Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 178 de 12/09/2005

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE LUCENA

ANUNCIO de bases.

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BASES QUE HAN DE REGIR PARA LA PROVISION DE UNA PLAZA DE TECNICO DEL CICLO INTEGRAL DEL AGUA, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DE ESTE AYUNTAMIENTO, POR EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICION LIBRE

Primera. Número de plazas, identificación y procedimiento de selección.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, mediante el sistema de concurso-oposición libre, de una plaza de Técnico del Ciclo Integral del Agua, vacante en la plantilla de personal laboral de este Ayuntamiento, incluida en la Oferta de Empleo Público de 2005.

La provisión de esta plaza será en régimen de contratación laboral de carácter fijo, siendo las retribuciones las que corresponderían a funcionarios del Grupo A.

Segunda. Requisitos.

Para tomar parte en este concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:

- Tener nacionalidad española o de cualquier país integrado en la Unión Europea.

- Tener cumplidos 18 años de edad.

- Estar en posesión del título de licenciado en Ciencias Químicas o hallarse en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias. También será suficiente estar en posesión del resguardo acreditativo de haber abonado los derechos del título.

- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

- No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas, o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

- No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad conforme a la normativa vigente.

Tercera. Solicitudes de admisión.

La instancia solicitando ser admitido al concurso-oposición habrá de expresar que el aspirante reúne las condiciones exigidas en la base segunda de esta convocatoria.

A la instancia se adjuntarán:

a) Los documentos acreditativos de los méritos alegados, conforme al baremo que se establece en la base octava. El Tribunal no valorará méritos que no estén acreditados documentalmente el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

b) El resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen, que ascienden a 42,00 E, cantidad que podrá ser abonada a este Ayuntamiento mediante ingreso o transferencia en su cuenta corriente abierta en la entidad Caja General de Granada, núm. 0379 35

0100002121, o por giro postal o telegráfico a la Tesorería Municipal, sita en Pza. Nueva núm., 14900 Lucena, debiendo consignar, en todo caso, el nombre del aspirante, aún cuando sea realizado por persona distinta, así como la convocatoria a la que se opta.

Las referidas instancias deberán dirigirse al Ilmo. Sr. Alcalde de este Ayuntamiento y podrán presentarse:

a) En el Registro de entrada de documentos de este

Ayuntamiento, situado en la planta baja de la Casa

Consistorial, en Plaza Nueva, núm., 14900 Lucena, en horario de 8 a 14 horas.

b) En los Registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado o a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas.

c) En las Oficinas de Correos, en la forma determinada en sus reglamentos.

d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

El plazo de presentación de instancias finalizará

transcurridos veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Cuarta. Lista de aspirantes, comienzo de los ejercicios y orden de actuación.

Para ser admitido bastará con que los aspirantes manifiesten en su instancia que reúnen los requisitos exigidos en la base segunda, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, y que conste acreditado el abono de la tasa de examen.

Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha

Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, concediéndose de conformidad con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, un plazo de diez días para que los aspirantes excluidos puedan subsanar o completar su documentación, con los efectos

administrativos previstos en dicho precepto.

En la misma Resolución se expresará el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios.

Subsanados, en su caso, los defectos que hubiesen sido

apreciados, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos se expondrá en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial.

La publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de

posibles impugnaciones o recursos.

El orden de actuación de los aspirantes, para aquel o aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, de

conformidad con el resultado del sorteo efectuado en la Casa Consistorial el día 25.2.05, se iniciará por aquél cuyo apellido comience con la letra "G", siguiéndose sucesivamente de manera alfabética.

Quinta. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación, o miembro de la misma en quién delegue.

Vocales:

- La Concejala Delegada de Presidencia. Será su suplente, la Concejala Delegada de Seguridad Ciudadana, Tráfico y

Protección Civil.

- Un representante de la Junta de Andalucía.

- Un representante nombrado por el Comité de Personal Laboral de este Excmo. Ayuntamiento.

