Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 200 de 13/10/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 27 de septiembre de 2005, de la Secretaría General para la Administración Pública, de concesión de las subvenciones objeto de la Orden que se cita, en el ámbito del personal vinculado administrativa o estatutariamente a la Administración de la Junta de Andalucía.

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La Comunidad Autónoma de Andalucía en aras de sus competencias y a través de la Ley del Presupuesto de cada año, concede subvenciones o ayudas para el fomento de actividades de utilidad o interés social para contribuir al sostenimiento de las cargas económicas que tales actividades comportan, encontrándose entre éstas las actividades de la Acción Sindical.

Es así que, conforme con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley General de la Hacienda Pública, Ley 5/83, de 19 de julio, el Reglamento de Subvenciones, Decreto 54/2001 y la Ley 2/2004, de 28

de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma para el año 2005, la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, esta Consejería de Justicia y Administración Pública, ha venido concediendo subvenciones a las Organizaciones Sindicales con objeto de contribuir al sostenimiento de las cargas económicas que comporta la Acción Sindical, canalizándose estas ayudas como Subvenciones Regladas, siendo la Orden de 4 de diciembre de

2002 la que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones anuales a las Organizaciones Sindicales para la financiación de sus gastos corrientes, acotándose el ámbito de aplicación y regulando de modo singular el procedimiento y los criterios en virtud de los cuales ha de hacerse el reparto de las cantidades que en su caso, corresponda conceder.

Conforme a esta Orden, en el presente ejercicio de 2005, para conformar los criterios de reparto establecidos en el artículo

5 (número de representantes obtenidos por cada Organización Sindical en las últimas elecciones celebradas y presencia de las mismas en las Mesas General y Sectorial de Negociación), se ha adoptado como pauta más objetiva y más acorde con el principio de seguridad jurídica e igualdad, integrar aquellos criterios tomando en consideración los datos electorales reales existentes a la fecha de finalización del plazo de solicitud.

En su virtud, y previa la fiscalización que corresponda, a tenor de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Orden de 4 de diciembre de 2002, de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones anuales a las Organizaciones Sindicales para la financiación de sus gastos corrientes, esta Secretaría General para la Administración Pública

R E S U E L V E

Primero. Conceder a las Organizaciones Sindicales (del ámbito del personal vinculado administrativa o estatutariamente a la Administración de la Junta de Andalucía) que se mencionan en concepto de subvención para la financiación de los gastos corrientes durante el ejercicio de 2005, las cantidades que se indican a continuación distribuidas por anualidades, conforme a lo dispuesto en el art. de la Orden de referencia:

Organización beneficiaria: CC.OO.

Importe total: 250.547,00 euros.

2005: 187.910,25 euros.

2006: 62.636,75 euros.

Organización beneficiaria: UGT.

Importe total: 210.306,97 euros.

2005: 157.730,23 euros.

2006: 52.576,74 euros.

Organización beneficiaria: CSI-CSIF.

Importe total: 230.000 euros.

2005: 172.500 euros.

2006: 57.500 euros.

Organización beneficiaria: CEMSATSE.

Importe total: 159.788,14 euros.

2005: 119.841,11 euros.

2006: 39.947,03 euros.

Organización beneficiaria: USTEA.

Importe total: 56.347,93 euros.

2005: 42.260,95 euros.

2006: 14.086,98 euros.

Organización beneficiaria: SADI.

Importe total: 46.664,22 euros.

2005: 34.998,17 euros.

2006: 11.666,05 euros.

Organización beneficiaria: ANPE.

Importe total: 43.588,19 euros.

2005: 32.691,14 euros.

2006: 10.897,05 euros.

Organización beneficiaria: SAE.

Importe total: 22.736,33 euros.

2005: 17.052,25 euros.

2006: 5.684,08 euros.

Organización beneficiaria: USO.

Importe total: 1.950,00 euros.

2005: 1.462,50 euros.

2006: 487,50 euros.

Organización beneficiaria: SAFJA.

Importe total: 41.521,22 euros.

2005: 31.140,92 euros.

2006: 10.380,30 euros.

Organización beneficiaria: ASTISA.

Importe total: 11.733,00 euros.

2005: 8.799,75 euros.

2006: 2.933,25 euros.

Organización beneficiaria: CGT.

Importe total: 16.600,00 euros.

2005: 12.450,00 euros.

2006: 4.150,00 euros.

Segundo. Las cantidades correspondientes a cada subvención se imputarán a la aplicación presupuestaria

01.11.00.01.00.482.00.1.2.A.0. "Ayudas a Organizaciones Sindicales" de la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio de 2005.

Tercero. La documentación a que se refiere el art. 11, previa al pago de la subvención y la posterior, justificativa del cumplimiento de las finalidades de la subvención, será

remitida a la Secretaría General para la Administración Pública en la forma y en los plazos establecidos.

Cuarto. Asimismo las Organizaciones Sindicales beneficiarias, habrán de cumplir también las obligaciones que les impone la Ley General de Subvenciones, Ley 38/2003, de 17 de noviembre, el Reglamento de Subvenciones, Decreto 54/2001, la Ley 2/2004, de 28 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2005, y la Ley 3/2004, por la que se aprueban Medidas fiscales y administrativas, y el art. 10 de la Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública de 4 de diciembre de 2002.

Quinto. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición potestativo ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOJA, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOJA, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de

la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 27 de septiembre de 2005.- El Secretario General para la Administración Pública, Pedro José Pérez González Toruño.

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