derecha de Especialidades Quirúrgicas y Cuarta izquierda de Traumatología. Turno de mañana.

1 Profesor Asociado Clínico 3 horas.

P.D.: Prácticas clínicas en las siguientes Unidades del Hospital Juan Ramón Jiménez de Huelva: Urología/Oftalmología; Oncología/Hematología, Hospital de día y Radioterapia. Turno de mañana.

1 Profesor Asociado Clínico 3 horas.

P.D.: Prácticas clínicas en las siguientes Unidades del Hospital Juan Ramón Jiménez de Huelva: Cirugía, Traumatología y Medicina Interna. Turno de mañana.

1 Profesor Asociado Clínico 3 horas.

P.D.: Prácticas clínicas en el nivel de Atención Primaria del Centro de Salud «El Torrejón¯ de Huelva. Turno de mañana.

1 Profesor Asociado Clínico 3 horas.

P.D.: Prácticas clínicas en el nivel de Atención Primaria del Centro de Salud «Adoratrices¯ de Huelva. Turno de mañana.

1 Profesor Asociado Clínico 3 horas.

P.D.: Prácticas clínicas en el nivel de Atención Primaria del Centro de Salud «Isla Chica¯ de Huelva. Turno de mañana.

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