- Un representante de los grupos municipales de la oposición.

- Un empleado de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, de igual categoría a la plaza convocada, designado por el Presidente de la misma.

- Un empleado de la Confederación Hidrográfica del

Guadalquivir, de igual categoría a la plaza convocada.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue, que actuará con voz pero sin voto.

Los Vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a la plaza objeto de esta convocatoria.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos, en cualquier momento del proceso selectivo, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.

Tanto para que el Tribunal quede válidamente constituido como para su actuación, se requerirá la presencia de, al menos, la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente, más la del Presidente y Secretario o quienes les sustituyan.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los

resultados.

Sexta. Llamamientos.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.

Los llamamientos se efectuarán mediante los correspondientes anuncios que se publicarán en el tablón de edictos de la Casa Consistorial y en el lugar de celebración de las pruebas.

Séptima. Lugar y calendario de realización de las pruebas.

Los ejercicios de la fase de oposición se celebrarán en dependencias municipales, y darán comienzo en la fecha y hora que se determine por la Alcaldía.

A partir del inicio de la indicada fase de oposición el Tribunal determinará la fecha para la práctica de las

sucesivas pruebas, sin que entre la terminación de una y el comienzo de la siguiente puedan mediar menos de setenta y dos horas ni más de cuarenta y cinco días naturales.

Octava. Desarrollo del concurso-oposición.

El concurso-oposición constará de dos fases diferenciadas; primero se celebrará la fase de concurso y después la de oposición.

A) Fase de concurso. Constituido el Tribunal, éste procederá con carácter previo a la evaluación de los méritos alegados por los aspirantes con arreglo al siguiente baremo:

a) Experiencia profesional.

Por cada mes completo de servicios prestados en puestos de gestión, tratamiento, saneamiento, depuración del agua y vertidos, de igual categoría a la que se opta: 0,03 puntos.

Por cada mes completo de servicios prestados en puestos de gestión, tratamiento, saneamiento, depuración del agua y vertidos, de categoría inmediatamente inferior a la que se opta: 0,02 puntos.

Puntuación máxima por este apartado: 6,00 puntos.

b) Titulaciones académicas.

Por cada título de post-grado (master o experto) oficialmente reconocido, que tenga relación directa con la plaza a que se opta: 1 punto.

Puntuación máxima por este apartado: 2 puntos.

c) Cursos, seminarios, congresos y jornadas.

Por la participación, como asistente, a cursos, seminarios, congresos o jornadas que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en la plaza a que se opta y hubiesen sido impartidos por instituciones de carácter público o privado.

Por cada treinta horas lectivas, se le asignará una puntuación de: 0,20 puntos.

Cuando la duración sea mayor o menor de treinta horas se prorrateará tal puntuación.

Puntuación máxima a otorgar por este apartado: 2 puntos.

d) Elaboración de ponencias, realización de publicaciones, etc.

Por cada elaboración de ponencias, publicación de trabajos de especial relevancia, calidad o rigor científico, relacionados con el puesto de trabajo o cometidos a desarrollar: 0,40 puntos.

Puntuación máxima a otorgar por este apartado: 4 puntos.

Acreditación de los méritos alegados.

a) Experiencia profesional.

- Los servicios prestados en la Administración, mediante certificación expedida por la Administración correspondiente.

- Los servicios prestados en empresa pública o privada se acreditarán a través de contrato de trabajo visado por el Inem e informe de vida laboral.

b) Titulaciones académicas.

Mediante la presentación del original o fotocopia compulsada del título académico, o certificado de estudios desarrollados, expedidos por la autoridad docente competente.

c) Cursos, seminarios, congresos y jornadas.

Mediante certificado o documento acreditativo de la

asistencia, expedido por el ente organizador de los mismos.

d) Elaboración de Ponencias, realización de publicaciones, etc.

Mediante certificado o documento acreditativo de la

asistencia, expedido por el Organismo organizador de los mismos, Programa Oficial de la actividad o copia del texto presentado.

Esta fase no tendrá carácter eliminatorio y su calificación se hará pública en el tablón de edictos de la Casa Consistorial y lugar de celebración de las pruebas al menos una hora antes del inicio del primer ejercicio de la oposición.

En ningún caso las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso podrán aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.

B) Fase de oposición: Constará de tres ejercicios,

obligatorios y eliminatorios, y serán los siguientes:

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar, por escrito, en el período máximo de dos horas, un tema de entre dos,

escogidos al azar, de los comprendidos en el Anexo I de esta convocatoria.

Segundo ejercicio: También escrito, consistirá en desarrollar, en el período máximo de tres horas, dos temas de entre cuatro, de los comprendidos en el Anexo II de esta convocatoria.

Tercer ejercicio: De carácter práctico, a determinar por el Tribunal, relativo a las materias específicas comprendidas en el Anexo II, y en el que se valorará los conocimientos, capacidad y destreza en su resolución. Período máximo para resolver, dos horas.

Novena. Calificación de los ejercicios.

Dichos ejercicios serán calificados hasta un máximo de diez puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de cinco puntos.

El número de puntos que podrán ser otorgados por cada miembro del Tribunal en cada uno de los ejercicios será de cero a diez.

El cómputo de la puntuación de cada ejercicio se hará mediante la media aritmética de las notas dadas por los miembros del Tribunal presentes, desechándose a estos efectos las notas máxima y mínima cuando entre ambas exista una diferencia igual o superior a tres puntos. En caso de que éstas fueran varias, se eliminará únicamente una de cada una de ellas.

En base a una mayor objetividad en la calificación, ésta se realizará mediante votación secreta cuanto así lo requiera cualquier miembro del Tribunal.

El orden de clasificación definitiva estará determinado por la suma de puntuaciones obtenidas en el conjunto de los

ejercicios, más la puntuación alcanzada en la fase de

concurso. En caso de empate se resolverá a favor de quien hubiere obtenido mayor puntuación en la fase de oposición. Si persistiera el empate, será preferido quien hubiere obtenido mayor puntuación en el tercer ejercicio.

Décima. Publicidad de las calificaciones.

La calificación otorgada en la fase de concurso se hará pública en la forma y momento previstos en la base 8.ª de esta convocatoria.

Igualmente, finalizado cada ejercicio de la fase de oposición y una vez calificado éste, serán hechos públicos los

resultados mediante anuncios suscritos por el Secretario del Tribunal que se insertarán en el tablón de edictos de la Casa Consistorial y local de celebración de las pruebas.

Por este mismo procedimiento se publicará la relación de aprobados, por orden de puntuación.

Undécima. Propuesta de contratación.

El Tribunal no podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de la plaza convocada, y elevará la correspondiente propuesta a la

Presidencia de la Corporación, para la formalización del contrato; no suponiendo bajo ningún concepto que las

puntuaciones obtenidas, sean las que fueren, otorguen ningún derecho a los restantes aspirantes.

Si se rebasare en la relación, el número de plazas convocadas, la propuesta será nula de pleno derecho.

Duodécima. Aportación de documentos.

El aspirante propuesto presentará ante esta Administración, Sección Recursos Humanos, dentro del plazo de veinte días naturales, a partir de la publicación de la lista de

aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria.

Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, el interesado no presentare la documentación, o de la misma se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin

perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.

Decimotercera. Contratación.

Una vez presentados, en forma suficiente, todos los

documentos, la Alcaldía aprobará la contratación en régimen laboral fijo del aspirante propuesto por el Tribunal.

La resolución aprobatoria de la contratación será notificada al interesado, el cual deberá firmar el correspondiente contrato en el plazo de un mes.

Si el aspirante, por causa no justificada, no firmase el contrato en el plazo señalado, perderá todos los derechos derivados de la superación de las pruebas selectivas.

Decimocuarta. Resoluciones del Tribunal, impugnaciones.

Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su

revisión, conforme a lo previsto en los artículos 102 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cuyo caso habrán de practicarse nuevamente las pruebas o trámites afectados por la

irregularidad.

También la presente convocatoria y sus Bases, así como los actos administrativos que se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992

anteriormente mencionada.

Decimoquinta. Interpretación de las bases e incidencias.

Se atribuye a la Alcaldía la facultad de interpretar estar bases, y de resolución de incidencias y recursos, hasta el acto de constitución del Tribunal, en que se atribuirá a éste la facultad de interpretación y resolución de incidencias hasta la terminación de las pruebas.

Decimosexta. Clasificación del Tribunal.

El Tribunal Calificador tendrá la categoría primera, de conformidad con lo dispuesto en el R.D. 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.

Decimoséptima. Derecho supletorio.

En lo no previsto en la presente convocatoria se estará a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Ley 30/1984, de 2 de agosto; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; Real Decreto

896/1991, de 7 de junio; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto

de los Trabajadores y demás disposiciones aplicables en esta materia.

ANEXO I

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios

generales. Características y estructura.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 3. La Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tema 4. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley y clases de leyes.

Tema 5. Los derechos de los ciudadanos ante la Administración Pública. Especial consideración del interesado. Colaboración y participación de los ciudadanos con la Administración.

Tema 6. El acto administrativo. Concepto, eficacia y validez.

Tema 7. Dimensión temporal del procedimiento administrativo. Recepción y registro de documentos. Comunicaciones y

notificaciones.

Tema 8. Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo. Recursos administrativos.

Tema 9. La responsabilidad de la Administración. Evolución y régimen actual.

Tema 10. Régimen local español. Organización y competencias municipales. Principios constitucionales y regulación

jurídica.

Tema 11. Organización y competencias municipales/provinciales.

Tema 12. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales: Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 13. El Servicio Público Local: Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 14. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: Convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.

Tema 15. Personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local: Organización, selección y situaciones

administrativas. El personal laboral.

Tema 16. Derechos y deberes del personal al servicio de las Corporaciones Locales. Incompatibilidad, responsabilidad y régimen disciplinario.

Tema 17. Los recursos de las Entidades Locales: Tasas, precios públicos y contribuciones especiales.

Tema 18. El Presupuesto local. Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. La fiscalización del Presupuesto local.

ANEXO II

Tema 1. El agua. La molécula de agua, sus estados físicos y propiedades físicas.

Tema 2. El agua desde el punto de vista químico, como

disolvente, solubilidad de fases, hidrofilización, soluciones verdaderas e ionización. Química del agua natural: Disociación eléctrica, pH, hidratación, hidrólisis, oxidación reducción.

Tema 3. El agua y la biología, el agua como hábitat y

ecosistema. Procesos metabólicos. Procesos de depuración.

Tema 4. Ingeniería sanitaria y salud pública. Enfermedades hídricas y gérmenes patógenos.

Tema 5. Acción del agua sobre los materiales. Corrosión e incrustación.

Tema 6. El ciclo integral del agua. El ciclo del agua en la ciudad.

Tema 7. Aguas de abastecimiento para consumo humano. Captación y origen. Contaminación.

Tema 8. Tratamiento físico-químico del agua para el consumo humano. Pretratamiento. Coagulación-Floculación. Precipitación química. Decantación y flotación. Filtración.

Tema 9. Tratamientos físico-químicos del agua para el consumo humano. Intercambio iónico. Adsorción. Separación por

membranas. Intercambios gas-líquido.

Tema 10. Tratamientos físico-químicos del agua para el consumo humano. Oxidación-Desinfección. Cloración. Ozonización. Empleo de radiación ultravioleta.

Tema 11. Corrección química y acondicionamiento del agua. Neutralización. Remineralización. Desendurecimiento.

Descarbonatación. Reducción del oxígeno. Inhibición de la corrosión (Pasivación).

Tema 12. Criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano (R.D. 140/2003).

Tema 13. El abastecimiento de aguas I. Reglamento de

Suministro Domiciliario de Agua (Decreto 120/1991).

Tema 14. El abastecimiento de aguas II. Normas básicas para las instalaciones interiores de suministro de agua.

Tema 15. Colectación y transporte de las aguas residuales. Redes de saneamiento. Tipos. Generalidades.

Tema 16. Generalidades de las aguas residuales urbanas. Depuración. Tecnologías de depuración. Calidad del agua tratada.

Tema 17. Tratamiento convencional de fangos activos de las aguas residuales urbanas. Pretratamiento. Desbaste.

Desarenado-Desengrasado.

Tema 18. Tratamiento convencional de fangos activos de las aguas residuales urbanas. Tratamiento primario de aguas residuales urbanas. Tratamiento físico-químico. Decantación primaria.

Tema 19. Tratamiento secundario de aguas residuales urbanas. Tratamiento biológico. Procesos aerobios. Decantación

secundaria.

Tema 20. Tratamiento terciario. Coagulación-Floculación, decantación, filtración y desinfección.

Tema 21. Residuos, excluyendo fangos, generados en el

tratamiento convencional de aguas residuales urbanas.

Tipificación, tratamiento y deposición.

Tema 22. Tratamiento de Fangos generados en una EDAR.

Tamizado. Espesamiento por gravedad y flotación.

Tema 23. Estabilización de fangos generados en una EDAR. Digestión aerobia y anaerobia.

Tema 24. Línea de gas en la digestión anaerobia. Generación de biogás. Almacenamiento de biogás. Utilización del biogás. Cogeneración. Impurezas del biogás y su tratamiento.

Tema 25. Deshidratación de fangos y estabilización química. Filtros banda. Filtros prensa. Centrífugas horizontales de dos fases.

Tema 26. Uso y destino de los fangos. Caracterización del fango. Deposición en vertederos de inertes. Usos agrícolas: Compostaje y aplicación directa como abono-enmienda orgánica. Incineración de fangos.

Tema 27. Tratamiento de olores. Desodorización. Tratamiento químico por absorbedores y oxidantes. Tratamientos por

adsorción. Tratamientos Térmicos.

Tema 28. Procesos alternativos al tratamiento convencional. Sistemas de aireación prolongada u oxidación total.

Tema 29. Procesos alternativos al tratamiento convencional. Sistemas de lecho fijo: Lechos bacterianos, biodiscos y biocilindros.

Tema 30. Procesos alternativos al tratamiento convencional. Sistemas de lecho fluido.

Tema 31. Sistemas de tratamiento de aguas residuales de bajo coste. Lagunaje. Lechos de turba. Biocilindros. Biodiscos. Filtros verdes.

Tema 32. Piscinas públicas. Tratamiento de aguas de piscinas. Operación de instalaciones de tratamiento de aguas para piscinas.

Tema 33. Piscinas públicas. Reglamento Sanitario de las Piscinas de Uso Colectivo en la Comunidad Autónoma de

Andalucía (Decreto 23/1999, de 23 de Febrero).

Tema 34. Tratamientos de aguas industriales. Generalidades.

Tema 35. Tratamientos de aguas en industrias metalúrgicas, agrícolas, alimentarias, de papel, textiles y químicas.

Tema 36. Tratamiento de aguas de calderas.

Tema 37. Tratamiento de aguas de circuitos de refrigeración.

Tema 38. Reglamentación relativa a la Prevención y Control de la Legionelosis (R.D. 909/2001; Decreto 287/2002 de la Junta de Andalucía; R.D. 865/2003).

Tema 39. Efluentes de industrias agrícolas y alimentarias. Características y tratamientos.

Tema 40. Efluentes de industrias textiles y papeleras.

Características y tratamientos.

Tema 41. Efluentes de industrias petróleo y metalúrgicas. Características y tratamientos.

Tema 42. Ley de aguas. Objeto. Dominio Público Hidráulico. Organismos de cuenca. Organos de gobierno y administración. Elaboración, contenido y previsiones de los planes

hidrológicos de cuenca.

Tema 43. Utilización del dominio público hidráulico,

servidumbres legales, usos comunes y privativos,

autorizaciones y concesiones. Comunidades de usuarios.

Tema 44. Protección del dominio público hidráulico. Normas generales. Vertidos. Autorizaciones de vertidos.

Tema 45. Entidades colaboradoras en materia de control y vigilancia de la calidad de aguas. Límites de emisión de vertidos y normas de calidad. Limitaciones a las industrias contaminantes.

Tema 46. Canon de utilización de los bienes del dominio público hidráulico. Canon de control de vertidos. Canon de regulación y tarifa de utilización del agua.

Tema 47. Laboratorios para el control de calidad de las aguas. Técnicas y procedimientos para el análisis de aguas.

Tema 48. Residuos peligrosos. Legislación sobre residuos tóxicos y peligrosos.

Tema 49. Protección ambiental en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tema 50. La evaluación de impacto ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Reglamentación (Decreto 292/1995, de 12 de diciembre).

Tema 51. La calificación ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Reglamentación (Decreto 297/1995, de 19 de

diciembre).

Tema 52. El informe ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Reglamentación (Decreto 153/1996, de 30 de abril).

Tema 53. El ruido. Legislación.

Tema 54. La contaminación atmosférica. Consideraciones

generales. Tipos de contaminantes. Efectos sobre el medio ambiente y la salud humana. Legislación.

Tema 55. Emisión e inmisión. Métodos de medida. Método químico manual. Analizadores de vía húmeda. Analizadores de vía seca. Partículas sólidas.

Tema 56. La prevención de riesgos laborales. Reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales.

Tema 57. Higiene industrial.

Tema 58. Exposición laboral a agentes físicos. Efectos sobre la salud. Evaluación. Valores de referencia. Medidas de control. Legislación.

Tema 59. Exposición laboral a agentes químicos.

Tema 60. Normas de seguridad en laboratorios. Manipulación de productos químicos. Etiquetados de sustancias peligrosas.

Tema 61. Protección personal frente a la exposición a agentes físicos y químicos. Tipos de protecciones. Criterios de selección. Normativa vigente.

Tema 62. Prevención de accidentes mayores en la industria química. Legislación. Competencias.

Tema 63. Planes de emergencia y protección civil.

Tema 64. La coacción administrativa: El principio de

autotutela ejecutiva. La ejecución forzosa de los actos administrativos: Sus medios y principios de utilización. La coacción administrativa directa. La vía de hecho.

Tema 65. Recursos administrativos: Principios Generales. Actos susceptibles de recursos administrativos. Reglas generales de los recursos administrativos. Clases de recursos.

Tema 66. Las reclamaciones administrativas previas al

ejercicio de acciones civiles y laborales. Las reclamaciones económico-administrativas. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos: Conciliación, mediación y arbitraje.

Tema 67. Potestad sancionadora: Concepto y significado. Principios del ejercicio de la potestad sancionadora.

Tema 68. El procedimiento sancionador y sus garantías. Medidas sancionadoras administrativas.

Tema 69. Contratos de gestión de los servicios públicos. Régimen General. Poderes de la Administración y ámbito del contrato.

Tema 70. Modalidades de la contratación. Duración de los contratos. Procedimientos y formas de adjudicación de los contratos de gestión de los servicios públicos. Modalidades del contrato.

Tema 71. Normas generales, procedimientos y formas de

adjudicación del contrato de suministro.

Tema 72. Procedimiento negociado en el contrato de suministro, con publicidad y sin publicidad. Ejecución y modificación del contrato de suministro.

Lucena, 22 de agosto de 2005.- El Alcalde, P.D. La 4.ª

Teniente de Alcalde, M.ª Carmen García Santos.

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